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CONVOCAT. ARTESANÍA 2025 eje 2 Asociaciones de Artesanos

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 822509

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: La Rioja. Presupuesto: 35.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.- Objeto. Convocar en el ejercicio 2025 las subvenciones reguladas por la Orden DEA/2/2021, de 11 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la artesanía, que incluyen la totalidad de los ejes de actuación y actividades subvencionables recogidas en la referida Orden, según el siguiente detalle: Eje 1.- Implantación, desarrollo y consolidación del sector artesano. Beneficiarios: empresas artesanas Asistencia a ferias, mercados y eventos artesanos Promoción y comercialización de productos artesanos Participación en actividades de formación Implantación, ampliación o reforma, traslado y modernización de talleres artesanos Eje 2.- Dinamización del sector artesano A) Beneficiarios: Entidades Locales Organización de ferias, mercados y eventos artesanos Organización de programas de actividades de formación dirigidos a empresas artesanas B) Beneficiarios: Asociaciones de Artesanos Organización de ferias, mercados y eventos artesanos. Organización de programas de actividades de formación dirigidos a empresas artesanas. Acciones de promoción del sector artesano. Acciones necesarias para el diseño, consultoría, ejecución y evaluación de las acciones desarrolladas por la Asociación para la dinamización del sector. Segundo.- Bases reguladoras. Orden DEA/2/2021, de 11 de enero (Boletín Oficial de la Rioja número 10, de 15 de enero), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la artesanía, texto consolidado. Tercero.- Cuantía. Cuantía total 135.000 euros conforme a la siguiente distribución: Eje 1 – Empresas artesanas.- 72.000 euros. Eje 2 – Entidades locales.- 28.000 euros. Eje 2 – Asociaciones artesanas.- 35.000 euros. Cuarto.- Procedimiento de concesión. El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva hasta agotar la totalidad del gasto aprobado en la resolución de convocatoria. Quinto.- Los importes de los gastos subvencionables. Los importes mínimos y máximos de los gastos subvencionables en cada uno de los dos ejes de actuación vienen establecidos en el apartado sexto de la convocatoria de subvenciones para este ejercicio. Sexto.- Intensidad de la ayuda. La cuantía de la subvención y/o la intensidad de ayuda aplicable para cada una de las actuaciones subvencionables será: Para Empresas artesanas: - Asistencia a ferias, mercados y eventos artesanos, el 70% del gasto subvencionable. - Promoción y comercialización de productos artesanos, el 50% del gasto subvencionable. - Participación en actividades de formación, el 50% del gasto subvencionable. - Implantación, ampliación o reforma, traslado y modernización de talleres artesanos, el 50% del gasto subvencionable. En todo caso, la cifra máxima de subvención por todos los conceptos subvencionables, no excederá de 7.500€ por beneficiario. Para Entidades Locales: - Organización de ferias, mercados y eventos artesanos en sus municipios, el 70% del gasto subvencionable. - Organización de programas de actividades de formación dirigidos a empresas artesanas, el 70% del gasto subvencionable. En todo caso, la cifra máxima de subvención por todos los conceptos subvencionables, no excederá de 21.000€ por beneficiario. Para Asociaciones de artesanos: - Organización de ferias, mercados y eventos artesanos; el 70% del gasto subvencionable. - Organización de programas de actividades de formación dirigidos a empresas artesanas, el 70% del gasto subvencionable. - Acciones de promoción del sector artesano, el 70% del gasto subvencionable. - Acciones necesarias para el diseño, consultoría, ejecución y evaluación de las acciones desarrolladas para la dinamización del sector, el 70% del gasto subvencionable. En todo caso, la cifra máxima de subvención por todos los conceptos subvencionables, no excederá de 21.000€ por beneficiario. Séptimo.- Periodo subvencionable El periodo subvencionable comprenderá las acciones de implantación, desarrollo y consolidación del sector artesano realizadas por empresas artesanas, y las acciones de dinamización del sector artesano realizadas por Entidades Locales y asociaciones de artesanos, en las actuaciones y gastos considerados subvencionables en la presente convocatoria, desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025. Octavo.- Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Noveno.- Plazo de justificación Se establece como fecha límite de justificación del gasto el 15 de octubre de 2025. Décimo.- Otros datos de interés 1. Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=17267), de la página web del Gobierno de La Rioja. 2. Solicitudes.- Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de medios electrónicos, en el modelo que se encuentra disponible en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de la Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=17267), dentro del apartado oficina electrónica, área temática artesanía.

Organismo convocante

LA RIOJA — CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Ámbito

La Rioja

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación24 de marzo de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económicoOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total35.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden DEA/2/2021, de 11 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la artesanía modificada por Orden DEA/42/2022, de 14 de julio

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