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CONVOCATORIA ORDINARIA CHEQUE EMPLEO 2024- SUBVENCION A EMPRESAS PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS DESEMPLEADAS

Eskaera-epea 2024ko urriaren 31a
Egoera Amaituta
BDNS kodea 743328

Laburpena

Laguntza hau honentzat da: eteak (enpresa txiki eta ertainak). Eremua: Valencia / València. Aurrekontua: 40.422 €. Izapideak elektronikoki egiten dira. Concurrencia competitiva - canónica.

Deialdiaren deskribapen ofiziala

Primero.- Beneficiarios/as Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, y los/as autónomos/as personas físicas, que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria, respecto de las nuevas contrataciones efectuadas con personas desempleadas del municipio, o conversión de contratos temporales en indefinidos, entre las fechas del 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023, siempre que exista consignación presupuestaria. Segundo.- Requisitos a) La empresa deberá haber mantenido el nivel de empleo indefinido existente en los 6 meses anteriores a la formalización de cada contrato objeto de subvención, todo ello referido al ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana. Se entenderá que la empresa beneficiaria de la subvención cumple con este requisito, en los siguientes supuestos: a) La empresa deberá haber mantenido el nivel de empleo indefinido existente en los 6 meses anteriores a la formalización de cada contrato objeto de subvención, todo ello referido al ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana. Se entenderá que la empresa beneficiaria de la subvención cumple con este requisito, en los siguientes supuestos: Cuando las bajas de trabajadores indefinidos en el periodo de los 6 meses anteriores a la contratación objeto de subvención, sean cubiertas con el alta de otro contrato indefinido, siempre que la sustitución se realice con posterioridad a dicha baja y con anterioridad a que se produzca la contratación objeto de subvención o hasta un mes después del inicio de la misma. No obstante, se considerará que existe mantenimiento del nivel de empleo indefinido, y no será necesaria, por tanto, la sustitución previa, cuando la causa de la baja sea el fallecimiento de un trabajador, el pase a la situación de incapacidad laboral permanente, en sus grados de incapacidad total, absoluta o gran invalidez, la jubilación total y el despido disciplinario reconocido o declarado como procedente. b) No haber realizado extinciones de contratos de trabajo por causas disciplinarias u objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial firme, o en virtud de despido colectivo, en los 6 meses anteriores a la solicitud de la ayuda. c) No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ello se deberá rellenar el Anexo II “Declaración responsable sobre los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario”. Si el solicitante fuese una comunidad de bienes o una sociedad civil sin personalidad jurídica se deberá aportar una por cada comunero o socio que forme parte de la misma. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades que hayan sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 del Texto Refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. e) Las empresas deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Administración Tributaria y con el Ayuntamiento donde radique su domicilio fiscal, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, liquidada y exigible por vía de apremio. f) No tener deuda alguna pendiente en el Ayuntamiento de Paterna. g) Estar radicados en la Comunidad Valenciana, entendiendo por tal, tener domicilio, sede social o, al menos, algún centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma. h) Los puestos de trabajo deberán desarrollarse en centros radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma Valenciana, y estar en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Castellón, Valencia y Alicante. Haber justificado cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad. j) No ser deudor por Resolución de procedencia de reintegro de subvenciones. Tercero.- Obligaciones de los beneficiarios Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, son obligaciones del beneficiario: a) El cumplimiento de los requisitos y de las condiciones que determinen la concesión de las ayudas así como las obligaciones impuestas por la legislación específica aplicable. b) Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones concedidas, le sea requerida por el Ayuntamiento, así como comunicar al Área de Promoción Socioeconómica las incidencias y las variaciones que se produzcan con relación a aquéllas, de cara a un correcto seguimiento y control. Comunicar durante el plazo de vigencia del expediente, la solicitud o la concesión de otras ayudas públicas o privadas que hubiera solicitado u obtenido para la misma contratación que se subvenciona mediante las presentes Bases. Todos los requisitos serán exigibles para todas las contrataciones que se realicen durante la vigencia de los puestos de trabajo subvencionados. Reintegrar los fondos recibidos en el caso de no cumplir con los requisitos, condiciones y obligaciones establecidas en las presentes Bases, así como los supuestos regulados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. e) Mantener el empleo creado durante el tiempo establecido, así como hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social durante dicho período. Durante dicho periodo, en el caso de que la persona contratada cause baja en la empresa, deberá sustituirse por otra persona con las mismas características, que cumpla con los mismos requisitos y en las mismas condiciones, en el plazo de un mes desde la fecha de baja, comunicándolo al Servicio Gestor (Área Promoción Socioeconómica) en un plazo máximo de 10 días desde la fecha del nuevo contrato. Sólo se admitirá una sustitución…

Deialdia egiten duen erakundea

PATERNA — AYUNTAMIENTO DE PATERNA

Eremua

Valencia / València

Kategoria

Enplegua

Hartzaileak

ETEak (enpresa txiki eta ertainak)

Informazio gehiago

Epeak

Argitalpen data2024ko otsailaren 8a
Eskaerak hasteko dataEz dago eskuragarri
Eskaerak amaitzeko data2024ko urriaren 31a

Informazio osoa

AdministrazioaLokala
Deialdi motaConcurrencia competitiva - canónica
XedeaDesempleo
Sektore ekonomikoaACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Datu-basearen azken eguneratzea2026ko uztailaren 20a

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Informazio ekonomikoa

Guztizko aurrekontua40.422 €
Laguntza modalitateaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

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Oinarri arautzaileak

ORDENANZA ESPECIFICA REGULADORA SUBVENCION A EMPRESAS PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS DESEMPLEADAS

Oinarri arautzaileak ↗