Ez dago eskuragarriAutonomikoaKultura

BECAS - LITERATURA Y ART.ESCÉNICAS - ART.PLÁSTICAS Y AUDIOVISUALES - MÚSICA

Eskaera-epea Ez dago eskuragarri
Egoera Ez dago eskuragarri
BDNS kodea 892246

Laburpena

Laguntza hau honentzat da: eteak (enpresa txiki eta ertainak). Eremua: La Rioja. Aurrekontua: 37.500 €. Izapideak elektronikoki egiten dira. Concurrencia competitiva - canónica.

Deialdiaren deskribapen ofiziala

Primero.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas menores de 35 años, empadronadas en algún municipio riojano con anterioridad a la fecha de convocatoria anual de las becas, que mantengan esa condición al momento de presentar la solicitud. Las personas que hayan sido beneficiarias de estas becas con anterioridad, en cualquier área, no podrán volver a solicitarlas hasta transcurridos tres años, a contar desde el año siguiente al de la última concesión. Segundo.- Objeto La concesión de ayudas para financiar gastos derivados de la realización de actividades de formación no reglada que se realicen en los ámbitos de literatura y artes escénicas, artes plásticas y audiovisuales, y música. La concesión de subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva. Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud. El plazo de realización de las actividades que podrán ser subvencionadas será el comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 25 de octubre de 2027. Tercero.- Bases Reguladoras Orden 25/2013, de 18 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en los ámbitos de Literatura y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Audiovisuales, y Música (Boletín Oficial de La Rioja número 122, de 30 de septiembre de 2013). Cuarto.- Cuantía El gasto para financiar estas ayudas asciende a una cuantía total de treinta y siete mil quinientos euros (37.500 euros), imputado a la siguiente partida presupuestaria: 2026/070201.3311.480.01 - 37.500,00 euros El importe de cada una de las becas será de SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (6.250,00.-€.) El abono de las becas otorgadas se dividirá en dos partes conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden 25/2013, de 18 de septiembre. El 50% del importe total de la subvención será abonado, como anticipo, una vez notificada la resolución de concesión. El 50% restante, se abonará una vez que el beneficiario haya justificado la realización de las actividades formativas para las que se otorgó la beca. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes es de treinta días, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta ayuda en el Boletín Oficial de La Rioja. Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=10267) de la página web del Gobierno de La Rioja. Solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará preferiblemente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en el apartado Oficina Electrónica (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=10267), o en cualquier punto de registro, de conformidad con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos. Documentación: La prevista en el apartado quinto de la Resolución 513/2026, de 19 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento en concurrencia competitiva para el otorgamiento de 6 becas en los ámbitos de literatura y artes escénicas, artes plásticas y audiovisuales, y música Justificación: En lo referente a la justificación de la actividad, deberá presentarse preferiblemente de forma electrónica, desde el procedimiento iniciado con la solicitud, y conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Orden 25/2013, de 18 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en los ámbitos de Literatura y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Audiovisuales, y Música. El plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará el 30 de octubre de 2027.

Deialdia egiten duen erakundea

LA RIOJA — CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD

Eremua

La Rioja

Kategoria

Kultura

Hartzaileak

ETEak (enpresa txiki eta ertainak)

Informazio gehiago

Epeak

Argitalpen data2026ko martxoaren 10a
Eskaerak hasteko dataEz dago eskuragarri
Eskaerak amaitzeko dataEz dago eskuragarri

Informazio osoa

AdministrazioaAutonomikoa
Deialdi motaConcurrencia competitiva - canónica
XedeaCultura
Sektore ekonomikoaACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Datu-basearen azken eguneratzea2026ko abuztuaren 23a

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Informazio ekonomikoa

Guztizko aurrekontua37.500 €
Laguntza modalitateaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

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Oinarri arautzaileak

Orden 25/2013, de 18 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en los ámbitos de Literatura y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Audiovisuales, y Música

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