Convocatoria pública de subvenciones 2025 con destino a actuaciones de renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el “Poblado Dirigido de Caño Roto”
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500.000 euros
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Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: Madrid. Presupuesto total: 500.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
2 Decreto de 8 de julio de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2025 con destino a actuaciones de renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el “Poblado Dirigido de Caño Roto” De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero. Objeto.- La finalidad de las subvenciones objeto de la presente convocatoria es el fomento de las actuaciones de renovación en el ámbito denominado “Poblado Dirigido de Caño Roto”, por la especial vulnerabilidad socio-económica detectada en el ámbito y el deficiente estado constructivo de sus edificaciones. Segundo. Bases reguladoras.- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y el Decreto de 8 de julio de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, por el que se aprueba convocatoria pública de subvenciones 2025 con destino a actuaciones de renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el “Poblado Dirigido de Caño Roto”. Tercero. Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios las personas físicas propietarias de edificios residenciales de uso vivienda, en categoría unifamiliar y promotoras de las actuaciones. En caso de existir varios propietarios, se deberá designar entre ellos al promotor y responsable de la obra. Cuarto. Cuantía.- La cuantía total de la convocatoria asciende a 500.000 ,00 de euros, distribuidos: ANUALIDADIMPORTE 2025150.000,00 € 2026350.000,00 € TOTAL500.000,00 € Las ayudas objeto de esta convocatoria consistirán en un porcentaje sobre el presupuesto protegible, en función del tipo de actuación subvencionable, todo ello de conformidad con lo regulado en el apartado 21 de la convocatoria y en el Anexo de la misma. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo para presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, comprenderá el periodo temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finaliza a los tres meses de su publicación. En el caso de que no coincidiera el día en que se efectuaran las publicaciones indicadas en el punto 1 de este apartado, el plazo se contará desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Sexto. Órganos competentes.- Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán respectivamente la persona titular de la Dirección General de Políticas de Vivienda y Rehabilitación y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda. Séptimo. Notificación y publicación.- La resolución se notificará a cada beneficiario de forma individual, sin perjuicio de los actos de publicación que, en su caso, deban realizarse en la BDNS, y en el BOAM. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, y en la página web www.madrid.es. Octavo. Justificación y pago de las subvenciones.- La justificación se realizará mediante la modalidad "cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto" y demás documentación incluida en el apartado 30 de la convocatoria, y el pago de la subvención adoptará la modalidad de pago anticipado en pago único. Madrid, a 8 de julio de 2025.- El Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, Álvaro González López.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 10 de julio de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Informacion economica
| Presupuesto total | 500.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Sector economico | 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-19T14:17:19.873131 |