Subvenciones para entidades culturales para el año 2024
Denominació oficial: Convocatoria de subvenciones para entidades culturales para el año 2024
Resum
Esta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Girona. Pressupost: 26.050 €. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripció oficial de la convocatòria
OBJETO I FINALIDAD: El objeto de la convocatoria es regular la concesión de subvenciones a entidades culturales durante el año 2024. La convocatoria se divide en cinco programas: - Programa 5.1: Artes escénicas - Programa 5.2: Música - Programa 5.3: Artes Plásticas - Programa 5.4: Asociaciones municipales de familias - Programa 5.5: Actividades socioculturales BASES REGULADORAS: Aprobadas por el pleno del Ayuntamiento de Palamós en sesión ordinaria el día 19 de julio de 2022. Expuestas a información pública 20 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación en el DOGC núm.8760, de fecha 29 de julio de 2022. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATÒRIA: Base de Datos Nacional de Subvenciones, BOP Girona, así como en la sede electrónica (http://seu.palamos.cat). Las sucesivas notificaciones y publicaciones se efectuarán en la sede electrónica municipal y el tablón de anuncios de la corporación. PERSONAS DESTINATARIAS: Pueden concurrir en la convocatoria de las subvenciones objeto de este programa, las entidades culturales o asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y domiciliadas en el municipio de Palamós, que tengan como finalidad la organización, la realización y la práctica de actividades culturales en el municipio de Palamós. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN: El otorgamiento de la subvención se realizará según ponderación de los criterios objetivos de otorgamiento que se relacionan en la convocatoria. Estos criterios se aplicarán para cada uno de los cuatro programas. CUANTÍA DE LA SUBVENCION Y GASTOS SUBVENCIONABLES: La cuantía máxima que se destina a esta convocatoria para el año 2024 es de 26.050€ a cargo de la partida pressupostária 24 02 33000 48200 Subvencions i convenis a entitats i associacions culturals, distribuidos en seis programas. - Programa 5.1: Artes escénicas 4.700 € - Programa 5.2: Música 5.000 € - Programa 5.3: Artes Plásticas 1.500 € - Programa 5.4: Asociaciones municipales de padres y madres 9.500 € - Programa 5.5: Actividad socioculturales 5.350 € La cuantía de la subvención será el resultado de la distribución de la consignación presupuestaria de la partida correspondiente entre las solicitudes presentadas y en función del programa elegido. La distribución individualizada de estas cantidades se hará en la aplicación de los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria para cada programa. En caso de que no se agote el presupuesto de un programa se redistribuirá la cantidad sobrante. En ningún caso se podrá otorgar una subvención superior al importe solicitado. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN: Las solicitudes se formalizarán mediante el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Palamós (http://seu.palamos.cat). Si la solicitud o la documentación que se acompaña no reúne los datos de identificación y / o cualquiera de los previstos en el art. 66 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se requerirá al interesado, de acuerdo con lo establecido en el art. 68 de la mencionada Ley, para que en el plazo de diez días hábiles subsane las deficiencias o acompañe los documentos preceptivos. Si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa notificación de la resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el art. 21 de la Ley 39/2015. OBLIGACIONES DE LAS ENTITADES BENEFICIARIAS: A parte de las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, deben estar al corriente de las obligaciones tributarias i con la Seguridad Social; atender a las actuaciones de comprobación que realice el Ayuntamiento y aportar la documentación que sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y en relación a la subvención concedida. PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES: Las solicitudes deben presentarse en el Registro general del Ayuntamiento de Palamós o a través de la Sede electrónica, sin perjuicio de lo que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. ÒRGANO INSTRUCTOR: Responsable Área de Cultura COMISIÓN DE VALORACIÓN: Encargada de valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios que se establecen en la convocatoria y formular propuesta de resolución a la Junta de Gobierno Local. Está integrada por los miembros que constan en la convocatoria. ÒRGANO COMPETENTE PARA LA RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO: La Junta de Gobierno Local por delegación de Alcaldía mediante decreto núm. 1.830 de fecha 22 de junio de 2023. PLAZO DE RESOLUCIÓN, CONCESIÓN Y NOTIFICACIÓN. El plazo máximo para la resolución del procedimiento de la conexión de subvenciones será de 6 meses, desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Girona. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN Y PLAZO: La entidad beneficiaria tendrá que presentar, como máximo el 31 de enero de 2025, la cuenta justificativa simplificada de la subvención mediante modelo normalizado disponible en la Sede electrónica, acompañada de los documentos justificativos correspondientes. PAGO DE LA SUBVENCIÓN. El pago se hará previa justificación y en base al plan de disposición de fondos de la Tesorería municipal. La falta de justificación comportará la exigencia del reintegro de las cuantías percibidas, de acuerdo con el artículo 36 y siguientes de la Ley general de subvenciones. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. Las entidades y asociaciones que sean beneficiarias de una subvención nominativa incluida en el presupuesto o que queden englobadas en los convenios de colaboración firmados con el Ayuntamiento de Palamós, no podrán obtener subvención dentro de la presente…
Organisme convocant
PALAMÓS — AYUNTAMIENTO DE PALAMÓS
Àmbit
Girona
Categoria
Destinataris
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 22 d'agost de 2024 |
| Data d'inici de sol·licituds | 29 d'agost de 2024 |
| Data fi de sol·licituds | 28 de setembre de 2024 |
Informació completa
| Administració | Local |
| Tipus de convocatòria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalitat | Cultura |
| Sector econòmic | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualització BD | 20 de juliol de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 26.050 € |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
Convocatoria de subvenciones para entidades culturales para el año 2024