Non dispoñibleLocalAgricultura

CONVOCATÒRIA ANTICIPADA SUBVENCIONS MATÈRIA FORESTAL I PREVENCIÓ INCENDIS FORESTALS 2025-2026

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Non dispoñible
Código BDNS 803161

Resumo

Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presuposto: 1,8 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

Extracto de la resolución de Presidencia de fecha 5 de diciembre de 2024 de la Diputació de Girona relativo a la aprobación de la convocatoria anticipada de subvenciones para actuaciones en materia forestal y de prevención de incendios forestales anualidades 2025-2026 BDNS: En conformidad con lo que prevén los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvencionas (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero. Beneficiarios - Apoyo a los ayuntamientos para la gestión forestal sostenible y para tratamientos silvícolas de mejora: Los ayuntamientos y/o las entidades municipales descentralizadas (EMD) de municipios de la provincia de Girona que tengan aprobado el plano de delimitación, de acuerdo con la Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios en las urbanizaciones, los núcleos de población, las edificaciones y las instalaciones situados en terrenos forestales, y que sean propietarios de fincas que tengan la consideración de terrenos forestales de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 6/1988, de 30 de marzo, Forestal de Catalunya, o bien en el caso del concepto d, los ayuntamientos o EMD que tengan o planteen acuerdos de custodia de bosques de titularidad privada. - Apoyo a las agrupaciones ADF de las comarcas gerundenses: Las ADF y las federaciones de ADF que incluyan ADF de la provincia de Girona, que estén constituidas legalmente e inscritas al registro correspondiente. - Apoyo a los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para trabajos forestales de prevención de incendios forestales previstos en la Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios forestales en las urbanizaciones, los núcleos de población, las edificaciones y las instalaciones situados en terrenos forestales, y en los planes municipales de prevención de incendios forestales: Los ayuntamientos y las EMD de municipios de menos de 20.000 habitantes que cumplan las siguientes condiciones: ? Tener el plano de delimitación aprobado definitivamente. ? Si se solicita la subvención para el concepto a, será preciso disponer de un proyecto ejecutivo aprobado o, cuando el proyecto no sea necesario por la naturaleza de los trabajos, una memoria que determine los trabajos sobre la vegetación que se deben realizar para el cumplimiento de las obligaciones de la Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios forestales en las urbanizaciones, los núcleos de población, las edificaciones y las instalaciones situados en terrenos forestales. ? Si se solicita la subvención para el mantenimiento de franjas perimetrales, hará falta que esté ejecutada la apertura de las franjas para las que se solicita subvención. ? Si se solicita la subvención para parcelas interiores municipales y/o zonas verdes de carácter boscoso, hará falta que el ayuntamiento sea propietario de las zonas verdes o las parcelas interiores para las que se solicita subvención. ? Si se solicita la subvención para el concepto b, hará falta que el ayuntamiento disponga de un plan municipal de prevención de incendios forestales aprobado o presentado a la Generalitat para su aprobación. - Apoyo a las asociaciones de propietarios forestales para el fomento de la gestión forestal conjunta con objetivos de adaptación de los bosques al cambio climático, prevención de incendios y/o producción de biomasa: Las asociaciones, agrupaciones y federaciones de propietarios forestales de la provincia de Girona que estén constituidas legalmente e inscritas al registro correspondiente y que en su ámbito de trabajo dispongan de un instrumento de ordenación forestal (IOF) conjunta o de un documento de planificación estratégica o equivalente, que planifiquen en los ámbitos municipal o supramunicipal actuaciones de prevención de incendios y/o aprovechamiento de biomasa. Las asociaciones de administraciones locales propietarias de bosques que tengan como socias, entre otras, administraciones locales de la provincia de Girona. - Apoyo a las ADF para actuaciones urgentes con tractor en campos agrícolas, en caso de incendios forestales y de llenado de urgencia de depósitos de agua pertenecientes a la red básica, solicitadas por los bomberos a las ADF: Las ADF que hayan realizado acciones urgentes de rotura de campos en caso de incendio forestal bajo solicitud de los bomberos o que hayan transportado agua para llenar depósitos para la extinción de incendios de la red básica de bomberos durante o después de un incendio. - Apoyo a las federaciones y/o asociaciones de ADF para la organización y el funcionamiento de unidades operativas de verano de vigilancia para la prevención de incendios en espacios naturales protegidos incluidos en perímetros de protección prioritaria para la prevención de incendios forestales al macizo de la Albera, el cabo de Creus, el Montgrí - Muntanya Gran, las Gavarres y el macizo de Cadiretes: Las federaciones y asociaciones de ADF de los territorios correspondientes a los espacios naturales de que se trate. Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, los solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Segundo. Objeto La finalidad de las subvenciones reguladas en estas bases es fomentar las siguientes líneas: 1. Apoyo a los ayuntamientos para la gestión forestal sostenible y para tratamientos silvícolas de mejora. 2. Apoyo a las agrupaciones de defensa forestal (ADF) de las comarcas gerundenses. 3. Apoyo a los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para trabajos forestales de prevención de incendios forestales previstos en la Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios forestales en las urbanizaciones, los núcleos de población, las edificaciones y las instalaciones situados en terrenos…

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA

Ámbito

Girona

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación16 de decembro de 2024
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económicoAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Última actualización BD20 de xullo de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total1,8 M€
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORES PER A ACTUACIONS EN MATÈRIA FORESTAL I DE PREVENCIÓ D`INCENDIS FORESTALS

Bases reguladoras ↗