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22/04/2024. Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiación del tte. público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia

Denominación oficial: Orden 22/04/2024. Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiación del tte. público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia.

Plazo de solicitud 27 de mayo de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 756244

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 20.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Número guía de procedimientos y servicios Comunidad Autónoma Región de Murcia: 1309 BDNS (Identif.): 756244 Primero. Beneficiarios: Podrán solicitar subvenciones en esta convocatoria las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos, que se acreditarán con los documentos a que se refiere el artículo 5 de esta Orden: 1.- Estar inscrita la Asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia. 2.- Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 3.- Tener reflejado en sus Estatutos como fines primordiales la inserción/integración laboral, formación y autonomía personal como objetivos. 4.-Tener inscritos en la Asociación usuarios que reúnan los siguientes requisitos: a) Mayores de 16 años con discapacidad intelectual y/o parálisis cerebral igual o superior al 33%. b) Estar en prácticas laborales o curso de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal. 5.-Contar con preparadores laborales con contrato laboral o profesionales vinculados a programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal. Segundo. Objeto: Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual igual o superior al 33% y profesionales, ambos pertenecientes a Asociaciones de Personas con discapacidad dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para trayectos relacionados con programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal realizados desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024. Tercero: Bases reguladoras: Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de 11 de noviembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia (BORM núm.269, de 19 de noviembre de 2016.) Cuarto. Cuantía: 1.- El importe del gasto autorizado para la concesión de subvenciones de la presente convocatoria asciende a 20.000 euros, cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.481.99.proyecto 43933 correspondiente a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024 aprobados por Ley 4/2023, de 28 de diciembre. 2.- Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el gasto autorizado. 3.- La subvención será por un importe máximo de 10.000 € por Asociación. 4.- El órgano competente procederá al prorrateo del importe global máximo de la subvención (20.000 €) hasta agotar el crédito presupuestario, entre aquellos solicitantes que cumplan los requisitos del artículo 4. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria de la subvención en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes: La valoración de las solicitudes presentadas se hará de forma objetiva según la escala de puntuación definida en este artículo, de acuerdo a los siguientes criterios: 1.- Número de usuarios mayores de 16 años con discapacidad intelectual igual o superior al 33% que realicen trayectos relacionados con programas de inserción /integración laboral, formación y autonomía personal (un punto por cada usuario con un máximo de 15 puntos). 2.-Número de profesionales que tiene contratados la Asociación como preparadores laborales o profesionales vinculados a programas de inserción/ integración laboral formación y autonomía personal (un punto por cada profesional o preparador, con un máximo de 5 puntos). Séptimo. Plazo y forma de justificación y forma de pago: 1.- El pago de la subvención se realizará con carácter anticipado. 2.- Los beneficiarios deberán presentar antes del 1 de marzo de 2025, ante la Dirección General de Movilidad y Litoral la siguiente documentación: Certificados emitidos por las empresas de transporte público correspondientes, en el que consten los billetes emitidos, el importe abonado y el trayecto realizado durante el periodo subvencionable que abarca desde 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.

Organismo convocante

REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL

Ámbito

REGION DE MURCIA

Categoría

Transporte

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación22 de abril de 2024
Fecha inicio de solicitudes29 de abril de 2024
Fecha fin de solicitudes27 de mayo de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadSubvenciones al transporte
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total20.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 11/11/2016 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para financiación del tte. público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales.

Bases reguladoras ↗