Non dispoñibleAutonómicaCultura

BECAS - LITERATURA Y ART.ESCÉNICAS - ART.PLÁSTICAS Y AUDIOVISUALES - MÚSICA

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Non dispoñible
Código BDNS 892246

Resumo

Esta axuda está destinada a pemes (pequenas e medianas empresas). Ámbito: La Rioja. Presuposto: 37.500 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

Primero.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas menores de 35 años, empadronadas en algún municipio riojano con anterioridad a la fecha de convocatoria anual de las becas, que mantengan esa condición al momento de presentar la solicitud. Las personas que hayan sido beneficiarias de estas becas con anterioridad, en cualquier área, no podrán volver a solicitarlas hasta transcurridos tres años, a contar desde el año siguiente al de la última concesión. Segundo.- Objeto La concesión de ayudas para financiar gastos derivados de la realización de actividades de formación no reglada que se realicen en los ámbitos de literatura y artes escénicas, artes plásticas y audiovisuales, y música. La concesión de subvenciones se tramitará por el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva. Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud. El plazo de realización de las actividades que podrán ser subvencionadas será el comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 25 de octubre de 2027. Tercero.- Bases Reguladoras Orden 25/2013, de 18 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en los ámbitos de Literatura y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Audiovisuales, y Música (Boletín Oficial de La Rioja número 122, de 30 de septiembre de 2013). Cuarto.- Cuantía El gasto para financiar estas ayudas asciende a una cuantía total de treinta y siete mil quinientos euros (37.500 euros), imputado a la siguiente partida presupuestaria: 2026/070201.3311.480.01 - 37.500,00 euros El importe de cada una de las becas será de SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS (6.250,00.-€.) El abono de las becas otorgadas se dividirá en dos partes conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden 25/2013, de 18 de septiembre. El 50% del importe total de la subvención será abonado, como anticipo, una vez notificada la resolución de concesión. El 50% restante, se abonará una vez que el beneficiario haya justificado la realización de las actividades formativas para las que se otorgó la beca. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes es de treinta días, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta ayuda en el Boletín Oficial de La Rioja. Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=10267) de la página web del Gobierno de La Rioja. Solicitudes: La presentación de solicitudes se realizará preferiblemente de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja, en el apartado Oficina Electrónica (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=10267), o en cualquier punto de registro, de conformidad con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Públicos. Documentación: La prevista en el apartado quinto de la Resolución 513/2026, de 19 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento en concurrencia competitiva para el otorgamiento de 6 becas en los ámbitos de literatura y artes escénicas, artes plásticas y audiovisuales, y música Justificación: En lo referente a la justificación de la actividad, deberá presentarse preferiblemente de forma electrónica, desde el procedimiento iniciado con la solicitud, y conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Orden 25/2013, de 18 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en los ámbitos de Literatura y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Audiovisuales, y Música. El plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará el 30 de octubre de 2027.

Organismo convocante

LA RIOJA — CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD

Ámbito

La Rioja

Categoría

Cultura

Destinatarios

PEMEs (pequenas e medianas empresas)

Máis información

Prazos

Data de publicación10 de marzo de 2026
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeCultura
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD16 de agosto de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PEMEs (pequenas e medianas empresas)

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total37.500 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 25/2013, de 18 de septiembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en los ámbitos de Literatura y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Audiovisuales, y Música

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