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Año joaquin sorolla

Denominación oficial: AÑO JOAQUIN SOROLLA

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 697501

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 25.440 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se trata de una ayuda competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo que se indique y las propuestas se evaluarán una a una, así que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La subvención es en dinero y no exige devolverla. Está dirigida a pymes y a personas físicas que trabajen en el sector taurino y quieran organizar actos públicos para conmemorar el Año Joaquín Sorolla en la Comunidad Valenciana durante 2023. El total disponible es 25 440 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

EXTRACTO ORDEN de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de concesión de ayudas a personas físicas o jurídicas vinculadas al mundo taurino para la organización de actos conmemorativos del Año Joaquín Sorolla durante 2023. 1.- Objeto de la ayuda. Subvencionar la organización de un conjunto de actos públicos destinados a la conmemoración, desde la perspectiva taurina, del ¿Año Joaquín Sorolla¿. Dichos actos públicos se efectuarán en los municipios de la Comunitat Valenciana que lo soliciten durante el año 2023. La concesión de las subvenciones se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva a 2.- Personas beneficiarias. Serán beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas vinculadas al mundo taurino tanto de lidia como de festejos taurinos tradicionales (bous al carrer). 3.- Gastos subvencionables. Gastos derivados de la organización y realización de los eventos. Gastos de publicidad y gastos de actividades vinculadas al mundo taurino que se deriven de aquéllas que se efectúen y se correspondan con el objeto de la subvención. 4.- Subcontratación. La organización de los eventos como actividades subvencionadas no se puede subcontratar. 5. Importe subvencionable y financiación. El importe máximo de la subvención podrá cubrir hasta el 100% de los gastos subvencionables asumidos por la entidad beneficiaria, y en todo caso no podrá ser superior a la cuantía prevista en los presupuestos de la Generalitat. 6. Dotación presupuestaria. La cuantía destinada asciende a 25.440 euros ( Línea S9107000 de los presupuestos de la Generalitat). 7.- Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a computar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias. 8.- Valoración. Las solicitudes serán valoradas por una Comisión de Valoración. Concluido el proceso de evaluación, la comisión de valoración emitirá una propuesta de concesión en la cual se concrete el resultado de la evaluación efectuada. 9.- Resolución. La concesión de la subvención se efectuará por resolución de la persona titular de la Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias. El plazo máximo de resolución y notificación será de dos meses desde la publicación de la Orden de bases y convocatoria. 10.- Plazo de ejecución de las actuaciones. Las actuaciones se ejecutarán siempre dentro del año natural de 2023 sin que proceda su prórroga al ejercicio 2024. En este marco, serán subvencionables las actuaciones realizadas en 2023 antes de la entrada en vigor de la presente Orden siempre que se ajusten a lo previsto en la misma. CSV:B313DZVK:373MGBRN:KKXF1UI9 URL de validación:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=B313DZVK:373MGBRN:KKXF1UI9 11.- Justificación y control de las actuaciones. 1. Las personas beneficiarias de la ayuda por las actividades y conceptos subvencionables tendrán que justificar la ejecución de estas mediante la presentación a la Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias de la documentación correspondiente. 12- Pago El pago de la subvención concedida se realizará después de la presentación de la documentación justificativa que acredite la realización de todos los eventos en los distintos municipios previstos. VALÈNCIA, FECHA A DÍA DE LA FIRMA EL SECRETARIO AUTONÓMICO DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS

Organismo convocante

COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS

Ámbito

COMUNIDAD VALENCIANA

Categoría

Justicia

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación23 de mayo de 2023
Fecha inicio de solicitudes26 de mayo de 2023
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadJusticia
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total25.440 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

LEY 9/2022 DE 30 DE DICIEMBRE

Bases reguladoras ↗