La Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de la actividad y funcionamiento de asociaciones juveniles y otras entidades
Denominación oficial: Resolución de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de la actividad y funcionamiento de asociaciones juveniles y otras entidades.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Cantabria. Presupuesto: 313.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (identif.): 749130 Primero. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones juveniles, las entidades prestadoras de servicios a la juventud, los partidos políticos con sección juvenil, los sindicatos con sección juvenil, y otras asociaciones que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles, siempre y cuando estén debidamente inscritas a la fecha de publicación de este extracto de convocatoria en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de Cantabria regulado por Decreto 19/2002, de 28 de febrero, y dispongan de estructura y financiación que garantice el desarrollo de su actividad. 2. También podrán obtener la condición de beneficiario las agrupaciones de dos o más asociaciones o entidades de las descritas en el apartado anterior, en los términos del artículo 2.2 de las bases reguladoras. Segundo. Objeto. La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al fomento de la actividad y funcionamiento de asociaciones juveniles, entidades prestadoras de servicios a la juventud y partidos políticas con sección juvenil y sindicatos con sección juvenil de Cantabria, siempre y cuando reúnan los requisitos fijados en el artículo 2 de las bases reguladoras Tercero. Bases reguladoras. La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden ECD/42/2018, de 16 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de la actividad y funcionamiento de asociaciones juveniles, entidades prestadoras de servicios a la juventud, y partidos políticos con sección juvenil y sindicatos con sección juvenil de Cantabria (BOC nº 81, de 25 de abril de 2018), modificada parcialmente por la Orden UIC/3/2020, de 3 de febrero (BOC nº 30, de 13 de febrero de 2020) Cuarto. Cuantía. La cantidad máxima global de esta convocatoria se fija en trescientos trece mil euros (313.000 €), con el siguiente desglose: Programa I: 280.000 € Programa III: 33.000 € Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. Sexto. Otros datos. La solicitud, que deberá estar firmada por el representante legal, , se formulará en modelo oficial , el cual podrá conseguirse junto con el resto de los anexos en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/ayudas-y-subvenciones y en la página web de la Dirección General de Juventud (www.jovenmania.com), debiendo ser dirigidas a la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y presentadas a través del registro electrónico general de Cantabria accesible en la siguiente dirección electrónica: https://rec.cantabria.es/ y se acompañarán de la documentación señalada en la Resolución por la que se aprueba la convocatoria.
Organismo convocante
CANTABRIA — CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD
Ámbito
Cantabria
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 14 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 94 - Actividades asociativas |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 313.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- 2024_ANEXO_I_modelo_normalizado_asociaciones_2_programas ↗
- 2024_ANEXO_II_modelo_normalizado_asociaciones_2_programas ↗
- 2024_ANEXO_V_modelo_normalizado_asociaciones ↗
- 2024_ANEXO_VII_modelo_normalizado_asociaciones ↗
- 2024_ANEXO_VIII_modelo_normalizado_asociaciones ↗
- Modificación de Bases Reguladoras ↗
- 2024_ANEXO_IV_modelo_normalizado_asociaciones ↗
- Extracto de la Resolución de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento de la actividad y funcionamiento de asociaciones juveniles, entidades prestadoras de servicios a la juventud y partidos políticos con sección juvenil y sindicatos con sección juvenil de Cantabria. ↗
Bases reguladoras
Orden ECD/42/2018, de 16 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas al fomento de la actividad y funcionamiento de asociaciones juveniles.....