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SUBVENCIÓ PER LA QUAL ES CONCEDEIXEN LES AJUDES ECONÒMIQUES DESTINADA A SUFRAGAR LES DESPESES DE MATRÍCULA DE L'ALUMNAT DE L'ESCOLA MUNICIPAL DE MÚSICA. CURS 2023-2024

Termini de sol·licitud 20 d'agost de 2024
Estat Finalitzada
Codi BDNS 775388

Resum

Esta ajuda està destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Tenerife. Pressupost: 5.000 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripció oficial de la convocatòria

Mediante Acuerdo del Consejo Rector del Organismo Autónomo de Cultura, en sesión celebrada 10 de julio de 2024, fue aprobada la Convocatoria de ayudas al alumnado de la escuela municipal de música para el curso escolar 2023-2024, en los siguientes términos: Bases Reguladoras: BASES GENERALES REGULADORAS DE LAS AYUDAS AL ALMUNADO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE publicadas en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife, Boletín nº 86 de 17 de julio de 2024. Crédito presupuestario: La financiación de las ayudas reguladas en las presentes normas se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria L5220 33420 48180 del presupuesto del OAC en vigor, estando condicionada su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de su aprobación. La aportación irá necesariamente destinada a la financiación del objeto de la subvención y se ajustará a las cuantías máximas que se indican en el siguiente apartado. No serán subvencionables otros conceptos distintos a los expresamente señalados; asimismo, las cuantías establecidas en el siguiente punto constituyen el límite máximo de ayudas que podrán percibir los beneficiarios. Cuantía total máxima de la convocatoria: La dotación económica para las presentes ayudas económicas asciende a CINCO MIL EUROS (5.000€) de acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2024 del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y sus organismos, Línea de Actuación con referencia 131 “Ayuda al Alumnado de la Escuela Municipal de Música” El importe máximo a conceder a cada beneficiario se corresponderá con el importe que efectivamente haya abonado el alumno-solicitante de la ayuda en concepto de matrícula de la escuela municipal de música para el curso escolar 2023-2024. Objeto, condiciones y finalidad: La presente convocatoria de ayudas tiene por objeto asegurar el acceso real y a la formación y práctica musical de alumnos y familias que se encuentren en alguna de las situaciones descritas en la base 9 y recompensar los esfuerzos económicos realizados en el pago de la matrícula de la escuela de música de Santa Cruz de Tenerife durante el curso escolar 2023-2024. Régimen: La concesión de estas subvenciones se efectúa en régimen de concurrencia competitiva y se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración fijados en la Base 9 ponderados conforme se determina y concreta en la presente Convocatoria, procediéndose asimismo, en el supuesto así previsto, al prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo establecido como límite en la Convocatoria. Requisitos para solicitar la ayuda: Estar matriculado en la Escuela Municipal de Santa Cruz de Tenerife en el curso escolar 2023-2024 y haber abonado el importe de la matrícula correspondiente a dicho curso, así como, los requisitos previstos en la Base 6 de las reguladoras de la ayuda al alumnado de la Escuela Municipal de Música. Órganos Competentes: La competencia para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de la subvención corresponde al/la Jefe/a de Servicio del OAC, de conformidad con la base 4. El órgano competente para la concesión de la subvención es el Consejo Rector del OAC. Forma, Plazo y lugar de presentación: Las solicitudes, con las formalidades establecidas en las Bases 4 y 5, se formalizarán en el modelo oficial anexo a la presente convocatoria (Anexo I) y deberán ser presentadas en el plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife; en la misma fecha de este anuncio se procederá a publicar la Convocatoria en la sede electrónica y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones y en aplicación de los principios recogidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la publicación de la presente Convocatoria se efectuará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Las solicitudes estarán a disposición de los/as interesados/as una vez se publique la convocatoria correspondiente, y se deberán presentar, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación que se relaciona a continuación Se procederá, salvo oposición o no autorización expresa (recogida en la solicitud normalizada del Anexo I), a través de la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas u otros sistemas que se establezcan para la consulta de los siguientes datos: Certificado de empadronamiento y de convivientes en el mismo domicilio. Título de familia numerosa. Cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Si la persona solicitante se opone expresamente a la obtención de estos datos, deberá aportar la documentación oportuna. Documentación a presentar: La documentación a presentar por los solicitantes de las ayudas será la siguiente: Solicitud, según modelo normalizado, debidamente cumplimentada y firmada (Anexo I). DNI del/la solicitante y, en su caso, el de su representante legal y de los miembros de la unidad de convivencia, o en su caso, documentación acreditativa de la identidad o filiación. Declaración responsable (Anexo II). Solo en el caso de que en la solicitud se manifieste oposición expresa por parte del solicitante a que el OAC pueda obtener directa o telemáticamente la información que estime necesaria para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en cuya virtud deba pronunciarse para la resolución de este procedimiento, deberá ser aportada, además la siguiente documentación: Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias emitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Certificación de estar al corriente de las obligaciones…

Organisme convocant

SANTA CRUZ DE TENERIFE — AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

Àmbit

Tenerife

Categoria

Cultura

Destinataris

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació17 de juliol de 2024
Data d'inici de sol·licituds23 de juliol de 2024
Data fi de sol·licituds20 d'agost de 2024

Informació completa

AdministracióLocal
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatCultura
Sector econòmicACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN
Última actualització BD20 de juliol de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total5.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

BASES DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE CULTURA DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TSUBVENCIÓN POR LA QUE SE CONCEDEN LAS AYUDAS ECONÓMICAS DESTINADA A SUFRAGAR LOS GASTOS DE MATRÍCULA DEL ALUMNADO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA. CURSO 2023-2024

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