IND/39/2025, de 20 de agosto, por la que se aprueba para el año 2025 la convocatoria de subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas. No sujeto a minimis
Izendapen ofiziala: Orden IND/39/2025, de 20 de agosto, por la que se aprueba para el año 2025 la convocatoria de subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas. No sujeto a minimis
Laburpena
Laguntza hau honentzat da: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: CANTABRIA. Aurrekontua: 200.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Deialdiaren deskribapen ofiziala
Primero.- Beneficiarios 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las asociaciones de comerciantes, así como las federaciones y confederaciones de éstas, inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, con independencia de su régimen jurídico específico. 2. También podrán acceder a las mismas subvenciones que las asociaciones de comerciantes las cooperativas de detallistas con domicilio social en Cantabria, siempre que se encuentren inscritas en los correspondientes registros. Segundo.- Finalidad 1. La línea de subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas tiene como finalidad incentivar: - Las campañas de animación y promoción comercial. Solamente serán subvencionables los gastos publicitarios cuando se refieran a alguna de las campañas de animación y promoción subvencionadas y la cuantía de la subvención por los citados gastos publicitarios estará limitada a un máximo del 30% del importe de la campaña de animación y promoción de que se trate. No serán subvencionables los gastos de patrocinio, con carácter general, y, en particular, de actividades de otros entes o instituciones públicas o privadas ni las de colaboración o participación en actuaciones realizadas por éstos. - Jornadas, seminarios, cursos. 2. Serán subvencionables las actividades e inversiones realizadas entre el 15 de mayo de 2024 hasta el 15 de julio de 2025. Tercero. - Bases reguladoras La presente convocatoria se lleva a cabo al amparo de la Orden INN/16/2016, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas (BOC de 11 de julio de 2016), de la Orden INN/21/2017, de 16 de mayo, por la que se modifica la Orden INN/16/2016, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas (BOC de 26 de mayo de 2017), y de la Orden IND/25/2022 de 19 de abril, por la que se modifica la Orden INN/16/2016, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas (BOC de 10 de mayo de 2022). Cuarto. - Importe La financiación de las subvenciones previstas en la presente orden, alcanza un importe máximo de 200.000 euros. Las subvenciones podrán alcanzar hasta el 75% del coste de los gastos de las campañas de animación y promoción comercial. El importe máximo total de las ayudas para cada entidad beneficiaria será de 20.000 € para las federaciones y confederaciones de asociaciones de comerciantes inscritas en la sección tercera del Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, y de 15.000 € para las asociaciones de comerciantes inscritas en las secciones primera y segunda de dicho Registro y las cooperativas de detallistas. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación correspondiente será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Deialdia egiten duen erakundea
CANTABRIA — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO
Eremua
CANTABRIA
Kategoria
Hartzaileak
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Informazio gehiago
Epeak
| Argitalpen data | 2025ko abuztuaren 20a |
| Eskaerak hasteko data | 2025ko abuztuaren 28a |
| Eskaerak amaitzeko data | 2025ko irailaren 30a |
Informazio osoa
| Administrazioa | Autonomikoa |
| Deialdi mota | Concurrencia competitiva - canónica |
| Xedea | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sektore ekonomikoa | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS |
| Datu-basearen azken eguneratzea | 2026ko uztailaren 19a |
Nork eska dezake laguntza hau?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Baldintza osoak alda daitezke. Kontsultatu oinarri arautzaileak eta atari ofiziala baldintza guztiak egiaztatzeko.
Informazio ekonomikoa
| Guztizko aurrekontua | 200.000 € |
| Laguntza modalitatea | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
Zenbateko zehatza zure kasuaren arabera alda daiteke. Kontsultatu beti oinarri arautzaileak eskatu aurretik.
Dokumentazioa
Oinarri arautzaileak
Orden INN/16/2016, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas (BOC de 11 de julio de 2016)