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Acuerdo de Pleno nº 111/25 de 30/05/25 por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones para Ayuntamientos y Entidades Locales, para fomentar el asentamiento y arraigo de la población, año 2025

Denominación oficial: Acuerdo de Pleno nº 111/25 de 30/05/25 por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones para Ayuntamientos y Entidades Locales, para fomentar el asentamiento y arraigo de la población, año 2025.

Plazo de solicitud 31 de julio de 2025
Estado Finalizada
Código BDNS 839677

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valladolid. Presupuesto: 550.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios. ? LÍNEA 1. Ayuntamientos con población inferior a 3.000 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Valladolid. ? LÍNEA 2. Ayuntamientos con población inferior a 500 habitantes y entidades locales menores de la provincia de Valladolid. Segundo. Finalidad. Esta convocatoria se integra por 2 líneas de subvención: ? LÍNEA 1. PROYECTOS DINAMIZADORES. Esta línea está dirigida a apoyar a las entidades locales en propuestas encaminadas a favorecer y potenciar la dinamización económica de su entorno, mediante el desarrollo de proyectos generadores de empleo y riqueza, tanto sociales como económicos, que contribuyan a la creación de empleo y el asentamiento y arraigo de población en el medio rural. ? LÍNEA 2. CENTROS SOCIALES Y RESTAURACIÓN. Esta línea está dirigida a apoyar a las entidades locales para la realización de inversiones para la puesta en marcha y/o mejora de centros sociales y establecimientos de restauración, todo ello con el fin último de fomentar la creación de empleo y el asentamiento y arraigo de población en el medio rural. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolid de 6 de marzo de 2006). Cuarto. Cuantía. ? Cuantía total: 550.000 euros. ? Cuantía máxima por beneficiario: 10.000 euros (aunque si sobran fondos se podrá llegar a 18.000 euros) Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Hasta el 31 de julio de 2025, incluido. Sexto. Otros datos de interés. ? Gastos subvencionables: o LÍNEA 1. Serán subvencionables las inversiones destinadas a la ejecución o desarrollo de proyectos que potencien el asentamiento y arraigo de la población, entre otros: o Proyectos estratégicos para la atracción de inversiones que incidan en la promoción social y/o económica del municipio o Proyectos de carácter tecnológico (coworking, etc) o Proyectos que fomente el desarrollo turístico y/o cultural sostenible. o Proyectos que fomenten la artesanía y oficios tradicionales o Proyectos También serán subvencionables los gastos corrientes vinculados a este fin (estudios, redacción de proyectos, etc). Ahora bien, no será subvencionable el gasto corriente si no está directamente vinculado a una inversión efectiva, objeto de esta subvención. o LÍNEA 1. Serán subvencionables las inversiones en locales o edificios de titularidad municipal para la puesta en marcha y/o mejora de centros sociales y establecimientos de restauración. También serán subvencionables los gastos corrientes vinculados a este fin (estudios, redacción de proyectos, etc). Ahora bien, no será subvencionable el gasto corriente si no está directamente vinculado a una inversión efectiva, objeto de esta subvención. - Periodo subvencionable: desde el 1 de enero de 2025 al 30 de junio de 2026. - Compatibilidad: sí. - Solicitudes: por los cauces habituales. - Documentación: el proyecto, memoria o previsión de gasto, indicando coste, temporalización, novedad o innovación, medios, objetivos, viabilidad e impacto. - Criterios de valoración: población del municipio y distancia a la capital. - Resolución: única. - Forma de pago: los beneficiarios recibirán el 100% de la subvención con el carácter de ?a justificar?. - Forma de justificación: mediante la presentación de la documentación prevista en la base vigésima de la convocatoria. - Plazo máximo de justificación: la documentación justificativa deberá presentarse en un plazo no superior a 2 meses desde que finalice el periodo subvencionable.

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Ámbito

Valladolid

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de junio de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes31 de julio de 2025

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económico84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total550.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASE REGULADORA GENERAL - ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES

Bases reguladoras ↗