29 de noviembre de 2024 del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha por la que se da publicidad al crédito pre
Denominación oficial: Resolución de 29 de noviembre de 2024 del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha por la que se da publicidad al crédito pre
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 143.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Se trata de una ayuda económica sin necesidad de competir. La pueden solicitar todas las personas que cumplan los requisitos mientras haya fondos disponibles. Está dirigida a mujeres que hayan sido víctimas de violencia doméstica en Castilla‑La Mancha y que tengan lesiones, secuelas o daños psíquicos graves que afecten su salud física o mental de forma temporal o permanente. La subvención se otorga en forma de entrega dineraria, sin pedir nada a cambio, y el total disponible para 2025 es de 143 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarias Podrán ser beneficiarias de estas ayudas de solidaridad, las mujeres víctimas de violencia doméstica, que tengan su domicilio fiscal en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y que sufran lesiones, secuelas o daños psíquicos graves como consecuencia de aquélla. A estos efectos, las lesiones, secuelas o daños psíquicos graves, que darán derecho a las ayudas de solidaridad, deberán suponer un menoscabo en la integridad corporal o la salud física o mental que incapacite con carácter temporal o permanente a las mujeres que los sufran o determinen una lesión permanente no invalidante. Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto publicar el crédito presupuestario disponible en el año 2025 para financiar las ayudas de so lidaridad. Tercero. Bases reguladoras Orden de 22-12-2008, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de solidaridad a las mujeres víctimas de violencia doméstica. Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones El crédito presupuestario disponible durante el año 2025 para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las citadas ayudas se financiará con cargo a los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al programa presupuestario 323B Promoción de la Igualdad de Género. La cuantía total máxima destinada es de 71.500,00 euros, que se imputara a la partida presupuestaria 70.01.323B.48126. La concesión de las ayudas previstas en esta resolución queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto correspondiente. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante todo el ejercicio presupuestario 2025, si bien la concesión de las ayudas estará sujeta, en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida correspondiente. Las solicitudes de las ayudas se dirigirán a la persona titular del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha y podrán presentarse por cualquiera de los siguientes medios: a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de diciembre de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 143.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden 22-12-2008, Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las bases reguladoras ayudas solidaridad