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Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a las personas físicas para la práctica de actividad deportiva del ayuntamiento de vilanova i la geltrú

Denominació oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A LAS PERSONAS FÍSICAS PARA LA PRÁCTICA DE ACTIVIDAD DEPORTIVA DEL AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ

Termini de sol·licitud 19 d'octubre de 2026
Estat Oberta · queden 21 dies
Codi BDNS 930727

Resum

Esta ajuda està destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: Barcelona. Pressupost: 40.000 €. Es pot sol·licitar fins al 19 d'octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

De què va esta ajuda?

Esta subvención se concede en concurrencia competitiva, por lo que debes presentar solicitud antes del 19 de octubre de 2026 y tu proyecto será evaluado junto a los demás candidatos; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Es una ayuda económica en forma de entrega dineraria dirigida a personas que no desarrollan actividad económica y quieren practicar deporte en Vilanova i la Geltrú. El fondo total disponible es de 40 000 euros.

Resum en llenguatge clar generat amb IA a partir de les dades oficials. Pot contindre errors: consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar-la.

Descripció oficial de la convocatòria

PRIMERO. BASES REGULADORAS Las Bases reguladoras de estas subvenciones fueron aprobadas de forma definitiva en el Pleno ordinario municipal del 07.07.2025 y la aprobación definitiva fue publicada en el BOPB en fecha 21.07.2025. Enlace publicación Bases: http://bop.diba.cat/anunci/3794901/aprovacio-definitiva-de-les-bases-reguladores-de-les-subvencions-destinades-a-les-persones-fisiques-per-a-la-practica-d-activitats-esportives-de-l-ajuntament-de-vilanova-i-la-geltru-ajuntament-de-vilanova-i-la-geltru SEGUNDO. OBJETO CONVOCATORIA Regular las subvenciones económicas destinadas a las personas físicas para la práctica de actividad deportiva para facilitar la realización de actividad deportiva temporada 2026-2027. A través de estas subvenciones se quiere fomentar la actividad física y deportiva y hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a disfrutar del deporte y de la práctica física como una actividad esencial para el bienestar personal, al tiempo que se contribuye al bienestar social. Modalidad A: deportistas de alto nivel competitivo individual en deportes donde la estructura organizativa no se realiza por medio de clubes sino a nivel individual. Subvenciones para proyectos y retos deportivos que tienen un carácter diferencial, incluso fuera del marco competitivo. Modalidad B: personas en situación de precariedad económica. TERCERO. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA El importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de cuarenta mil euros (40.000 €). La aplicación presupuestaria en la que se efectuará el cargo es 33.3410.4810000 – Becas Actividades Deportivas y Terapéuticas del presupuesto municipal 2027. La concesión de las subvenciones se subordina, en cualquier caso, a la existencia de crédito. CUARTO. DESTINATARIOS Las personas solicitantes deben cumplir las siguientes condiciones: Tener residencia legal en Cataluña. En el supuesto de que la subvención sea concedida a un deportista menor de edad, se concederá a nombre del padre/madre/tutor legal. Estar empadronado en Vilanova i la Geltrú (salvo en los casos amparados en la Ley 5/2008 del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista). Estar preinscrito o inscrito en una actividad deportiva de centros escolares, AFAs, clubes deportivos, entidades o en programas deportivos del Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú. QUINTO. REQUISITOS No tener ninguna deuda con el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú, ni el solicitante ni los miembros de la unidad familiar de convivencia ( ), así como ninguna deuda con el resto de Administraciones ni con la Seguridad Social, estando al corriente de las obligaciones fiscales. En caso de pagos fraccionados, se deberá estar al corriente del pago en los plazos de fraccionamiento. Que ni la persona solicitante ni ningún miembro de la unidad de convivencia (relación de parentesco y que conviven en la vivienda) posean ningún otro inmueble que no sea la vivienda habitual, la cual incluye una plaza de aparcamiento. No superar el umbral económico: que la unidad de convivencia (Unidad de convivencia: agrupación de personas constituida por un grupo de convivencia común — acreditado por el padrón municipal—, formada por las personas con vínculo de matrimonio o pareja estable y sus hijos/se. La unidad de convivencia tendrá que considerarse como unidad económica en términos de ingresos y gastos.) disponga de una fuente regular de ingresos que no supere los umbrales máximos de renta del siguiente cuadro. IRSC fijado anualmente por el Gobierno de Cataluña. Para 2026 el valor del IRSC es de 801,85 € mensuales, que equivalen a 9.622,18 € anuales (calculado en 12 pagas). Número miembros 1 IRSC importe mensual 801,85 € Renda anual 9.622,1€ Número miembros 2 IRSC importe mensual 1.042,14 € Renda anual 19.244,36 € Número miembros 3 IRSC importe mensual 1.282,96 € Renda anual 28.866,54 € Número miembros 4 IRSC importe mensual 1.523,52 € Renda anual 38.488,72 € Número miembros 5 IRSC importe mensual 1.764,07 € Renda anual 48.110,90 € Número miembros 6 o más IRSC importe mensual 2.004,63 € Renda anual 57.733,08 € Si uno de los miembros de la unidad familiar de convivencia tiene un grado de discapacidad superior al 33%, se aplicará el tramo inmediatamente superior al previsto. En el cómputo para la determinación de los ingresos: Se incluyen los importes de las pensiones y/o ingresos exentos de tributación que pueda percibir la persona solicitante o algún miembro de la unidad familiar de convivencia. No se tendrán en cuenta las ayudas recibidas por la persona solicitante o miembro de la unidad familiar de convivencia en aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. El solicitante podrá dar su consentimiento u oponerse a que el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú consulte a través de plataformas de interoperabilidad entre administraciones los documentos necesarios para la resolución del expediente. En caso de oponerse, la persona deberá presentar certificados oficiales de las diferentes administraciones (agencia tributaria, tesorería de la seguridad social, etc.). SEXTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Plazo de presentación de solicitudes: del 30 de septiembre al 19 de octubre de 2026. La solicitud y el resto de documentación se puede presentar: Trámite presencial: Oficina de Atención Ciudadana (OAC). Plaça de la Vila, 8. De lunes a viernes de 08:00 h a 18:00 h. Trámite en línea: a través de https://seuelectronica.vilanova.cat/tramits/ (es necesario disponer de idCAT Mòbil, Cl@ve o Certificado digital).

Organisme convocant

VILANOVA I LA GELTRÚ — AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ

Àmbit

Barcelona

Categoria

Altres ajudes

Destinataris

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació21 de setembre de 2026
Data d'inici de sol·licituds30 de setembre de 2026
Data fi de sol·licituds19 d'octubre de 2026

Informació completa

AdministracióLocal
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatOtras actuaciones de carácter económico
Sector econòmicACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Última actualització BD28 de setembre de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total40.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las personas físicas para la práctica de actividad deportiva de Vilanova i la Geltrú