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SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A CENTROS EDUCATIVOS Y ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS (AMPAS Y AFAS) DEL MUNICIPIO. EJERCICIO 2026.

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A CENTROS EDUCATIVOS Y ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS Y ALUMNAS (AMPAS Y AFAS) DEL MUNICIPIO. EJERCICIO 2026.

Prazo de solicitude Non dispoñible
Estado Non dispoñible
Código BDNS 900076

Resumo

Esta axuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presuposto: 35.000 €. A tramitación realízase de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descrición oficial da convocatoria

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de abril de 2026, por la que se convocan las subvenciones en materia de Educación destinadas a centros educativos y asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas (AMPAS y AFAS) del municipio para el ejercicio 2026. Primero.- Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas que reúnan los siguientes requisitos en el momento de presentación de solicitudes: a) Los Centros Educativos de Burjassot de enseñanzas obligatorias (educación primaria y secundaria) y sus Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS y AFAS), constituidas legalmente. b) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Burjassot. La acreditación del cumplimiento de la obligación de estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Burjassot se realizará de oficio por el Ayuntamiento, mediante la expedición de certificación administrativa positiva, de conformidad con el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones. c) En caso de asociaciones de Madres y Padres (AMPAS y AFAS), deberán figurar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales. d) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. e) Cumplir las condiciones establecidas en el art. 8 de la Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Ayuntamiento de Burjassot. Segundo.- Objeto. La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de ayudas económicas a los Centros Educativos de Burjassot de enseñanzas obligatorias (educación primaria y secundaria) y sus Asociaciones de Madres y Padres (AMPAS y AFAS), por la realización de proyectos de actividades extraescolares y/o actividades complementarias al proyecto educativo del centro y para colaborar en los gastos de funcionamiento ordinario. 2. La finalidad que se pretende conseguir es la promoción de proyectos educativos de calidad que propicien la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, la conciliación de la vida laboral y familiar, la igualdad de género, el respeto a la diversidad, el fomento del uso del valenciano, y la participación comunitaria de la comunidad educativa, teniendo en cuenta los objetivos previstos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2028 y la Agenda Urbana 2030 de Burjassot. Las actividades objeto de la subvención serán las desarrolladas por las entidades desde el 1 de julio del ejercicio 2025 hasta el 30 de junio del año 2026, con cargo a los presupuestos del presente ejercicio. Tercero.- Bases reguladoras. La Ordenanza General reguladora de subvenciones está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 105, de 31 de mayo de 2024. https://transparencia.burjassot.org/wp-content/uploads/2024/06/anuncioboppublicaciondefinitivaordenanzasubvenciones.pdf Cuarto.- Cuantía. El importe máximo destinado a estas subvenciones será de 35.000 euros. El importe de estas subvenciones se hará efectivo con cargo al crédito del presupuesto vigente de la Partida Municipal 326/48900 “Subvenciones Educación “. Quinto.- Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, por conducto de la BDNS, y finalizará el 1 de julio de 2026. Sexto.- Otros datos El texto íntegro de la convocatoria a la que se refiere el presente extracto puede consultarse en https://www.burjassot.org/

Organismo convocante

BURJASSOT — AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Máis información

Prazos

Data de publicación20 de abril de 2026
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudesNon dispoñible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadeEducación
Sector económico85 - Educación
Última actualización BD2 de agosto de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total35.000 €
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

APROBACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT

Bases reguladoras ↗