Aberta · quedan 15 díasAutonómicaEmprego

Subvencións para o fomento da Economía Social. Programa 1 Emprego en Cooperativas e Sociedades Laborais

Prazo de solicitude 13 de outubro de 2026
Estado Aberta · quedan 15 días
Código BDNS 928486

Resumo

Esta axuda está destinada a pemes (pequenas e medianas empresas). Ámbito: REGION DE MURCIA. Presuposto: 2,8 M€. Pódese solicitar ata o 13 de outubro de 2026. Concorrencia competitiva - canónica.

De que vai esta axuda?

Esta axuda é unha subvención económica destinada ao fomento do emprego en cooperativas e sociedades laborais da Rexión de Murcia. Poderán optar a ela as pequenas e medianas empresas e os particulares que teñan unha actividade económica. O obxectivo é financiar a creación do primeiro posto de traballo neste tipo de entidades. Concédese en réxime de concorrencia competitiva: a solicitude deberá presentarse antes do 13 de outubro de 2026 e as proposicións avalíanse entre si, polo que o cumprimento dos requisitos non garante a obtención da axuda. O importe total dispoñible é de 2780000 euros e entrégase sen necesidade de devolvelo.

Resumo en linguaxe clara xerado con IA a partir dos datos oficiais. Pode conter erros: consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitala.

Descrición oficial da convocatoria

Primero. Beneficiarios Pequeñas y medianas empresas de economía social, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma. Segundo. Objeto Subvencionar la incorporación en empresas de economía social, a partir del día 1 de octubre del 2025, de los siguientes socios trabajadores, siempre que sean a tiempo indefinido y jornada completa, y que en la fecha de iniciación de la prestación de trabajo en los mismos concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Trabajadores por cuenta ajena de la sociedad, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre de 2025, admitidos a partir de esa fecha como socios trabajadores. b) Personas desempleadas, inscritas en cualquier oficina de colocación hasta la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre de 2025. c) Trabajadores por cuenta ajena de sociedades mercantiles, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre de 2025, incorporados a partir de esa fecha como socios trabajadores de empresas de Economía Social surgidas de la transformación de la sociedad mercantil. En las sociedades mercantiles deben concurrir a la vez las siguientes situaciones económicas: Que existan pérdidas económicas en los dos últimos ejercicios anteriores al de publicación de la convocatoria y que el importe neto de la cifra de negocios del último ejercicio sea como máximo el 70% a la registrada en el penúltimo ejercicio. d) Jóvenes menores de 30 años desempleados, inscritos en cualquier oficina de colocación hasta la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre de 2025, que se incorporen como socios trabajadores a partir del día 1 de octubre del ejercicio anterior al de la convocatoria. Tercero. Bases reguladoras Orden de 11 de junio de 2025 de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para programas de fomento de la economía social de la Región de Murcia (BORM nº 135 de 11.06.2025). Cuarto. Cuantía El crédito disponible inicial es de 2.750.000,00 euros, siendo las cuantías de la subvención las siguientes: Si la aportación al capital social o la transmisión de aportaciones, acciones o participaciones consecuencia de jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, del socio trabajador por el que solicita subvención es igual o superior a 1.000,00 euros, la cuantía de ayuda oscilará entre 7.000,00 y 11.500 euros en función del colectivo al que pertenezca el socio trabajador (general, mujer, riesgo de exclusión, jóvenes desempleados, o persona con discapacidad): a) De siete mil euros (7.000,00 euros) por cada socio trabajador incorporado a la sociedad. Si la persona incorporada es mujer la cuantía será de ocho mil quinientos euros (8.500,00 euros). b) De nueve mil quinientos euros (9.500,00 euros) en el caso de persona con riesgo de exclusión del mercado de trabajo. c) De diez mil euros (10.000,00 euros) por cada joven menor de 30 años desempleado, inscrito en cualquier oficina de colocación hasta la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social. d) De once mil quinientos euros (11.500,00 euros) en el caso de personas con discapacidad. 3. Si la aportación al capital del socio trabajador por el que solicita subvención es inferior a 1.000,00 euros, el importe de la subvención a conceder se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: S = C x A / 1000 Siendo: S = Subvención a conceder por cada nuevo socio trabajador incorporado. C = Subvención que corresponde al socio trabajador por pertenecer a un determinado colectivo (7.000, 8.500, 9.500, 10.000, u 11.500 euros). A = Capital suscrito por el socio trabajador por el cual se solicita subvención, incluido la transmisión de aportaciones o participaciones cuando sea consecuencia de jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de su titular. Quinto. Plazo El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día de la entrada en vigor de la Orden de convocatoria y terminará el día 13 de octubre de 2026. Sexto. Otros datos El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones será el de concurrencia competitiva. Podrán acogerse a la presente orden las acciones llevadas a cabo en el período comprendido entre el día 1 de octubre de 2025 y el día 13 de octubre de 2026. Por este programa se subvencionarán como máximo seis puestos de trabajo por entidad, y sólo se podrá conceder una ayuda por persona.

Organismo convocante

REGIÓN DE MURCIA — CONSELLO DE EMPRESA, EMPREGO E ECONOMÍA SOCIAL

Ámbito

REGION DE MURCIA

Categoría

Emprego

Destinatarios

PEMEs (pequenas e medianas empresas)

Máis información

Prazos

Data de publicación9 de setembro de 2026
Data inicio de solicitudesNon dispoñible
Data fin de solicitudes13 de outubro de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcorrencia competitiva - canónica
FinalidadePromoción do Emprego
Sector económicoACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS E SERVIZOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS E DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, EMISIÓN E PRODUCIÓN E DISTRIBUCIÓN DE CONTIDOS; L - ACTIVIDADES FINANCEIRAS E DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONAIS, CIENTÍFICAS E TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS E SERVIZOS SOCIAIS; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E DEFENSA; OBRIGATORIA SEGURIDADE SOCIAL; AGRICULTURA, GANDEIRA, SILVICULTURA E PESCA; G - COMERCIO POR GRANDE E POLOMISTA; F - CONSTRUCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA FABRICANTE; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; OUTROS SERVIZOS; ABASTECEMENTO DE AUGA, ACTIVIDADES DE SANEAMENTO, XESTIÓN DE RESIDUOS E DESCONTAMINACIÓN; SUBMINISTRO DE ENERXÍA ELÉCTRICA, GAS, VAPOR E AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIÓNS, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUTURAS INFORMÁTICAS E OUTROS SERVIZOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE E ALMACENAMENTO
Última actualización BD24 de setembro de 2026

Quen pode solicitar esta axuda?

  • PEMEs (pequenas e medianas empresas)

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Os requisitos completos poden variar. Consulta as bases reguladoras e o portal oficial para verificar todos os requisitos.

Información económica

Presuposto total2,8 M€
Modalidade de axudaSUBVENCIÓN E ENTREGA DE CARTOS SEN COMPENSACIÓN
Cofinanciada pola UESi

O importe exacto pode variar segundo o teu caso concreto. Consulta sempre as bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orde do Ministerio de Empresa, Emprego e Economía Social, pola que se aproban as bases reguladoras das subvencións dos programas de fomento da economía social da Rexión de Murcia.

Bases reguladoras ↗

Regulamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, xeral