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BASES REGULADORAS DELEGACIÓN DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DEL EXCMO. AYTO. DE ALGECIRAS PARA LA CONCESIÓN SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES Y OTRAS ONG, SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PROGRAMAS DE CARÁCTER E INTERÉS SOCIAL AÑO 2024

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Codi BDNS 809173

Resum

Aquesta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Cádiz. Pressupost: 50.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripció oficial de la convocatòria

BASES REGULADORAS DE LA DELEGACIÓN DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES Y OTRAS ONG, SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PROGRAMAS DE CARÁCTER SOCIAL Y DE INTERÉS SOCIAL PARA LA CIUDAD DURANTE EL AÑO 2024 El Sistema Público de Servicios Sociales de Algeciras, está constituido por el conjunto de servicios, recursos y prestaciones de las Administración Pública orientados a garantizar el derecho de todas las personas de Algeciras a la protección , promoción social y la prevención en los términos recogidos en la ley, y tiene como finalidad la adecuada cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas en su entorno, con el fin de alcanzar o mejorar su bienestar. El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Algeciras, se concibe como instrumento de organización de las políticas públicas que tienen como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública, con la finalidad de adecuar las necesidades a cubrir mediante las subvenciones con los recursos disponibles. Con fecha 06/03/22 se ACUERDA la APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS. El Plan Estratégico en cuanto a Subvenciones en materia de Acción Social, tiene como finalidad el fomento del asociacionimo y la participación ciudadana, potenciar los proyectos y programas que favorezcan la inserción social de grupos, familias susceptibles de inserción social. INDICE I- OBJETO DE LA CONVOCATORIA II.- REQUISITOS DE LAS AYUDAS, BENEFICIARIOS III.- FINANCIACIÓN DE LAS AYUDAS IV- SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN V.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES VI. TRAMITACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES VII.- RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES VIII- CUANTÍA Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA IX.- JUSTIFICACIONES DE LAS SUBVENCIONES X.- OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS XI..- INFRACCIONES Y SANCIONES ANEXOS INSTANCIA DE SOLICITUD. MODELO DE DECLARACIÓN EXPRESA RESPONSABLE. I.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria de subvención tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a asociaciones, y demás entidades sin ánimo de lucro de la ciudad de Algeciras, para el desarrollo de actividades y programas de carácter social y de interés social para la Ciudad durante el año 2024, siendo su objetivo principal programas relacionados con los objetivos de los Servicios Sociales de conformidad establecido en la Ley de 9/2016, de 27 de diciembre. Se considerarán programas de interés general, a los efectos de la presente convocatoria de subvenciones, los programas dirigidos a la promoción, apoyo a colectivos vulnerables o en situación o riesgo de exclusión social, que sean complementarios a los realizados por la Delegación de Igualdad y Bienestar Social, que se realicen inexcusablemente en el término municipal de Algeciras. II.- REQUISITOS DE LAS AYUDAS, BENEFICIARIOS. 1.- Podrán concurrir a la convocatoria las asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, que desarrollen sus actividades en el ámbito de esta convocatoria, dentro del municipio de Algeciras. 2.- Para ser beneficiario de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos: 2.1 - Las Asociaciones, fundaciones y demás ONG, deberán estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Algeciras, o en el caso de no tener forma jurídica asociativa, en el registro que corresponda. 2.2 - No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (B.O.E. del 18 de noviembre). 2.3 - Encontrarse al corriente de sus obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y no ser deudor del Ayuntamiento de Algeciras y entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público, vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la Propuesta de Resolución de concesión de las subvenciones. 2.4 - Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Algeciras, hallarse al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado, mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria. III.- FINANCIACIÓN DE LAS AYUDAS. 1.- Con carácter general las ayudas consistirán en una subvención económica para financiar los gastos de los proyectos seleccionados. El importe de la subvención o ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada o proyecto a desarrollar por la entidad beneficiaria, y se establecerán a partir del presupuesto municipal que la Delegación de Igualdad y Bienestar Social tenga para tal fin, limitada a disponibilidades económicas. 2.- Un mismo proyecto o programa de actividad no podrá financiarse por distintas administraciones, si el proyecto presentado es susceptible de cofinanciación por otras Administraciones, se debería especificar la parte que corresponda a cada una de ellas, siendo la que corresponda al Ayuntamiento de Algeciras la que se desarrolle exclusivamente en dicho municipio. 3.-No podrán ser subvencionadas aquellas entidades que no garanticen su funcionamiento democrático, con celebración de elecciones periódicas, participación de socios y socias y cumplimiento de su objeto social, y que incumplan lo establecido en el art.º…

Organisme convocant

ALGECIRAS — AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS

Àmbit

Cádiz

Categoria

Serv. socials

Destinataris

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació15 de gener de 2025
Data d'inici de sol·licitudsNo disponible
Data fi de sol·licitudsNo disponible

Informació completa

AdministracióLocal
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatServicios Sociales y Promoción Social
Sector econòmicACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualització BD20 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total50.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

BASES REGULADORAS DELEGACIÓN DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DEL EXCMO. AYTO. DE ALGECIRAS PARA LA CONCESIÓN SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES Y OTRAS ONG, SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES Y PROGRAMAS DE CARÁCTER E INTERÉS SOCIAL AÑO 2024

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