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De 15 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la incorporación de la artesanía regional en los restaurantes de Castilla-La Mancha, y se efectúa la convocatoria para 2024

Denominación oficial: Orden de 15 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la incorporación de la artesanía regional en los restaurantes de Castilla-La Mancha, y se efectúa la convocatoria para 2024.

Plazo de solicitud 30 de septiembre de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 778010

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 430.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto y finalidad. 1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la incorporación de la artesanía regional en los restaurantes de Castilla-La Mancha, en el marco del componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y realizar su convocatoria para la anualidad 2024. 2. Estas subvenciones tienen como finalidad contribuir al desarrollo del sector turístico de la región, mediante la incorporación de un valor añadido a la oferta gastronómica de los restaurantes de Castilla-La Mancha, a través de la integración en los mismos de activos patrimoniales inmateriales como son las técnicas artesanales y los valores identitarios de nuestra artesanía. Segundo. Bases reguladoras. Las bases reguladoras se encuentran recogidas en la presente orden. Tercero. Personas y entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica, cuya actividad económica consista en la prestación de servicios de restauración en restaurantes, según la definición del artículo 2.b) de la presente orden. Cuarto. Cuantía de la subvención y financiación. 1. La cuantía de la subvención que podrá concederse será del 70% del gasto que se considere subvencionable, con un máximo de 10.000 euros de subvención por solicitud, sin perjuicio de los incrementos en la intensidad de la ayuda previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 11 de la presente orden. 2. El importe destinado a financiar estas subvenciones asciende a 430.000,00 euros, que serán con cargo a los recursos financieros r ecogidos en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022, modificado por Acuerdo de 29 de diciembre de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, y el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales, en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (FPA0090014), que se imputarán a la partida presupuestaria 19120000 G/751D/77000: 430.000,00 euros. Quinto. Plazo y forma de presentación de las solicitudes. 1. Las solicitudes se presentarán desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 30 de septiembre de 2024, y se dirigirán a la persona titular de la dirección general competente en materia de artesanía. 2. Cada persona o entidad interesada podrá solicitar ayuda para un máximo de tres restaurantes, formalizando de forma individual una solicitud por cada restaurante. En el supuesto de que se superasen dichos limites, se tramitarán las solicitudes según el orden de entrada en el Registro único de documentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, hasta el límite fijado. 3. Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado que figura como anexo I, incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es Código SIACI de búsqueda KM9B).

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO, COMERCIO Y ARTESANÍA

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Comercio

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación30 de julio de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; INDUSTRIA MANUFACTURERA
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total430.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Financiación europeaMecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 15 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover la incorporación de la artesanía regional en los restaurantes de Castilla-La Mancha, y se efectúa la convocatoria para 2024.

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General