Convocatoria pública de subvenciones 2023 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad de edificios existentes de uso residencial vivienda, “Plan Rehabilita Madrid 2023”.
Denominacion oficial: convocatoria pública de subvenciones 2023 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad de edificios existentes de uso residencial vivienda, “Plan Rehabilita Madrid 2023”.
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48.829.515 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Madrid. Presupuesto total: 48.829.515 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto.- El fomento y promoción de la realización de actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda. Segundo. Beneficiarios y requisitos de los mismos.- Las comunidades de propietarios, mancomunidades de propietarios u otras agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, aun cuando no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. Los propietarios únicos de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar. Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. El/los propietario/s únicos de edificios de tipología de vivienda colectiva, que ostente/n más de un 60% de la cuota de participación de la comunidad, previo compromiso de aportar sus viviendas vacías en el edificio al programa “Reviva Madrid” del Plan Integral de Alquiler Municipal de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., en la proporción que figura en la convocatoria y con la cesión mínima de una vivienda. Tercero. Cuantía.- La cuantía total de la convocatoria asciende a 50.000.000,00 de euros, distribuidos en las anualidades 2023 (5.000.000 ,00 euros), 2024 (20.000.000,00 euros) y 2025 (25.000.000,00 euros). Las ayudas objeto de esta convocatoria consistirán en un porcentaje sobre el presupuesto protegible, en función del tipo de actuación subvencionable, todo ello de conformidad con lo regulado en el artículo 22 de la convocatoria y en el Anexo de la misma. Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, comprenderá el periodo temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finaliza a los cuatro meses de su publicación. Quinto. Órganos competentes.- Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán respectivamente la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración (actualmente la Directora General de Políticas de Vivienda y Rehabilitación) y el Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano (actualmente el Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda). Sexto.Publicación.- El Área de Gobierno de Desarrollo Urbano (actualmente el Área de Gobierno de Políticas de Vivienda) publicará una relación de las subvenciones concedidas en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en el sitio web municipal. Séptimo. Justificación y pago de las subvenciones.- La justificación se realizará mediante la modalidad "cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto", y el pago de la subvención adoptará la modalidad de pago anticipado en pago único.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 22 de septiembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 48.829.515 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector economico | 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-21T02:39:11.780701 |