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SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2025

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2025

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 861930

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 2.500 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

En fecha 28 de agosto de 2025, el Pleno del Ayuntamiento de Sant Llorenç de la Muga aprobó inicialmente las bases reguladoras específicas para la concesión de subvenciones a entidades y asociaciones del municipio, en régimen de concurrencia competitiva. Estas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 172, de 9 de septiembre de 2025, así como en el tablón de anuncios electrónico municipal. Transcurrido el plazo de información pública de 20 días hábiles sin que se hayan presentado alegaciones, las bases han quedado aprobadas definitivamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. De conformidad con el artículo 23 de la misma Ley, y en virtud de la delegación conferida por el Pleno, se convoca la concesión de ayudas para el ejercicio 2025, con el contenido siguiente: Artículo 1. Objeto, condiciones y finalidad El objeto de esta convocatoria es otorgar subvenciones a las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Sant Llorenç de la Muga que desarrollen actividades de interés público en los ámbitos de la cultura, el deporte, la educación y la naturaleza, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas por el Pleno municipal en sesión de fecha 28 de agosto de 2025 (exp. X2025000280), publicadas en el BOP de Girona núm. 172, de 9 de septiembre de 2025. Las subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y eficiencia en la utilización de los fondos públicos. Artículo 2. Créditos presupuestarios y cuantía El importe máximo destinado a esta convocatoria es de 2.500,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 650.920.480.03 del Presupuesto municipal de 2025. El importe máximo de subvención por entidad será de 500,00 €. Artículo 3. Requisitos de los beneficiarios Podrán ser beneficiarias las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos establecidos en las bases reguladoras: estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, tener domicilio social en el municipio, hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias, y haber desarrollado actividades de interés público dentro del período subvencionable. Artículo 4. Documentación y forma de presentación Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía electrónica a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Llorenç de la Muga, utilizando el modelo oficial que se adjunta a esta convocatoria. Deberá adjuntarse la siguiente documentación: • NIF de la entidad y del representante legal • Ficha de alta de acreedor • Memoria de actividades (Anexo A) • Memoria económica y justificación de gastos (Anexo B) • Facturas y justificantes de pago El período subvencionable comprende del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025. Artículo 5. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para presentar solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. Artículo 6. Órganos competentes El órgano instructor del procedimiento es la Secretaría municipal y el órgano competente para la resolución es la Alcaldía de Sant Llorenç de la Muga. Artículo 7. Plazo de resolución y notificación El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 30 días hábiles desde la finalización del plazo de presentación. El silencio administrativo tendrá efectos desestimatorios. Las resoluciones se notificarán de forma electrónica y se publicarán en la Sede electrónica municipal. Artículo 8. Criterios de valoración La concesión de las ayudas se realizará por orden de presentación de las solicitudes correctamente formuladas, hasta agotar el crédito disponible, de acuerdo con lo establecido en las bases. Artículo 9. Reformulación y recursos Si el importe propuesto es inferior al solicitado, podrá reformularse la solicitud conforme al artículo 27 de la Ley 38/2003. La resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Girona en el plazo de dos meses. Artículo 10. Publicidad y transparencia Esta convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. La relación de beneficiarios y los importes concedidos se publicarán en el Portal de Transparencia municipal, conforme a la Ley 19/2014, de transparencia.

Organismo convocante

SANT LLORENÇ DE LA MUGA — AYUNTAMIENTO DE SANT LLORENÇ DE LA MUGA

Ámbito

Girona

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación13 de octubre de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total2.500 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2025

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