Oberta · queden 95 diesLocalCultura

Activitats lúdiques i tradicionals

Denominació oficial: ACTIVIDADES LÚDICAS Y TRADICIONALES

Termini de sol·licitud 31 de desembre de 2026
Estat Oberta · queden 95 dies
Codi BDNS 894208

Resum

Aquesta ajuda està destinada a persones físiques que no desenvolupen activitat econòmica, persones jurídiques que no desenvolupen activitat econòmica. Àmbit: Valencia / València. Pressupost: 36.400 €. Es pot sol·licitar fins al 31 de desembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

De què va aquest ajut?

Aquest ajut es concedeix de forma competitiva: has de presentar la sol·licitud abans del 31 de desembre de 2026 i el teu projecte es compararà amb els d'altres sol·licitants, per la qual cosa complir els requisits no assegura que la rebis. L'ajuntament de Torrent destina 36.400 euros a subvencions sense devolució per donar suport a activitats lúdiques i tradicionals que promoguin la cultura i les festes locals. Està adreçada a persones i entitats que no tinguin activitat econòmica i vulguin impulsar esdeveniments culturals a la zona.

Resum en llenguatge clar generat amb IA a partir de les dades oficials. Pot contenir errors: consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar-la.

Descripció oficial de la convocatòria

Primero. Objeto, condiciones y finalidad. En el marco de las competencias que establece la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (Ley 27/2013, de 27 de diciembre), el Ayuntamiento de Torrent, apuesta por fomentar la participación ciudadana en las actividades lúdicas promovidas por el tejido asociativo municipal aportando para ello las subvenciones económicas con que complementar las actividades propias de los fines fundacionales de las entidades que lo integran. Las presentes bases se desarrollan en el marco del vigente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento 2024-2026, aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de febrero de 2024, dentro de la línea estratégica de fomentar la cultura y mantener las tradiciones festivas mediante la colaboración con agentes culturales de la ciudad (6.21: Promover, promocionar y mantener las tradiciones festivas del municipio). Estas bases tienen como objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a otorgar a aquellas entidades, asociaciones, etc., sin ánimo de lucro que contribuyan a fomentar la difusión y la conservación de las tradiciones lúdicas y festivas del municipio y que promuevan actividades lúdicas por medio de las cuales forjar una conciencia cívica de participación en la vida pública de la ciudad, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Segundo. Procedimiento de concesión. La concesión de las ayudas reguladas en esta convocatoria, se hará por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23 a 27 de la LGS. Los criterios de valoración se establecen en la base correspondiente. Tercero. Requisitos para ser beneficiario y obligaciones. Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro municipal de asociaciones que realicen las actividades que fundamentan su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas al art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que cumplan los requisitos siguientes: - Promover la conservación y difusión de las tradiciones lúdicas y festivas del municipio. - Figurar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Torrent y tener actualizados sus datos en el citado registro, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Torrent. - Que las actividades o servicios que se tienen que subvencionar complementen o bien suplan la competencia municipal en estas materias. - Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social. No tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Torrent. - Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas en años anteriores por el Ayuntamiento de Torrent. La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud. Las entidades beneficiarias de las subvenciones estarán obligadas al cumplimiento de las obligaciones que se señalan en el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las que, específicamente se relacionan a continuación: a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. b) Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determina la concesión o disfrute de la subvención. c) Comunicar al Ayuntamiento la obtención otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas. Esta comunicación tendrá que efectuarse cuando se realice y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención que se conceda. d) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y otros documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. f) Dar publicidad del carácter público de la financiación por parte del Ayuntamiento de Torrent de las inversiones o actuaciones objeto de la subvención. g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos que contempla el artículo 37 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cuando la entidad beneficiaria sea una persona jurídica, los miembros asociados de la misma serán responsables subsidiarios de la realización de las actividades que motivaron el otorgamiento de la subvención y se comprometen a efectuar la totalidad o parte de las actividades, en nombre y por cuenta de la primera, y, así mismo, ostentarán la condición de beneficiarios. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas sin personalidad, se hará constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tienen igualmente la consideración de beneficiarios. En todo caso, tiene que nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con suficientes poderes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No puede disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo…

Organisme convocant

TORRENT — Títol del conveni AJUNTAMENT DE TORRENT

Àmbit

Valencia / València

Categoria

Cultura

Destinataris

PERSONES FÍSIQUES QUE NO DESENVOLUPEN ACTIVITAT ECONÒMICA, PERSONES JURÍDIQUES QUE NO DESENVOLUPEN ACTIVITAT ECONÒMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació20 de març de 2026
Data d'inici de sol·licituds1 de febrer de 2026
Data fi de sol·licituds31 de desembre de 2026

Informació completa

AdministracióLocal
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatCultura
Sector econòmicACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualització BD14 de setembre de 2026

Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?

  • PERSONES FÍSIQUES QUE NO DESENVOLUPEN ACTIVITAT ECONÒMICA
  • PERSONES JURÍDIQUES QUE NO DESENVOLUPEN ACTIVITAT ECONÒMICA

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total36.400 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓ I LLIURAMENT DINERARI SENSE CONTRAPRESTACIÓ

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

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