De 17 de octubre de 2023, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan las ayudas directas al sector apícola, contempladas en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo
Izendapen ofiziala: Orden de 17 de octubre de 2023, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan las ayudas directas al sector apícola, contempladas en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo.
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: eteak (enpresa txiki eta ertainak). Eremua: CASTILLA Y LEON. Aurrekontua: 506.500 €. Izapideak elektronikoki egiten dira. Zuzeneko emakida: lehiaketa publikorik gabe emana.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es utilizando el identificador BNDS Primero. Finalidad Convocar en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la ayuda directa al sector apícola establecida en el artículo 5 del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas. Segundo. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones apícolas trashumantes y profesionales, entendiendo como tales aquellos que: a) Sean titulares, a fecha de 1 de enero de 2023, de explotaciones inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) ubicadas en Castilla y León con el tipo de explotación “Trashumante” como sistema productivo. b) Las explotaciones que tengan un censo asociado igual o superior a 150 colmenas, según la definición de explotación profesional establecida por el artículo 2 g) del Real Decreto 209/2002 de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas y que hayan realizado la declaración censal obligatoria en el año 2022 conforme a lo previsto en el artículo 7.5 del mismo. Tercero. Bases reguladoras Esta ayuda directa se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas. Cuarto. Cuantía Atendiendo al tamaño de la explotación, las cuantías máximas por beneficiario de la ayuda serán las previstas en el apartado 5 del artículo 5 del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo: a) De 150 a 450 colmenas: 825 euros. b) De 451 a 1.000 colmenas: 1.650 euros. c) Más de 1.001 colmenas: 2.200 euros. Quinto. Solicitudes. Se entenderá presentada la solicitud a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la relación provisional de beneficiarios incluidos en el anexo I de la Orden. La subvención se entenderá aceptada a todos los efectos si no se presenta renuncia expresa en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación. Sexto. Resolución Se delega la competencia para la resolución de las solicitudes de ayuda, en la persona titular de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera.
Deialdia egiten duen erakundea
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO RURAL Y POLÍTICA AMBIENTAL
Eremua
CASTILLA Y LEON
Kategoria
Hartzaileak
ETEak (enpresa txiki eta ertainak)
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2023ko urriaren 20a |
| Eskaerak hasteko data | Ez dago eskuragarri |
| Eskaerak amaitzeko data | Ez dago eskuragarri |
Informazio osoa
| Administrazioa | Autonomikoa |
| Deialdi mota | Zuzeneko emakida: lehiaketa publikorik gabe emana |
| Xedea | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sektore ekonomikoa | AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko uztailaren 21a |
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Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 506.500 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
Zenbateko zehatza zure kasuaren arabera alda daiteke. Kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.
Dokumentazioa
- Documento de la convocatoria en español ↗
- ANEXO III. AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN TRÁMITES ELECTRÓNICOS ↗
- ANEXO II. FORMULARIO ALEGACIONES ↗
- ANEXO I. LISTADO PROVISIONAL DE BENEFICIARIOS ↗
- Extracto de la Orden de 17 de octubre de 2023, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se convocan ayudas directas al sector apícola, contempladas en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas. ↗
Oinarri arautzaileak
Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania.