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Ayudas artes escenicas modalidades:creación de escritura escénica e investigación

Denominació oficial: AYUDAS ARTES ESCENICAS MODALIDADES:CREACIÓN DE ESCRITURA ESCÉNICA E INVESTIGACIÓN

Termini de sol·licitud No disponible
Estat Oberta
Codi BDNS 700559

Resum

Esta ajuda està destinada a persones físiques que no desenvolupen activitat econòmica. Àmbit: COMUNIDAD VALENCIANA. Pressupost: 107.000 €. Concurrència competitiva - canònica.

De què va esta ajuda?

Aquest ajut es concedeix de forma competitiva, així que hauràs de presentar la sol·licitud dins del termini que marqui la convocatòria i el teu projecte es compararà amb els altres; complir els requisits no assegura que la rebis. Està dirigida a persones físiques que no tinguin activitat econòmica i que vulguin crear obres d'escriptura escènica o fer investigacions relacionades amb teatre, dansa o circ a la Comunitat Valenciana. La subvenció és un lliurament de diners sense exigència de devolució, amb un fons total de 107.000 euros. Els projectes s'han de desenvolupar entre el 1 de desembre de 2022 i el 30 de desembre de 2023.

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Descripció oficial de la convocatòria

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la orden cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacionales de Subvenciones. http:www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/700504-1 http:www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/700543-2 Primero. Objeto, finalidades y régimen jurídico aplicable. Convocar la concesión de subvenciones para el fomento de las artes escénicas en la Comunitat Valenciana, en los sectores del teatro, la danza y el circo, con el fin último de que la ciudadanía pueda disponer de una oferta diversificada y de calidad. Las actividades deberán tener lugar entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023, ambas inclusive, con la excepción de la fecha del estreno de los espectáculos beneficiados de ayuda anual a la producción profesional o producción emergente, que deberá tener lugar como máximo el 31 de enero de 2024. Las modalidades previstas en esta convocatoria son las siguientes: 1. Ayudas a la creación de escritura escénica. 2. Ayudas a la formación 3. Ayudas a la investigación 4. Ayudas a la edición 5. Ayudas a residencias escénicas 6. Ayudas a la producción profesional de montajes escénicos 7. Ayudas a la producción emergente de montajes escénicos 8. Ayudas a la gira de espectáculos 9. Ayudas a festivales y muestras 10. Ayudas para la asistencia a ferias y eventos orientados al mercado 11. Ayudas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro Segundo. Financiación, distribución y cuantías. De acuerdo con la Ley 9/2022, de 30 de diciembre de 2022, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023 (DOGV 9502, de 31.12.2022), las ayudas convocadas se imputarán al crédito previsto en la sección 09, entidad 00025, línea de subvención S6422000 ¿Fomento de las artes escénicas¿, del IVC. El importe referido podrá ser minorado cuando en el marco de las políticas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, se adopten medidas de no disponibilidad que afecten a los créditos de las líneas de subvención que los financian. El importe inicialmente previsto para esta convocatoria es de 2.750.000 ¿ y se distribuirá entre las diferentes modalidades con el siguiente desglose: a) Ayudas a la creación de escritura escénica: hasta un máximo de 72.000 ¿. b) Ayudas a la formación: hasta un máximo de 20.000 ¿. c) Ayudas a la investigación: hasta un máximo de 35.000 ¿. d) Ayudas a la edición: hasta un máximo de 20.000 ¿. e) Ayudas a residencias escénicas: hasta un máximo de 180.000 ¿. f) Ayudas a la producción profesional de un montaje escénico: hasta un máximo de 694.000 ¿. g) Ayudas a la producción emergente de un montaje escénico: hasta un máximo de 385.000 ¿. h) Ayudas a la gira de espectáculos: hasta un máximo de 299.000 ¿. i) Ayudas a festivales y muestras: hasta un máximo de 635.000 ¿. j) Ayudas para la asistencia a ferias y eventos orientados al mercado: hasta un máximo de 50.000 ¿. k) Ayudas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro: hasta un máximo de 360.000 ¿. Las cuantías individualizadas máximas de las subvenciones que en el marco de la presente convocatoria pueden solicitarse son las siguientes: a) Ayudas a la creación de escritura escénica: 4.500 ¿ b) Ayudas a la formación: 7.500 ¿. c) Ayudas a la investigación: 2.500 ¿. d) Ayudas a la edición: 7.500 ¿. e) Ayudas a residencias escénicas: 20.000 ¿. f) Ayudas a la producción profesional de un montaje escénico: 60.000 ¿. g) Ayudas a la producción emergente de un montaje escénico: 30.000 ¿. h) Ayudas a la gira de espectáculos: 37.000 ¿. i) Ayudas a festivales y muestras: 80.000 ¿. j) Ayudas para la asistencia a ferias y eventos orientados al mercado: 10.000 ¿. k) Ayudas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro: 30.000 ¿. Tercero. Personas beneficiarias. Con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto para cada modalidad de ayudas, podrán ser beneficiarias las personas físicas y las empresas, asociaciones y entidades públicas y privadas y sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en territorio de la Comunitat Valenciana. Cuarto. Presentación de solicitudes y plazo. El plazo de presentación de las solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determina automáticamente la exclusión. Quinto. Resolución definitiva La resolución de concesión o de denegación corresponderá la persona que ostente la dirección general del IVC de acuerdo con la habilitación competencial prevista en el artículo 24 de la Orden de bases. Sexto. Justificación y pago de las ayudas. El pago de estas ayudas se efectuará mediante transferencia bancaria según el modelo de domiciliación bancaria, siempre que la actividad se haya realizado de acuerdo con el programa presentado y se justifiquen correctamente los gastos corrientes ocasionados por la actividad subvencionada. Una vez revisada y comprobada la justificación, se procederá al pago de la subvención en los plazos legalmente establecidos.

Organisme convocant

COMUNITAT VALENCIANA — INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC)

Àmbit

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoria

Cultura

Destinataris

PERSONES FÍSIQUES QUE NO DESENVOLUPEN ACTIVITAT ECONÒMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació2 de juny de 2023
Data d'inici de sol·licituds13 de juny de 2023
Data fi de sol·licitudsNo disponible

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcurrència competitiva - canònica
FinalitatCultura
Sector econòmicACTIVITATS ARTÍSTIQUES, ESPORTIVES I D'ENTRETENIMENT; ADMINISTRACIÓ PÚBLICA I DEFENSA; SEGURETAT SOCIAL OBLIGATÒRIA
Última actualització BD21 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PERSONES FÍSIQUES QUE NO DESENVOLUPEN ACTIVITAT ECONÒMICA

Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total107.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓ I LLIURAMENT DINERARI SENSE CONTRAPRESTACIÓ

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

ORDEN, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de las artes escénicas de la Comunitat Valenci