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Ayudas a caminos convocatoria extraordinaria 2023 Tormentas

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 713994

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: La Rioja. Presupuesto: 2,0 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.- Bases Reguladoras: Mediante Orden 18/2015, de 8 de mayo (BOR nº 64, de 15 de mayo de 2015), de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, se determinan las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, con carácter de subvención, para la creación de infraestructuras agrarias de carácter municipal. Esta norma ha sido modificada en cuatro ocasiones por la Orden 33/2015, de 14 de agosto (BOR nº 110, de 26 de agosto de 2015), la Orden 18/2016, de 5 de octubre (BOR nº 117, de 10 de octubre de 2016), la Orden 13/2017, de 23 de agosto (BOR nº 99, de 28 de agosto de 2017), la Orden AGR/61/2018, de 24 de agosto (BOR nº 101, de 29 de agosto de 2018) y la Orden ATP/70/2022 de 19 de octubre (BOR Nº207 de 27 de octubre de 2022). Segundo.-Objeto: Durante los meses de junio y julio de 2023 se han producido importantes tormentas en la Comunidad Autónoma de La Rioja que han afectado a las infraestructuras de muchos municipios causando daños en los mismos. Es necesaria una reparación urgente de los daños para facilitar las tareas agrícolas, y además el alto número de Ayuntamientos afectados aconseja acudir a una convocatoria extraordinaria .No existe previsión cierta de fecha de publicación de una nueva convocatoria para las ayudas de caminos e infraestructuras municipales, por cuanto para el año 2024 se está pendiente de la confección de una orden de ayudas nueva y que se impute con cargo al nuevo Plan Estratégico de la PAC, por lo que se podría demorar en exceso la concesión de las ayudas a los Ayuntamientos. Se convoca la concesión extraordinaria de subvenciones únicamente para las ayudas para la mejora de caminos rurales de acuerdo con la disposición adicional tercera de la Orden 18/2015, de 8 de mayo (BOR nº 64, de 15 de mayo de 2015), de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases de las ayudas para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal. Tercero.- Beneficiarios: De acuerdo con el artículo 5.2 de la orden, las ayudas excepcionales por catástrofes naturales requerirán previa evaluación de los daños por parte de la Administración autonómica directamente, o a través de sus medios propios, y una declaración de catástrofes naturales por el titular de la Consejería competente en materia de agricultura, en la que se delimite las zonas afectadas. La Resolución 133/2023, de 23 de agosto, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, declara los siguientes municipios como zona afectada por las tormentas acaecidas en este año 2023: Ábalos, Aguilar del Río Alhama, Albelda de Iregua, Alberite, Aldeanueva de Ebro, Alesanco, Alesón, Alfaro, Arenzana de Abajo, Arenzana de Arriba, Autol, Azofra, Badarán, Baños de Río Tobía Berceo, Bergasa,Bezares,Bobadilla,Briñas,Camprovín,Canillas de río Tuerto,Cárdenas,Cenicero,Cervera del Río Alhama,Clavijo,Cordovín,Corera,Cornago,Entrena,Estollo,Foncea,Fonzaleche Fuenmayor,Gimileo,Grañón,Hormilla,Hormilleja,Hornos de Moncalvillo,Huércanos,Igea,Lagunilla del Jubera,Ledesma de la Cogolla,Leiva,Manjarrés,Manzanares,Medrano,Murillo de Río Leza Muro de Aguas,Nájera,Nalda,Navarrete,Nieva de Cameros,Ollauri,Ribafrecha,Rincon de Soto,Robres del Castillo, Rodezno,Sajazarra,San Asensio,San Millán de la Cogolla,San Millán de Yécora Santa Coloma,Sotes, Sorzano,Torrecilla sobre Alesanco,Treviana,Uruñuela,Ventosa,Villalba,Villamediana de Iregua,Zarratón. De esta forma, podrán ser beneficiarios de estas ayudas los que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 1.3 de la orden reguladora, consten incluidos en el listado anterior. Cuarto.- Cuantía: Aprobar el gasto para la convocatoria extraordinaria de subvenciones para la mejora de caminos rurales, de acuerdo con la Orden 18/2015, de 8 de mayo (BOR nº 64, de 15 de mayo de 2015), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases de las ayudas para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal por un importe total de 2.000.000 euros (Dos millones de euros) del ejercicio 2024. Proyecto 80500.3, con la siguiente distribución de partidas presupuestarias: 05.03.4121.76101 "Infraestructuras Ayuntamientos": 1.999.980 euros 05.03.4121.76201 "Infraestructuras Mancomunidades": 10 euros 05.03.4121.76301 "Infraestructuras otras entidades locales": 10 euros Quinto.- Otros datos de interés: 1.- Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la sede eléctrónica del Gobierno de La Rioja: (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25465) 2.- Plazo de presentación de Solicitudes y documentación.- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Por lo tanto, esta convocatoria contempla únicamente aquellas actuaciones de reparación de caminos agrícolas afectados por las tormentas de junio y julio de 2023 y que se presenten en el plazo establecido en esta convocatoria o con anterioridad, sin que se puedan auxiliar nuevos caminos u otro tipo de infraestructura municipal. La documentación a presentar será la establecida en el artículo 5.3 de la orden en función de la inversión solicitada. 3.- Procedimiento de concesión.- Tal y como se establece en el artículo 1 de la Orden 18/2015, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases de las ayudas para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva. 4.- Instrucción y concesión.- Para priorizar las solicitudes, se tendrán en cuenta los criterios establecidos en la resolución de la convocatoria conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Orden reguladora. De acuerdo con lo establecido en el art. 6.3.de la Orden 18/2015, de 8 de mayo. el porcentaje de subvención aplicable a…

Organismo convocante

LA RIOJA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE

Ámbito

La Rioja

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación25 de agosto de 2023
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Última actualización BD21 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total2,0 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 18/2015, de 8 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan las bases de las ayudas para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal

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