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12 de diciembre de 2024, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para

Denominación oficial: Resolución de 12 de diciembre de 2024, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones para

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 802614

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 25.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos puede solicitarla y la recibiría siempre que haya fondos disponibles. Está dirigida a mujeres víctimas de violencia de género que hayan estado en una casa de acogida de Castilla‑La Mancha, hayan finalizado su proyecto individualizado, no convivan con el agresor, estén empadronadas en la región y cuenten con un informe social favorable. La subvención es una entrega dineraria sin contraprestación, aportada por el Instituto de la Mujer de Castilla‑La Mancha.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarias Tendrán la consideración de beneficiarias, a los efectos de la presente resolución, las mujeres víctimas de violencia de género que cumplan los siguientes requisitos: a) Ser víctima de violencia de género y usuaria de una casa de acogida de Castilla-La Mancha, y haber cumplido y finalizado su proyecto individualizado de intervención. b) No convivir con el agresor. c) Estar empadronada en Castilla-La Mancha. d) Tener un informe social favorable elaborado por el recurso de acogida, que incluirá la oportuna propuesta y motivación sobre la n ecesidad del acceso al piso tutelado en función de su situación socio-laboral. e) No estar incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. f) No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. ni ser receptora de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha durante el plazo de dos años desde el cese. g) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social. Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar subvención en especie, mediante el procedimiento simplificado de concurrencia, para el acceso a pisos tutelados destinados a víctimas de violencia de género, con la finalidad de que la mujer víctima de la violencia género, y las/os menores a su cargo, puedan rehacer su vida de forma independiente y alejados del círculo de la violencia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha. Tercero. Bases reguladoras Orden de 13 de junio de 2014, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se establecen las bases regula doras para el acceso a pisos tutelados destinados a mujeres víctimas de violencia de género, mediante la modalidad de subvención en especie (DOCM de 9 de julio de 2014) Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 25.000,00 euros, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidad: 10.500,00 euros para el ejercicio presupuestario 2025 y 14.500,00 euros para el ejercicio presupuestario 2026, que se imputará a la partida presupuestaria 70.01.323B.48090 (línea 1118, elemento PEP OOAA/0000001876) de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. La concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2025 y 2026. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025 o el agotamiento del crédito si es anterior. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas, lo que será notificado a las personas solicitantes. Las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de las formas siguientes: a) En los registros de los órganos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. b) Mediante el envío telemático con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de diciembre de 2024
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2025
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total25.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 13 de junio de 2014, de Consejería de Presidencia y AAPP, bases reguladoras para el acceso a pisos tutelados