De 28 de julio de 2023 de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas
Denominación oficial: Orden de 28 de julio de 2023 de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 200.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero.- Beneficiarios Organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, que cumplan los requisitos especificados en el punto cuarto de la orden de convocatoria. Segundo.- Finalidad Las ayudas tienen como finalidad preservar la diversidad zoogenética y dar un mayor impulso al mantenimiento y conservación del elevado patrimonio genético que suponen las razas ganaderas autóctonas españolas. Tercero.- Bases Reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas han sido establecidas por el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre («B.O.E.» n. º 295, de 8 de diciembre de 2011) por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas. Este Real Decreto de bases ha sido modificado por el Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo («B.O.E.» n. º 63 de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero («B.O.E.» nº 52 de 1 de marzo de 2019). Cuarto.- Cuantía Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 0304G.412A01.78095 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2024, por un importe de ciento setenta y cinco mil euros (175.000,00 €). Dicha cantidad está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley de Presupuestos de la Comunidad de Castilla y León del mencionado año y a la aportación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para esta línea finalista. No obstante, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, se podrá ampliar la dotación inicial en una cuantía adicional de hasta ciento veinte mil euros (120.000,00 €) sin necesidad de nueva convocatoria. Quinto.- Plazo de presentación El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO RURAL Y POLÍTICA AMBIENTAL
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 2 de agosto de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | 5 de agosto de 2023 |
| Fecha fin de solicitudes | 4 de septiembre de 2023 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01.4 - Producción ganadera |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 200.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Modificación de la disponibilidad presupuestaria ↗
- Modelos de solicitud y pago ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto de la Orden de 3 de octubre de 2023 de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se modifica la Orden de 28 de julio de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas. ↗
- Extracto de la Orden, de 28 de julio de 2023, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas. ↗
Bases reguladoras
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 30 AYUDAS DESTINADAS A LA CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS GENÉTICOS EN LA AGRICULTURA
Reglamento UE aplicable
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)