ANULADA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN Y PROMOCIÓN DE VIVIENDAS DESTINADAS A ALQUILER ASEQUIBLE JÓVENES
Resumo
Esta axuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pemes (pequenas e medianas empresas). Ámbito: Barcelona. Presuposto: 25.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descrición oficial da convocatoria
ANUNCIO Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Olèrdola, de fecha 28 de abril de 2025 por la que se aprueba la convocatoria para el otorgamiento de ayudas a la rehabilitación y promoción de viviendas destinadas a alquiler asequible a jóvenes, anualidad 2025. De conformidad con lo que se prevé en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto se puede consultar en la Base Nacional de Datos de Subvenciones: ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ). CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN Y PROMOCIÓN DE VIVIENDAS DESTINADOS A ALQUILER ASEQUIBLE A JÓVENES 2025. 1.- APROBACIÓN BASES REGULADORAS Y DIARIO OFICIAL DONDE SE HAN PUBLICADO Por acuerdo de sesión de Pleno Municipal de fecha 7 de abril de 2021, fueron aprobadas las Bases Generales reguladoras para el otorgamiento de ayudas a la rehabilitación y promoción de viviendas destinadas a alquiler asequible a jóvenes. Estas bases han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB), de fecha 20 de abril de 2021 ( https://bop.diba.cat/anteriors/2021-04-20?bopb_dia[tipologiaAnunciant] =org-477 ) y en el Tablón de anuncios de la corporación el 9 de abril de 2021, finalizando el plazo de exposición pública en fecha 2 de junio de 2021. 2. OBJETO Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN A través de esta actuación de fomento de viviendas se pretende incentivar el asentamiento de población joven en el término municipal de Olèrdola. Las actuaciones objeto de las ayudas de estas bases es regular la concesión de 3 líneas de ayudas que financian: Programa 1 . Ayuda para la ejecución de obras de rehabilitación en viviendas destinadas a alquiler asequible. El objetivo de este programa es posibilitar y facilitar a las personas propietarias de viviendas desocupadas o infrautilizadas de los núcleos urbanos del municipio que realicen obras de rehabilitación con la condición de que se ofrezcan en alquiler asequible por jóvenes. Las obras susceptibles de recibir ayudas son las siguientes: ? Obras en los elementos comunes de los edificios que la Inspección Técnica de Edificios (ITE) haya considerado deficiencias importantes, graves o muy graves. ? Obras en los elementos privativos de las viviendas para alcanzar los niveles mínimos de habitabilidad en los términos que correspondan de acuerdo con el Decreto 141/2012, de 30 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de la vivienda y de la cédula de habitabilidad. ? Sustitución o adecuación de las instalaciones de agua, gas, calefacción, electricidad, saneamiento y otras para la adecuación de la vivienda a la normativa vigente. ? Para acogerse a este programa es imprescindible que las obras objeto de subvención no se hayan iniciado. Las subvenciones serán compatibles con la obtención de las bonificaciones previstas en los tributos municipales. Este programa es compatible con el programa 2. Programa 2 . Ayudas para obtener el informe técnico necesario para conseguir la cédula de habitabilidad y/o el certificado de eficiencia energética de las viviendas que se destinen a alquiler asequible por jóvenes. El objetivo de este programa es facilitar el conocimiento del estado en el que se encuentran los edificios y viviendas, y en consecuencia programar las obras de rehabilitación que sean necesarias. También es objetivo cumplir con las obligaciones administrativas para alquilar las viviendas. Este programa es compatible con el programa 1. Programa 3 . Ayudas para compensar la reducción del precio del alquiler. El objetivo de este programa es compensar a las personas propietarias que, disponiendo de una vivienda donde no sea necesaria ninguna actuación de rehabilitación para la que se solicite ayuda la destinen a alquiler asequible. Este programa es incompatible con los programas 1 y 2. No se aceptarán contratos suscritos con familiares hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad o donde en la unidad de convivencia destinataria del arrendamiento exista un familiar en éste grado. En los tres programas las viviendas se deben ofrecer a inquilinos/as de hasta 35 años de edad, con las condiciones de se detallan en el artículo 7.2 y 7.3 de las Bases Generales. 3. CONCURRENCIA PÚBLICA Y CRITERIOS DE VALORACIÓN La subvención de este programa se sujeta a concurrencia y es otorgada según un criterio de temporalidad concediéndose a todos aquellos/as solicitantes que cumplan los requisitos definidos en estas Bases y formulen la solicitud en tiempo y forma y hasta el límite de la dotación presupuestaria que, para cada programa, se determine en la correspondiente convocatoria. En caso de existir solicitudes de subvención que, conjuntamente, superen la dotación presupuestaria existente, se procederá a la suya concesión segundos el orden temporal de presentación de las solicitudes y hasta agotar la dotación presupuestaria correspondiente a cada programa. 4. ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN Las ayudas que se regulan en esta convocatoria se dirigen a los edificios incluidos en los núcleos urbanos de Moja, Sant Miquel de Olèrdola y Sant Pere Molanta. 5. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS: Vienen establecidos en la base 7.1 de las Bases Generales reguladoras para el otorgamiento de ayudas a la rehabilitación y promoción de viviendas destinadas a alquiler asequible a jóvenes. Estas bases han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB), de fecha 20 de abril de 2021 Por otra parte, quedarán excluidos las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a…
Organismo convocante
OLÈRDOLA — AYUNTAMIENTO DE OLÈRDOLA
Ámbito
Barcelona
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PEMEs (pequenas e medianas empresas)
Máis información
Prazos
| Data de publicación | 5 de maio de 2025 |
| Data inicio de solicitudes | 1 de abril de 2025 |
| Data fin de solicitudes | 15 de novembro de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidade | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | 77 - Actividades de alquiler |
| Última actualización BD | 19 de xullo de 2026 |
Quen pode solicitar esta axuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PEMEs (pequenas e medianas empresas)
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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.
Información económica
| Presuposto total | 25.000 € |
| Modalidade de axuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORES PER A L`ATORGAMENT D`AJUTS A LA REHABILITACIÓ I PROMOCIÓ D`HABITATGES DESTINATS A LLOGUER ASSEQUIBLE A JOVES