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Ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento en el municipio de Pozuelo de Alarcón del año 2026

Denominación oficial: Ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento en el municipio de Pozuelo de Alarcón del año 2026.

Plazo de solicitud 15 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 15 días
Código BDNS 900841

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Madrid. Presupuesto: 465.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: debes presentar la solicitud antes del 15 de septiembre de 2026 y tu expediente será comparado con los de los demás; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Se trata de una subvención en efectivo sin devolución, dirigida a personas que no tengan actividad económica y que sean padres, adoptantes o acogedores de niños residentes en Pozuelo de Alarcón. El objetivo es apoyar económicamente el nacimiento, la adopción o el acogimiento del menor.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Aprobación en fecha 15 de abril de 2026, por la Junta de Gobierno Local, de la convocatoria de subvenciones, a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento en el municipio de Pozuelo de Alarcón del año 2026. Código asignado por la BDNS: 900841 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ): Primero. Beneficiarios.— 1.1.- Los beneficiarios serán conjuntamente los progenitores, adoptantes o acogedores del niño/a/s residentes en Pozuelo de Alarcón, que consten en el Libro de Familia o en la certificación literal del Registro Civil en el que figure registrado su nacimiento o adopción, o en las resoluciones administrativa o judicial por las que se reconozca la medida de acogimiento o adopción del menor, respectivamente. Si en la citada documentación acreditativa figurase un solo progenitor o adoptante, será éste el único beneficiario. En los casos en los que los hijos estén, exclusivamente, a cargo del solicitante, será éste el único beneficiario. En todo caso, se considerará la situación de convivencia en la fecha de solicitud de la ayuda. 1.2.- Los extranjeros que residan en Pozuelo de Alarcón podrán beneficiarse de esta ayuda siempre que los progenitores que están al cargo del menor tengan residencia legal en España y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria. 1.3.- En ningún caso podrán ser beneficiarios los solicitantes privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una Institución Pública o persona física. Ni aquellos que estén condenados por sentencia firme por la comisión de un delito en cualquiera de sus formas, cuando con la víctima existiera una relación afectiva. Segundo. Objeto.— La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas por nacimiento o adopción de hijo/a/s y acogimiento de menor/es, producidos en los siguientes periodos: 1º PERIODO: Tercer cuatrimestre de 2025 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025). 2º PERIODO: Primer cuatrimestre de 2026 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2026). 3º PERIODO: Segundo cuatrimestre de 2026 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2026). Tercero. Bases reguladoras.— Ordenanza General de Subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012. Cuarto. Cuantía.— El importe total máximo de las ayudas convocadas para el período indicado, asciende a 465.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 03.2312.48000 (“Ayudas a familias e instituciones sin ánimo de lucro”), del Presupuesto de Gastos del ejercicio 2026 del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Dicho crédito podrá ampliarse mediante una cuantía adicional de 50.000 €, de conformidad con lo establecido en el art. 58.2 a) del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito, y siempre que la modificación se apruebe con anterioridad a la resolución de concesión y se publique. El crédito disponible queda fraccionado para cada uno de los periodos previstos en la convocatoria de la siguiente forma: 1º PERIODO: (nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025 y supuestos de la base 8.3), con un importe máximo a otorgar de 200.000 €. 2º PERIODO: (nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de abril de 2026), con un importe máximo a otorgar de 132.500 €. 3º PERIODO: (nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2026), con un importe máximo a otorgar de 132.500 €. Si a la finalización de cada periodo, no se hubiera agotado el importe máximo a otorgar, se trasladará la cantidad no aplicada al siguiente periodo previsto en la convocatoria, que se ejecutará en los mismos términos y de conformidad con lo establecido en el art. 59 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Si el crédito presupuestario disponible no alcanzara a cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas que cumplan los requisitos, las solicitudes se ordenarán de la siguiente forma hasta el agotamiento del crédito: a) en primer lugar, las correspondientes al período de solicitud en curso, por orden de presentación (día y hora) en el Registro General; b) posteriormente, se procederá a ordenar las correspondientes a los supuestos de los apartados 8.2 y 8.3 por orden de presentación (día y hora) en el Registro General. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.— 8.1.- Una vez publicada la convocatoria en la Base Nacional de Subvenciones, y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el plazo de presentación de solicitudes para cada uno de los tres períodos comprendidos en la convocatoria, será el siguiente: 1º PERIODO: para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025, el plazo de presentación de solicitudes será del 18 de mayo al 29 mayo de 2026. 2º PERIODO: para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de abril de 2026, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 12 de junio de 2026. 3º PERIODO: para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2026, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 15 de septiembre de 2026. Sexto. Otros datos.— La percepción de estas ayudas será…

Organismo convocante

POZUELO DE ALARCÓN — AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

Ámbito

Madrid

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación22 de abril de 2026
Fecha inicio de solicitudes18 de mayo de 2026
Fecha fin de solicitudes15 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico88 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento
Última actualización BD31 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total465.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Subvenciones de concurrencia competitiva, de ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento en el municipio de Pozuelo de Alarcón del año 2026.

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