22/04/2024. Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiación del tte. público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia
Denominación oficial: Orden 22/04/2024. Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiación del tte. público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 20.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Número guía de procedimientos y servicios Comunidad Autónoma Región de Murcia: 1309 BDNS (Identif.): 756244 Primero. Beneficiarios: Podrán solicitar subvenciones en esta convocatoria las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos, que se acreditarán con los documentos a que se refiere el artículo 5 de esta Orden: 1.- Estar inscrita la Asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia. 2.- Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 3.- Tener reflejado en sus Estatutos como fines primordiales la inserción/integración laboral, formación y autonomía personal como objetivos. 4.-Tener inscritos en la Asociación usuarios que reúnan los siguientes requisitos: a) Mayores de 16 años con discapacidad intelectual y/o parálisis cerebral igual o superior al 33%. b) Estar en prácticas laborales o curso de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal. 5.-Contar con preparadores laborales con contrato laboral o profesionales vinculados a programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal. Segundo. Objeto: Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual igual o superior al 33% y profesionales, ambos pertenecientes a Asociaciones de Personas con discapacidad dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para trayectos relacionados con programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal realizados desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024. Tercero: Bases reguladoras: Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de 11 de noviembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia (BORM núm.269, de 19 de noviembre de 2016.) Cuarto. Cuantía: 1.- El importe del gasto autorizado para la concesión de subvenciones de la presente convocatoria asciende a 20.000 euros, cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.481.99.proyecto 43933 correspondiente a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024 aprobados por Ley 4/2023, de 28 de diciembre. 2.- Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el gasto autorizado. 3.- La subvención será por un importe máximo de 10.000 € por Asociación. 4.- El órgano competente procederá al prorrateo del importe global máximo de la subvención (20.000 €) hasta agotar el crédito presupuestario, entre aquellos solicitantes que cumplan los requisitos del artículo 4. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria de la subvención en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes: La valoración de las solicitudes presentadas se hará de forma objetiva según la escala de puntuación definida en este artículo, de acuerdo a los siguientes criterios: 1.- Número de usuarios mayores de 16 años con discapacidad intelectual igual o superior al 33% que realicen trayectos relacionados con programas de inserción /integración laboral, formación y autonomía personal (un punto por cada usuario con un máximo de 15 puntos). 2.-Número de profesionales que tiene contratados la Asociación como preparadores laborales o profesionales vinculados a programas de inserción/ integración laboral formación y autonomía personal (un punto por cada profesional o preparador, con un máximo de 5 puntos). Séptimo. Plazo y forma de justificación y forma de pago: 1.- El pago de la subvención se realizará con carácter anticipado. 2.- Los beneficiarios deberán presentar antes del 1 de marzo de 2025, ante la Dirección General de Movilidad y Litoral la siguiente documentación: Certificados emitidos por las empresas de transporte público correspondientes, en el que consten los billetes emitidos, el importe abonado y el trayecto realizado durante el periodo subvencionable que abarca desde 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Organismo convocante
REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL
Ámbito
REGION DE MURCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de abril de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 29 de abril de 2024 |
| Fecha fin de solicitudes | 27 de mayo de 2024 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Subvenciones al transporte |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 20.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- ANEXO I-SOLICITUD ↗
- ANEXO II ↗
- ANEXO VI ↗
- ANEXO IV ↗
- ANEXO V ↗
- ANEXO III ↗
- Extracto de la Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de 22/04/2024, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia, para el ejercicio 2024. ↗
Bases reguladoras
Orden de 11/11/2016 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para financiación del tte. público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales.