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10/12/2024, de la Viceconsejería de Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se convocan, por e

Denominación oficial: Resolución de 10/12/2024, de la Viceconsejería de Política Agraria Común y Política Agroambiental, por la que se convocan, por e

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Non dispoñible
Código BDNS 801906

Resumo

Esta axuda está destinada a pemes (pequenas e medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presuposto: 110.000 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concesión directa: concedida sen concurso público.

Descrición oficial da convocatoria

Primero. Personas beneficiarias. Podrán beneficiarse de estas ayudas los ganaderos y ganaderas o titulares de explotaciones ganaderas que sean personas físicas, jurí dicas u otras entidades sin personalidad jurídica, en cuyo caso han de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que cumplan con los siguientes requisitos: a) Mantener ganado en régimen extensivo en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. b) El ganado deberá pertenecer a una explotación ganadera incluida en el Registro General de Explotaciones Ganaderas o disponer de código REGA y de Guía de origen y sanidad pecuaria para la transhumancia. c) No superar el umbral de acumulación de ayudas en régimen de mínimis de 25.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales, tal y como dispone el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimis en el sector agrícola. d) Encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la seguridad social según lo regulado en el reglamento de desarrollo del Texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla- La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre (Decreto 21/2008, de 5 de febrero). Segundo. Objeto Convocar, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el ejercicio 2025 las ayudas reguladas por la Orden 127/2017, de 5 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de minimis de ayudas para paliar los daños relacionados con ataques de lobo ibérico (Canis lupus signatus) al ganado doméstico en Castilla-La Mancha. Tercera. Bases reguladoras. Orden 127/2017, de 5 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de minimis de ayudas para paliar los daños relacionados con ataques de lobo ibérico (Canis lupus signatus) al ganado doméstico en Castilla-La Mancha, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 138 de 18 de julio de 2017. Cuarto. Financiación. El importe de las ayudas se calculará conforme a las tablas del anexo I de la orden de bases. Los valores que constan en el Anexo I de la orden de bases se incrementarán en un 10% sobre el valor de base establecido en el caso de haber recibido formación específica, de al menos 20 horas de duración, en el manejo y/o prevención de ataques en explotaciones de zonas donde coexista el lobo, así como otro 10% sobre el valor base establecido, para aquellos que hayan hecho uso de medidas preventivas, debiendo justificarse conforme dispone el artículo 11.1 de la citada orden de bases. La cuantía estimada para la concesión de estas ayudas es de 110.000 euros, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de las anualidades, 2025 y 2026. Quinto. Plazo presentación solicitudes. Una vez comunicados los daños, el plazo de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha del ataque, considerando como tal la fecha que figure registrada en el acta de visita de los Agentes Medioambientales. Sexto. Otros datos. La finalidad de estas ayudas es la conciliación de la presencia del lobo ibérico con los usos ganaderos de la Región, en especial con la ganadería extensiva. Toledo, 10 de diciembre de 2024 La Viceconsejera de Política Agraria Común y Política Agroambiental MARIANA DE GRACIA CANALES DUQUE

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — VICECONSEJERÍA DE LA POLÍTICA AGRARIA COMÚN Y POLÍTICA AGROAMBIENTAL

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PEMEs (pequenas e medianas empresas)

Máis información

Prazos

Data de publicación10 de decembro de 2024
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sen concurso público
FinalidadeAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de xullo de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PEMEs (pequenas e medianas empresas)

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total110.000 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 127/2017, de 5 de julio, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por la que se establecen las b

Regulamento UE aplicable

REG (UE) 1408/2013 de minimis, Agrícola