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De 15 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la incorporación de la artesanía regional en los restaurantes de Castilla-La Mancha, y se efectúa la convocatoria para 2024

Denominació oficial: Orden de 15 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la incorporación de la artesanía regional en los restaurantes de Castilla-La Mancha, y se efectúa la convocatoria para 2024.

Termini de sol·licitud 30 de setembre de 2024
Estat Finalitzada
Codi BDNS 778010

Resum

Aquesta ajuda està destinada a pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: CASTILLA LA MANCHA. Pressupost: 430.000 €. Concessió directa: concedida sense concurs públic.

Descripció oficial de la convocatòria

Primero. Objeto y finalidad. 1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la incorporación de la artesanía regional en los restaurantes de Castilla-La Mancha, en el marco del componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y realizar su convocatoria para la anualidad 2024. 2. Estas subvenciones tienen como finalidad contribuir al desarrollo del sector turístico de la región, mediante la incorporación de un valor añadido a la oferta gastronómica de los restaurantes de Castilla-La Mancha, a través de la integración en los mismos de activos patrimoniales inmateriales como son las técnicas artesanales y los valores identitarios de nuestra artesanía. Segundo. Bases reguladoras. Las bases reguladoras se encuentran recogidas en la presente orden. Tercero. Personas y entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica, cuya actividad económica consista en la prestación de servicios de restauración en restaurantes, según la definición del artículo 2.b) de la presente orden. Cuarto. Cuantía de la subvención y financiación. 1. La cuantía de la subvención que podrá concederse será del 70% del gasto que se considere subvencionable, con un máximo de 10.000 euros de subvención por solicitud, sin perjuicio de los incrementos en la intensidad de la ayuda previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 11 de la presente orden. 2. El importe destinado a financiar estas subvenciones asciende a 430.000,00 euros, que serán con cargo a los recursos financieros r ecogidos en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022, modificado por Acuerdo de 29 de diciembre de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, y el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales, en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (FPA0090014), que se imputarán a la partida presupuestaria 19120000 G/751D/77000: 430.000,00 euros. Quinto. Plazo y forma de presentación de las solicitudes. 1. Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 30 de septiembre de 2024, y se dirigirán a la persona titular de la dirección general competente en materia de artesanía. 2. Cada persona o entidad interesada podrá solicitar ayuda para un máximo de tres restaurantes, formalizando de forma individual una solicitud por cada restaurante. En el supuesto de que se superasen dichos limites, se tramitarán las solicitudes según el orden de entrada en el Registro único de documentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, hasta el límite fijado. 3. Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado que figura como anexo I, incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es Código SIACI de búsqueda KM9B).

Organisme convocant

CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO, COMERCIO Y ARTESANÍA

Àmbit

CASTILLA LA MANCHA

Categoria

Comerç

Destinataris

PIMEs (petites i mitjanes empreses)

Més informació

Terminis

Data de publicació30 de juliol de 2024
Data d'inici de sol·licitudsNo disponible
Data fi de sol·licituds30 de setembre de 2024

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcessió directa: concedida sense concurs públic
FinalitatComercio, Turismo y Pymes
Sector econòmicACTIVITATS ARTÍSTIQUES, ESPORTIVES I D'ENTRETENIMENT; AGRICULTURA, RAMADERIA, SILVICULTURA I PESCA; INDÚSTRIA MANUFACTURERA
Última actualització BD20 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?

  • PIMEs (petites i mitjanes empreses)

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total430.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Finançament europeuMecanisme de Recuperació i Resiliència (MRR)
Cofinançada per la UE

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Orden de 15 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la incorporación de la artesanía regional en los restaurantes de Castilla-La Mancha, y se efectúa la convocatoria para 2024.

Reglament UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General