08/06/2023 por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a actuaciones sobre apertura de fosas, exhumaciones y acciones en cumplimiento de la Ley 14/2017, durante el ejercicio 2023
Denominación oficial: RESOLUCIÓN de 08/06/2023 por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a actuaciones sobre apertura de fosas, exhumaciones y acciones en cumplimiento de la Ley 14/2017, durante el ejercicio 2023
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 600.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede de forma competitiva: hay que presentar la solicitud dentro del plazo establecido y las propuestas se comparan, por lo que cumplir los requisitos no asegura la ayuda. La subvención engloba 600 000 euros y está dirigida a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica en la Comunidad Valenciana. Sirve para financiar actuaciones de apertura de fosas, exhumaciones y otras acciones necesarias para cumplir la Ley 14/2017 sobre enterramientos. El apoyo es una entrega dineraria sin devolución.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (identif. ): De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans Primero. Beneficiarios Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente resolución: a) Las entidades y asociaciones que reúnan los siguientes requisitos: -Estar legalmente constituidas e inscritas, a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria, en el registro que corresponda en función de su naturaleza jurídica. -Carecer de fines de lucro. -Tener entre los fines institucionales recogidos en sus estatutos los relacionados con la realización de las actividades consideradas financiables en esta resolución de convocatoria. -Tener sede, oficina abierta permanentemente, delegación permanente o domicilio social en la Comunitat Valenciana y desarrollar las actividades objeto de esta orden en la Comunitat Valenciana. b) Los ayuntamientos y mancomunidades de la Comunitat Valenciana. Segundo. Finalidad El objeto de esta resolución es la convocatoria para el ejercicio presupuestario 2023 de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos destinados a la realización de actuaciones de localización, verificación, delimitación de fosas, exhumación, identificación, custodia y reinhumación de víctimas desaparecidas durante la guerra civil y la dictadura, realizadas por ayuntamientos, mancomunidades y entidades y asociaciones sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, todo eso en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de Memoria Democrática y para la Convivencia de la Comunitat Valenciana. Los proyectos presentados podrán comprender todas o solo algunas de las fases referidas, y todas ellas deberán desarrollarse en el marco de lo establecido en el Protocolo de actuación en exhumación de víctimas de la guerra civil y la dictadura, publicado mediante Orden PRE 2568/2011, de 26 de septiembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de septiembre de 2011, por el que se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Protocolo de actuación en exhumaciones de víctimas de la guerra civil y la dictadura (BOE núm.232, de 27.09.2011). Tercero. Bases reguladoras Las bases por las que se rige esta convocatoria son las contenidas en la Orden 2/2020, de 22 de septiembre, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actuaciones sobre exhumación e identificación de víctimas desaparecidas durante la guerra civil y la dictadura. (DOGV núm. 8914 de 28.09.2020). Cuarto. Importe Estas subvenciones serán financiadas con cargo a la línea S7922000 ¿actuaciones de apertura de fosas, exhumaciones y acciones en cumplimiento de la Ley 14/2017¿, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana, del programa 126.70 ¿calidad democrática¿, recogida en los anexos de transferencias y subvenciones del proyecto de ley de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, por el importe global máximo de 600.000 ¿ (seiscientos mil euros). La cuantía máxima establecida en el apartado primero de esta convocatoria podrá incrementarse con una cuantía adicional del importe global, cuando, como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 58 del Reglamento que desarrolla la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, se produzca un aumento de crédito disponible antes de la concesión de las ayudas reguladas por la presente resolución. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias antes señaladas y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la ayuda. En todo caso, la declaración del crédito final disponible y su distribución definitiva se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con carácter previo a la resolución de la concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver. Las subvenciones serán de cuantía variable, determinada proporcionalmente en función de la puntuación obtenida en virtud de los criterios de valoración y distribución establecidos en el resuelvo noveno y décimo de esta convocatoria El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, para la misma finalidad, supere el coste de la actividad subvencionada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes para las ayudas convocadas mediante la presente convocatoria será de quince días naturales, y se computará desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la inadmisión a trámite de la solicitud.
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — SECRETARÍA AUTONÓMICA DE COOPERACIÓN Y CALIDAD DEMOCRÁTICA
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 9 de junio de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 600.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto de la Resolución de 8 de junio de 2023 de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convoca la concesión de subvenciones durante el ejercicio 2023, destinadas a actuaciones sobre apertura de fosas, exhumaciones y acciones en cumplimiento de la Ley 14/2017 ↗
Bases reguladoras
Orden 2/2020, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a actuaciones sobre exhumación e identificación de víctimas desaparecidas durante la guerra civil y la dictadura