SUBVENCIONES AYUDAS FAMILIARES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LOS CASALES DE VERANO Y EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y DEPORTIVAS
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AYUDAS FAMILIARES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LOS CASALES DE VERANO Y EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y DEPORTIVAS
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 42.500 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Objeto y finalidad El objeto es la concesión de ayudas a niños y jóvenes del municipio para la participación en los centros de verano que se realicen en instalaciones municipales y para las actividades extraescolares y deportivas organizadas por entidades locales y/o de titularidad pública , en régimen de concurrencia competitiva. Línea 1.- Ayudas familiares para la participación en los centros de verano realizados en instalaciones municipales cubrirán exclusivamente el coste de la cuota de inscripción a la actividad. Quedan exentos, en caso de que hubiera, los gastos referentes a: comedor o salidas, material y/o cualquier otra no incluida en la cuota. Las familias que no superen los umbrales económicos establecidos podrán gozar de un importe de descuento en el precio del casal, por un máximo de 5 semanas, de acuerdo con el nivel de ingresos anual de la unidad familiar. Podrán ser beneficiarios de esta línea los niños y jóvenes que el curso escolar 23-24 hayan sido escolarizados en las etapas desde I3 hasta 4T ESO. Línea 3.- Ayudas familiares para la participación en actividades extraescolares y deportivas organizadas por entidades locales y/o de titularidad pública cubrirán exclusivamente el importe de la actividad. Quedan exentos, en caso de que hubiera, los gastos referentes a: matrícula, material o cualquier otra no incluida en la cuota. Las familias que no superen los umbrales económicos establecidos podrán gozar de un importe bonificado a las actividades extraescolares y deportivas, de acuerdo con el nivel de ingresos anual de la unidad familiar. Podrán ser beneficiarios de esta línea los niños y jóvenes que el curso escolar 24-25 estén escolarizados en las etapas desde I4 hasta 2N ESO. 2. Dotación económica y determinación de la aplicación presupuestaria Línea 1.- Ayudas familiares para la participación en los casales de verano realizados en instalaciones municipales con cargo a la aplicación presupuestaria 03.2310.4650020 por importe de veintiún mil euros (21.000,00 €). Línea 3.- Ayudas familiares para la participación en actividades extraescolares y deportivas, con cargo a la aplicación presupuestaria 03 2310 4800006 por importe de veintiuno mil quinientos euros (21.500,0€). 3. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes, que será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y se anunciará por los medios adecuados (página web, redes sociales, sede electrónica, etc.) que garanticen su conocimiento efectivo por parte de las personas físicas potencialmente beneficiarias. Las bases, el formulario de solicitud, y los modelos de documentos normalizados exigidos para la solicitud de esta convocatoria se podrán encontrar en la página de la convocatoria disponible en https://labisbal.cat/ajuntament/subvencions- municipales/. 4. Requisitos personas beneficiarias Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los padres/madres/tutores de los niños y jóvenes que reúnan los siguientes requisitos: Estar empadronadas en la Bisbal d'Empordà, con una antigüedad mínima de 3 meses en la fecha de la convocatoria. No tener ninguna deuda pendiente relativa a las actividades sujetas a la convocatoria. Tener un nivel de ingresos anuales, igual o inferior a los umbrales económicos establecidos en las bases reguladoras. 5. Importe de las subvenciones LÍNEA 1: AYUDAS FAMILIARES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LOS CASALES DE VERANO REALIZADOS EN INSTALACIONES MUNICIPALES. Importe fijo de 30 euros o 15 euros por semana, de acuerdo con el umbral económico de la unidad familiar acreditado. El máximo a bonificar serán 5 semanas. LÍNEA 3: AYUDAS FAMILIARES PARA LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y DEPORTIVAS. Importe fijo de 20 euros o 10 euros mensuales de acuerdo con el umbral económico de la unidad familiar acreditado. El máximo a bonificar serán 9 mensualidades. 6. Instrucción y resolución procedimiento otorgamiento Las solicitudes se valorarán según el cumplimiento del apartado 3 de las Bases Reguladoras; se trata de unos criterios excluyentes que admitirá o excluirá la solicitud. De acuerdo con el régimen de concurrencia competitiva, en caso de que la disposición presupuestaria fijada en la convocatoria, no pueda dar cumplimiento a la totalidad de las solicitudes presentadas, se atenderá: En primer lugar, aquellas solicitudes en las que el Equipo Básico de Atención Social haya acreditado que el riesgo social es grave. En segundo lugar, las solicitudes en las que el Área Básica de Salud de La Bisbal d'Empordà haya acreditado prioridad. En tercer lugar, las restantes solicitudes de acuerdo con el umbral económico acreditado de menor a mayor. En caso de que el beneficiario renuncie, no inicie la actividad o no esté inscrito después de la resolución de la convocatoria, se podrá realizar una segunda resolución con la disposición presupuestaria sobrante, sin superar la resolución inicial de la convocatoria. En la segunda resolución, se atenderán las solicitudes denegadas por falta de crédito, siguiendo el orden establecido en la primera resolución. Se atenderá a las solicitudes que tengan la inscripción formalizada y ya hayan iniciado la actividad. Se establecen dos intentos telefónicos de localización (en horarios y días distintos) para acreditarlo. En el supuesto de no localización o no inscripción en la actividad se pasará a la siguiente solicitud. 7. Plazo de resolución y notificación El procedimiento de concesión de las subvenciones debe resolverse en el plazo máximo de 3 meses y la falta de resolución dentro de este plazo tendrá carácter de desestimación. La notificación se realizará de conformidad con las determinaciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Organismo convocante
BISBAL D'EMPORDÀ, LA — AYUNTAMIENTO DE BISBAL D'EMPORDÀ, LA
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 4 de abril de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 3 de mayo de 2024 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 42.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
SUBVENCIONES AYUDAS FAMILIARES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LOS CASALES DE VERANO Y EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y DEPORTIVAS