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Subvencions a la línia de cultura, lleure i èuscar de l'any 2024

Denominació oficial: Convocatoria de subvenciones en la línea de cultura, ocio y euskera del año 2024

Termini de sol·licitud 31 de març de 2024
Estat Finalitzada
Codi BDNS 745029

Resum

Aquesta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Bizkaia. Pressupost: 8.150 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripció oficial de la convocatòria

De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones y las Bases de la Convocatoria publicadas en el BOB de 30 de mayo de 2018, y dadas las competencias que me otorga el ordenamiento jurídico, en especial el art.21.1 s de la Ley de Bases de Régimen Local, HE RESUELTO: Aprobar la convocatoria de subvenciones en la línea de cultura, ocio y euskera del año 2024 1. Ámbito y objeto Se convocan subvenciones en la línea de cultura, ocio y euskera con la finalidad de apoyar iniciativas de promoción y difusión de la cultura y ocio y del euskera que complementen la actividad municipal; además del resto de finalidades previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones. Se entiende por concepto subvencionable, las actividades desarrolladas por las Asociaciones dirigidas a la promoción y difusión sectorial de la cultura así como las orientadas a la dinamización socio-cultural, fomento de la interculturalidad, promoción de la vida cultural a escala de barrio o distrito, etc. que complementen a las competencias, programas y actividades municipales o sean de interés municipal. 2. Normativa aplicable El procedimiento para la resolución de las solicitudes se ajustará a lo regulado en: — La Ordenanza reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Gordexola («Boletín Oficial de Bizkaia» número 103, de 30 de mayo de 2018). — Las Bases Específicas para las subvenciones en materia de cultura, ocio y euskera publicadas en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 103, de 30 de mayo de 2018. — La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la normativa reglamentaria que la desarrolla. Asimismo será de aplicación lo dispuesto en materia de subvenciones por: — La Ley del Parlamento Vasco 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y demás normativa complementaria; — La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en su Título I. — El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 noviembre, de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social en su Título II. — Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi. 3. Entidades beneficiarias Tendrá la consideración de beneficiarios/as de estas subvenciones las Asociaciones de Gordexola que reúnan los siguientes requisitos: — Su domicilio social o sede se encuentre fijado en Gordexola. — Su ámbito de acción se desarrolle en Gordexola. — Se trate de Asociaciones constituidas sin ánimo de lucro. — Entre sus objetos se encuentre la difusión y promoción de la cultura a tenor de lo establecido en sus Estatutos. — Estén al corriente de sus obligaciones fiscales, frente a la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Gordexola; circunstancia que deberá concurrir en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse durante todo el proceso (concesión, reconocimiento de la obligación y pago). 4. Créditos presupuestarios Las subvenciones que se convocan se financian con cargo a las partidas del Presupuesto General del Ayuntamiento de Gordexola que siguen: — 3340 48134. — 3350 48133. La cuantía destinada a la presente convocatoria asciende a 8.150,00 euros. 5. Procedimiento de concesión El régimen aplicable al concepto subvencionable será el de concurrencia competitiva. 6. Conceptos subvencionables Son gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada responden a la naturaleza de la actividad subvencionada, resultan estrictamente necesarios y se realizan en el año natural (del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024, ambos incluidos). No serán, en ningún caso, subvencionables: — Los gastos correspondientes a comidas o bebidas no relacionados estrictamente con la actividad subvencionada. — Los gastos ocasionados por desplazamientos en vehículos particulares que, estando relacionados con la actividad subvencionada, superen el 15% del importe de la subvención. — Las actividades idénticas a las ofertadas desde el Ayuntamiento, a menos que supongan un complemento de la intervención municipal. 7. Solicitudes 7.1. Plazo de presentación El plazo para presentar solicitudes será desde el día siguiente de la publicación en el BOB hasta el 31 de marzo de 2024. 7.2. Información y documentación Toda la información y documentación relativa a la convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Gordexola (www.gordexola.eus), así como en las oficinas municipales en sus horarios habituales. Asimismo estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Gordexola (www.gordexola.eus) los modelos de hoja de solicitud y de documentación. 7.3. Tramitación Se estará a lo dispuesto en el apartado de «Solicitudes» subapartado «Tramitación de solicitud» de las Bases Específicas para subvenciones en materia de cultura, ocio y euskera publicadas en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 103, de 30 de mayo de 2018. 8. Criterios de valoración Los programas presentados se valorarán aplicando los criterios contenidos en el apartado «criterios de subvenciones de carácter cultural, de ocio y de euskera» de las Bases Específicas para subvenciones en materia de cultura, ocio y euskera publicadas en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 103, de 30 de mayo de 2018. 9. Instrucción y valoración 9.1. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por el personal técnico adscrito a las áreas de cultura y euskera. 9.2. La comisión de valoración, que actúa como órgano colegiado, estará compuesta por: — Presidencia: Alcaldía (doña Ángela María Eguía Liñero o persona que ocupe el cargo). — Secretaría: Secretaria-Interventora de la Corporación — Vocalías: Responsable de la Casa de Cultura (don Ramón Zubiete Altuna o persona que ocupe el puesto) y Profesor-Traductor de Euskera (doña Itziar Urrutia Zorrozua o persona que ocupe el puesto), siendo suplente/s de los/as mismos/as las funcionarias del Ayuntamiento (doña María Cristina Abiega Castresana, doña María Teresa Galíndez López y don Iñigo Gómez…

Organisme convocant

GORDEXOLA — AYUNTAMIENTO DE GORDEXOLA

Àmbit

Bizkaia

Categoria

Educació

Destinataris

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació21 de febrer de 2024
Data d'inici de sol·licituds4 de març de 2024
Data fi de sol·licituds31 de març de 2024

Informació completa

AdministracióLocal
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatEducación
Sector econòmicACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN
Última actualització BD20 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total8.150 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓ I LLIURAMENT DINERARI SENSE CONTRAPRESTACIÓ

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Bases per a la concessió de subvencions mitjançant convocatòria per l'Ajuntament de Gordexola i de les Bases Específiques per a les subvencions en matèria de cultura, lleure, èuscar i esports

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