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14/03/2025, de la Alcaldesa-Presidenta, por la que se convocan la ayudas de Rehabilitación de Viviendas dentro del Programa para combatir la despoblación en el medio rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025, ejercicio 2023

Denominación oficial: Resolución de 14/03/2025, de la Alcaldesa-Presidenta, por la que se convocan la ayudas de Rehabilitación de Viviendas dentro del Programa para combatir la despoblación en el medio rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025, ejercicio 2023.

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Non dispoñible
Código BDNS 822908

Resumo

Esta axuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: La Gomera. Presuposto: 87.260 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

Por Resolución de Alcaldía Nº. PR/2025/128, de fecha 14/03/2025, se aprobó Convocatoria que rigen las ayudas al fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada dentro del programa para combatir la despoblación en el medio rural del plan de vivienda de canarias 2020-2025. Ejercicio 2023. Primera: Beneficiarios. 1.- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas personas que, de acuerdo a la definición regulada en el Artículo 4 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Agulo, reúna los siguientes requisitos: Tener nacionalidad española y los refugiados, asilados, apátridas, así como los extranjeros residentes o transeúntes en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. Estar empadronados y residir de forma efectiva en el municipio o, en caso contrario, acreditar el compromiso de empadronarse para destinar la vivienda a su domicilio habitual y permanente o arrendarla a una persona tercera en régimen de arrendamiento en el plazo de dos meses contados a partir de la finalización de las obras. Ser propietaria, copropietaria de la vivienda en la que se van a realizar las obras de rehabilitación. Que la vivienda objeto de la rehabilitación constituya la residencia habitual y permanente de la unidad familiar del solicitante o pretenda serlo según lo previsto en la letra b de este mismo apartado. Que la vivienda necesite la realización de alguna/s de las obras de rehabilitación en los términos contemplados en esta convocatoria. Que la vivienda y las obras de rehabilitación se ajusten a lo dispuesto en las normas urbanísticas que sean de aplicación, dejando a salvo el tipo de actuación prevista en la letra B de la base segunda, en relación con obras en viviendas aisladas en situación de fuera de ordenación. Que no hayan sido beneficiarios de esta subvención en las dos últimas convocatorias. 2.- No podrán obtener la condición de beneficiarios, quienes estén incursos en algunas de las prohibiciones establecidas en apartado segundo del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3.-A los efectos de las presente convocatoria se entiende por unidad familiar la compuesta por el solicitante, su cónyuge o la persona que con él conviva en el supuesto de uniones de hecho, y otros familiares de primer y segundo grado por consanguinidad y afinidad, que constituyan una unidad económica. Segundo. Objeto. 1. Es objeto de presente convocatoria regular el otorgamiento de ayudas dentro de la línea de actuación “fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada en el término municipal” del Programa Regional para Combatir la Despoblación en el Medio Rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025, cumpliendo los requisitos establecidos en dicho Programa y su documento técnico y con la finalidad asegurar la rehabilitación o adecuación de viviendas de titularidad privada del entorno rural a las condiciones mínimas de habitabilidad, con lo que se pretende contribuir también a propiciar la permanencia o el cambio de residencia a las zonas rurales. Tercero. Cuantía de la ayuda La financiación de las ayudas correspondientes a esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 2310.78000. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. La cuantía máxima destinada a financiar cada convocatoria será la correspondientes al 100% de la subvención otorgada por el Instituto Canario de la Vivienda para la ejecución de este programa. El crédito total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 87.259,68 €. El importe de la ayuda concedida podrá ser de hasta el 50% del coste subvencionable de cada actuación individual y por un importe máximo por vivienda de 10.000 euros. En aquellas viviendas en que la unidad de convivencia esté constituida por colectivo vulnerable, el porcentaje máximo de la ayuda correspondiente a esa vivienda sobre la inversión afectada a la misma será del 100% y no superará el límite de 5.000 €. Cuarto. Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes. Las instancias de solicitud, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación requerida, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, a través de la sede electrónica municipal (https://agulo.sedelectronica.es) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Conforme con lo establecido en el Artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende otorgado el consentimiento a este Ayuntamiento, para la consulta de los datos que afecten al procedimiento para la resolución de la ayuda solicitada. En caso de que el solicitante no otorgue su consentimiento para la consulta deberá indicarlo de forma explícita en la solicitud, comprometiéndose a aportar los datos y certificados requeridos para su resolución. La presentación de solicitudes tendrá lugar dentro del plazo de 15 DÍAS HÁBILES, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes presentadas fuera del plazo aludido no serán admitidas. El modelo de solicitud, las autorizaciones y la presente convocatoria se encuentran a disposición de los interesados en el Registro General del Ayuntamiento de Agulo, así como en la sede electrónica:(https://agulo.sedelectronica.es). Quinto. Documentación que se acompaña a las solicitudes Las solicitudes de ayudas para el fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa y se presentará a través de las vías indicadas en la Base undécima. Se deberá presentar una solicitud por cada actuación conformada junto con la siguiente documentación: Modelo normalizado de la solicitud debidamente…

Organismo convocante

AGULO — AYUNTAMIENTO DE AGULO

Ámbito

La Gomera

Categoría

Vivenda

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación26 de marzo de 2025
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; F - CONSTRUCCIÓN
Última actualización BD19 de xullo de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total87.260 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Convocatoria que rige las ayudas al fomento de la Rehabilitación de Viviendas de Titularidad Privada dentro del programa para combatir la despoblación en el medio rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025. Ejercicio 2023.

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