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Convocatoria 2024. Subvenciones en materia de consumo a Entidades Locales

Denominación oficial: Convocatoria 2024. Subvenciones en materia de consumo a Entidades Locales.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 742743

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: La Rioja. Presupuesto: 48.932 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto: Consolidar una red básica de protección al consumidor mediante la concesión de ayudas para los gastos corrientes en bienes y servicios y de capital, de los servicios locales de consumo dependientes de las Corporaciones Locales Segundo. Beneficiarios: Las entidades locales de La Rioja tales como municipios, mancomunidades de municipios cuyos estatutos contemplen entre sus fines la prestación de servicios de consumo y entidades locales menores de ámbito autonómico. Tercero. Bases reguladoras: Orden 7/2008, de 21 de julio, de la Consejería de Salud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a Entidades Locales. (BOR nº 99, de 26 de julio de 2008). Cuarto. Cuantía: Importe total de 48.932 euros, con el siguiente desglose presupuestario: 06.03.3132.461.00 la cantidad de 44.785 euros 06.03.3132.761.00 la cantidad de 4.147 euros Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Veinte días desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Sexto. Otros datos de interés: Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja. https://www.larioja.org/larioja-client/cm/oficina-electronica?web=000&area=CONSUMO Solicitudes: El modelo de solicitud podrá obtenerse en la sede electrónica del Gobierno de la Rioja en el apartado Oficina electrónica, en el área temática de Consumo https://www.larioja.org/larioja-client/cm/oficina-electronica?web=000&area=CONSUMO Las solicitudes igualmente deberán presentarse en la sede electrónica del Gobierno de la Rioja www.larioja.org en el apartado de oficina electrónica, en el área temática Consumo o de cualquier forma prevista en el art.16 .4 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Documentación: Junto con la solicitud los interesados deberán presentar la documentación explicitada en el apartado quinto de la convocatoria. Criterios de valoración: Los previstos en el artículo 11 de las bases reguladoras. Forma de pago: Según lo previsto en el artículo 19 de las Bases Reguladoras. Plazo de justificación: A medida que concluyan los programas subvencionados, la justificación de la subvención se deberá realizar en un plazo máximo de dos meses desde la conclusión. En todo caso, la justificación se hará en el periodo que pueda fiscalizarse dentro del ejercicio corriente; para el cumplimiento de esta obligación podrá indicarse el plazo límite en la resolución de concesión.

Organismo convocante

LA RIOJA — CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES

Ámbito

La Rioja

Categoría

Sanidad

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de febrero de 2024
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadSanidad
Sector económico86 - Actividades sanitarias
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total48.932 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de la Consejería de Salud por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a Entidades Locales.

Bases reguladoras ↗