Convocatoria pública de subvenciones 2022 con destino actuaciones accesiblidad, conservacion, eficiencia energética y salubridad edificios eistentes de uso residencial vivienda "Plan Rehabilita Madrid 2022"
Denominación oficial: convocatoria pública de subvenciones 2022 con destino actuaciones accesiblidad, conservacion, eficiencia energética y salubridad edificios eistentes de uso residencial vivienda "Plan Rehabilita Madrid 2022"
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Madrid. Presupuesto: 6,8 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta convocatoria es competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo indicado y se evaluarán todas las propuestas, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Se trata de una subvención en dinero, sin devolución, destinada a financiar actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad en edificios residenciales ya existentes. Solo pueden acceder las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas que no desarrollen actividad económica. El fondo total disponible es de 6 760 047 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto del Decreto de 17 de junio de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2022 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad de edificios existentes de uso residencial vivienda, "Plan Rehabilita Madrid 2022". BNDS: Primero. Objeto.- El fomento y promoción de la realización de actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y salubridad en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda. Segundo. Beneficiarios y requisitos de los mismos.- Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. Los propietarios únicos de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar. Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. El/los propietario/s únicos de edificios de tipología de vivienda colectiva, que ostente/n más de un 60% de la cuota de participación de la comunidad, previo compromiso de aportar sus viviendas vacías en el edificio a alguna de las líneas del Plan Integral de Alquiler Municipal de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., en la proporción que figura en la convocatoria y con la cesión mínima de una vivienda. Tercero. Cuantía.- La cuantía total de la convocatoria asciende a 53.000.000,00 de euros, distribuidos en las anualidades 2022 (18.000.000 ,00 euros) y 2023 (35.000.000,00 euros). Las ayudas objeto de esta convocatoria consistirán en un porcentaje sobre el presupuesto protegible, en función del tipo de actuación subvencionable, todo ello de conformidad con lo regulado en el artículo 22 de la convocatoria y en el Anexo de la misma. Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.- Se establecen dos plazos para la presentación de las solicitudes de subvención en los términos siguientes: El primer plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, comprenderá el periodo temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finaliza a los dos meses de su publicación. El segundo plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, comenzará el 1 de octubre y finalizará el 30 de noviembre de 2022. Quinto. Órganos competentes.- Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán respectivamente la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración y el Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Sexto.Publicación.- El Área de Gobierno de Desarrollo Urbano publicará una relación de las subvenciones concedidas en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y en el sitio web municipal. Séptimo. Justificación y pago de las subvenciones.- La justificación se realizará mediante la modalidad "cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto", y el pago de la subvención adoptará la modalidad de pago anticipado en pago único.
Organismo convocante
MADRID — ÁREA DE GOBIERNO DE POLÍTICAS DE VIVIENDA
Ámbito
Madrid
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 27 de diciembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector económico | 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 6,8 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Modificación de la convocatoria ↗
- Modificación de la convocatoria ↗
- Anexo ↗
- Extracto de la convocatoria pública de subvenciones 2022 con destino actuaciones accesiblidad, conservacion, eficiencia energética y salubridad edificios eistentes de uso residencial vivienda "Plan Rehabilita Madrid 2022" ↗
Bases reguladoras
ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP