De 26 de Junio de 2023, de la Consejería de Familia e I.O., por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales CyL, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del IRPF
Izendapen ofiziala: Orden de 26 de Junio de 2023, de la Consejería de Familia e I.O., por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales CyL, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del IRPF
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: CASTILLA Y LEON. Aurrekontua: 23,7 M€. Izapideak elektronikoki egiten dira. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero. Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de este tipo de subvenciones Cruz Roja Española y las entidades del Tercer Sector de Acción Social definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, que desarrollen las acciones subvencionables previstas en los anexos de la convocatoria en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, siempre y cuando reúnan los requisitos previstos en la Base Quinta de la Orden FAM/624/2019, de 21 de junio. Cuando la beneficiaria sea una federación u otro tipo de persona jurídica que las integre, las entidades asociadas a la misma, que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actuaciones que fundamentan la concesión de la subvención, en nombre y por cuenta de la primera, tendrán igualmente la consideración de beneficiarias. En este caso, las entidades asociadas a la federación no podrán presentar a título individual otra solicitud independiente para la realización de un proyecto similar (esencialmente el mismo). Segundo. Objeto, finalidad y actuación subvencionable. Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) y sobre Sociedades. La finalidad de las subvenciones es atender fines sociales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. Serán subvencionables los programas que, además de cumplir los requisitos establecidos en las bases reguladoras, se describen para cada una de las líneas de subvención en los anexos de la convocatoria. Tercero. Bases reguladoras. Orden FAM/624/2019, de 21 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 122, de 27 de junio, que ha sido modificada por las Órdenes FAM/695/2020, de 23 de julio (B.O.C. y L. nº 149 de 27 de julio), FAM/684/2021, de 25 de mayo (B.O.C. y L. nº 108, de 7 de junio), FAM/757/2022, de 22 de junio (B.O.C. y L. nº 123, de 28 de junio) y FAM/638/2023, de 12 de mayo (B.O.C.y L. nº 95, de 19 de mayo). Cuarto. Cuantía. El crédito presupuestario que se destina a estas subvenciones es de 22.174.831,09 €, que se concederán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023, que han sido aprobados en virtud de la Ley 3/2022, de 29 de diciembre. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, se podrá añadir a la financiación descrita una cuantía adicional por importe no superior al 50 % del total. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. Quinto. Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 28 de julio de 2023, incluido.
Deialdia egiten duen erakundea
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE DESREGULACIÓN, FAMILIA Y AYUDAS SOCIALES
Eremua
CASTILLA Y LEON
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2023ko ekainaren 27a |
| Eskaerak hasteko data | 2023ko ekainaren 29a |
| Eskaerak amaitzeko data | 2023ko uztailaren 28a |
Informazio osoa
| Administrazioa | Autonomikoa |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sektore ekonomikoa | OSASUN ETA GIZARTE ZERBITZUEN JARDUERAK; Q - HEZKUNTZA |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko uztailaren 21a |
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Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 23,7 M€ |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
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Dokumentazioa
- RESOLUCION CONCESIONES ↗
- MODIFICACION DE LA CONVOCATORIA ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- EXTRACTO de la Orden de 30 de noviembre de 2023, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2023, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines sociales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sobre Sociedades ↗
- CORRECCIÓN de errores del extracto de la Orden de 26 de junio de 2023, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines sociales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sobre Sociedades ↗
- EXTRACTO de la Orden de 26 de junio de 2023, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se modifica la Orden de 1 de julio de 2022, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines sociales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sobre Sociedades ↗
Oinarri arautzaileak
Orden FAM/624/2019, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones, modificada por la Orden FAM/695/2020, la Orden FAM/684/2021, la Orden FAM 757/2022 y la Orden FAM/638/2023, de 12 de mayo