27 de octubre de 2025 convocatoria de incentivos Linea 2 Energía del Programa 2 Sector Empresarial y Cadena Agroalimentaria Actuación 3. Eficiencia energética en procesos e instalaciones REG (UE) 651/2014
Denominación oficial: Resolución de 27 de octubre de 2025 convocatoria de incentivos Linea 2 Energía del Programa 2 Sector Empresarial y Cadena Agroalimentaria Actuación 3. Eficiencia energética en procesos e instalaciones REG (UE) 651/2014
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 31,1 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2027. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir, es decir, si cumples los requisitos y la solicitas, la recibirás siempre que haya fondos disponibles. Es una subvención en efectivo para mejorar la eficiencia energética de procesos e instalaciones. Puede solicitarla cualquier gran empresa, PYME o persona física que ejerza una actividad económica en Andalucía. El plazo para presentar la solicitud termina el 30 de septiembre de 2027. El total disponible es de 31,1 millones de euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (identif.):………………………………… De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviem-bre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA: Primero. Convocatoria. 1. Se convocan los incentivos para el «Programa 2. Sector empresarial y cadena agroalimentaria», al amparo de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía, de acuerdo con el ámbito material, territorial y funcional detallado en los resuelve segun-do, tercero y cuarto. 2. La presente convocatoria se articula mediante subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia no competitiva. Segundo. Créditos máximos Los incentivos serán financiados con cargo a los siguientes créditos presupuestarios del ejercicio 2025 a 2027, por las cuantías máximas que se especifican a continuación: Créditos presupuestarios Total 2151170000/73A/77200/A421AD38RP/2024000020 4.500.000 euros 2151170000/73A/77200/A421AD39RP/2024000021 1.500.000 euros 2151170000/73A/77200/A421BB47RP/2024000024 350.000 euros 2151170000/73A/77200/A421BB48RP/2024000025 18.350.000 euros 2151170000/73A/77200/A421BB50RP/2024000027 11.450.000 euros 2151170000/73A/77200/A421BB52RP/2024000028 8.500.000 euros TOTAL 44.650.000 euros Aquellos créditos presupuestarios asociados a los ámbitos de intervención 47, 48, 50 y 52 del Progra-ma Andalucía FEDER 2021-2027 cuyos códigos se identifican en las partidas presupuestarias antes relacionadas, se destinarán en un 65% a empresas con la condición de pyme (incluidas las personas empresarias autónomas) y un 35% a aquellas con la condición de gran empresa. Tercero. Objeto y ámbito material de la convocatoria 1. La presente convocatoria se dirige a los conceptos subvencionables que se encuadran en el «Pro-grama 2. Sector empresarial y cadena agroalimentaria» de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Con-sejería de Industria, Energía y Minas, que abarca los tipos de actuaciones que a continuación se rela-cionan: Tipo 2.1- Eficiencia energética en edificios. Tipo 2.2.- Energías renovables en edificios. Tipo 2.3.- Eficiencia energética en los procesos e instalaciones. Tipo 2.4.- Energías renovables en los procesos e instalaciones. 2. Los costes subvencionables de aplicación serán los establecidos en el Anexo II Catálogo de actua-ciones de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, para cada uno de los tipos de actuación antes relacionados. En cualquier caso, los conceptos de inversión y de gasto, serán los previstos en el apartado 5.b).1º del Cuadro Resumen de la citada orden. Cuarto. Personas y entidades beneficiarias 1. Las personas o entidades que podrán solicitar los incentivos acogidos a la presente convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero de la disposición adicional primera y en el aparta-do 4.a).1º del Cuadro Resumen de la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria, Ener-gía y Minas, son los siguientes: a) Las personas jurídicas, personas físicas y agrupaciones de las figuras anteriores con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo las empresas de servicios energéticos (ESE). b) Comunidades de energía renovables o comunidades ciudadanas de energía cuyos miembros reali-cen actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado. c) Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizon-tal, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado. 2. Para las personas o entidades comprendidas en el apartado 1, sus actividades económicas, debe-rán estar encuadradas en cualquiera de los códigos CNAE 2009 y 2025, excepto los incluidos en el Anexo III de esta convocatoria y los asociados a los códigos CNAE de los sectores y actividades exclui-dos del ámbito de aplicación de las bases reguladoras a las que se acoge la presente convocatoria, referidos en el artículo 3 de la Orden de 24 de abril de 2025. Para el caso de las empresas de servicios energéticos (ESE), éstas podrán estar encuadradas en cual-quier código CNAE 2009 y 2025, siempre que el contrato de servicios energéticos esté suscrito por al-guna de las personas o entidades beneficiarias, cuya actividad esté encuadrada dentro de los CNAE incluidos en el ámbito de aplicación de esta convocatoria, según lo establecido en el apartado 4.a) 2º del Cuadro Resumen de las bases reguladoras. En el supuesto entidades sin personalidad jurídica, con la excepción de las comunidades de propieta-rios reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, las actividades económicas de sus miembros deberán estar asimismo encuadradas en cualquiera de los códigos CNAE 2009 y 2025 incluidos en el ámbito de aplicación de esta convocatoria. Quinto. Solicitud Las personas y entidades interesadas deberán realizar la solicitud de concesión de los incentivos utili-zando los formularios aprobados junto con la convocatoria que irán dirigidos a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, cumplimentándose electrónicamente y presentándose en todo caso a través de la siguiente dirección electrónica: https://incentivos.agenciaandaluzadelaenergia.es/orden24en/ Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 9:00 horas del día 12 de noviembre de 2025 y permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión por resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía y, en su defecto, finalizará el 30 de septiembre de 2027. Sin perjuicio de lo anterior, dicho plazo podrá ser ampliado previa publicación…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de octubre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 12 de noviembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2027 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector económico | 43.3 - Acabado de edificios; 52.2 - Actividades auxiliares del transporte; 01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha; 43.5 - Actividades de construcción especializada en ingeniería civil; 43.4 - Actividades de construcción especializada en la construcción de edificios; 39 - Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos; 35.4 - Actividades de intermediación de energía eléctrica y gas natural; 52.3 - Actividades de intermediación para el transporte; 55.4 - Actividades de intermediación para los servicios de alojamiento; 56.4 - Actividades de intermediación para los servicios de comidas y bebidas; 47.9 - Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor; 53.1 - Actividades postales sometidas a la obligación del servicio universal; 55.2 - Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia; 18.1 - Artes gráficas y servicios relacionados con estas; 55.3 - Campings y aparcamientos para caravanas; 01.7 - Caza, captura de animales y servicios relacionados; 46.4 - Comercio al por mayor de artículos de uso doméstico; 46.5 - Comercio al por mayor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones; 46.2 - Comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos; 46.6 - Comercio al por mayor de otra maquinaria, equipos y suministros; 46.3 - Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco; 46.7 - Comercio al por mayor de vehículos de motor, motocicletas y sus repuestos y accesorios; 46.9 - Comercio al por mayor no especializado; 47.6 - Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos; 47.3 - Comercio al por menor de combustible para la automoción; 47.4 - Comercio al por menor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones; 47.5 - Comercio al por menor de otros artículos de uso doméstico; 47.7 - Comercio al por menor de otros artículos, excepto vehículos de motor y motocicletas; 47.2 - Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco; 47.8 - Comercio al por menor de vehículos de motor, motocicletas y sus repuestos y accesorios; 47.1 - Comercio al por menor no especializado; 42.1 - Construcción de carreteras y vías férreas; 42.9 - Construcción de otros proyectos de ingeniería civil; 19.1 - Coquerías; 23.7 - Corte, tallado y acabado de la piedra; 01.1 - Cultivos no perennes; 01.2 - Cultivos perennes; 43.1 - Demolición y preparación de terrenos; 58.1 - Edición de libros, periódicos y otras actividades editoriales, excepto la edición de programas informáticos; 02.2 - Explotación de la madera; 10.4 - Fabricación de aceites y grasas vegetales y animales; 27.5 - Fabricación de aparatos domésticos; 25.3 - Fabricación de armas y municiones; 25.6 - Fabricación de artículos de cuchillería y cubertería, herramientas y ferretería; 32.3 - Fabricación de artículos de deporte; 11.0 - Fabricación de bebidas; 23.6 - Fabricación de elementos de hormigón, cemento y yeso; 27.4 - Fabricación de equipos de iluminación; 26.3 - Fabricación de equipos de telecomunicaciones; 26.5 - Fabricación de instrumentos de verificación de medidas y relojes; 32.2 - Fabricación de instrumentos musicales; 32.5 - Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos; 32.4 - Fabricación de juegos y juguetes; 31 - Fabricación de muebles; 26.2 - Fabricación de ordenadores y equipos periféricos; 30.9 - Fabricación de otro material de transporte n.c.o.p.; 10.8 - Fabricación de otros productos alimenticios; 25.9 - Fabricación de otros productos metálicos; 23.9 - Fabricación de productos abrasivos y productos minerales no metálicos n.c.o.p.; 23.2 - Fabricación de productos cerámicos refractarios; 10.6 - Fabricación de productos de molinería, almidones y productos amiláceos; 10.7 - Fabricación de productos de panadería y pastas alimenticias; 26.4 - Fabricación de productos electrónicos de consumo; 10.5 - Fabricación de productos lácteos y hielo comestible; 10.9 - Fabricación de productos para la alimentación animal; 30.4 - Fabricación de vehículos militares de combate; 25.4 - Forja y modelado de metales y metalurgia de polvos; 55.1 - Hoteles y alojamientos similares; 12 - Industria del tabaco; 32.9 - Industrias manufactureras n.c.o.p.; 43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción; 46.1 - Intermediarios del comercio al por mayor; 43.9 - Otras actividades de construcción especializada; 53.2 - Otras actividades postales y de mensajería; 49.3 - Otro transporte terrestre de pasajeros; 55.9 - Otros alojamientos; 10.1 - Procesado y conservación de carne y elaboración de productos cárnicos; 10.3 - Procesado y conservación de frutas y hortalizas; 01.5 - Producción agrícola combinada con la producción ganadera; 35.2 - Producción de gas y distribución por tubería de combustibles gaseosos; 35.1 - Producción, transporte y distribución de energía eléctrica; 01.3 - Propagación de plantas; 02.3 - Recolección de productos silvestres, excepto madera; 19.2 - Refino de petróleo y de combustibles fósiles; 33.1 - Reparación y mantenimiento de productos metálicos, maquinaria y equipos; 56.1 - Restaurantes y puestos de comidas; 02.4 - Servicios de apoyo a la silvicultura; 56.3 - Servicios de bebidas; 56.2 - Servicios de catering y otros servicios de comidas; 02.1 - Silvicultura y otras actividades forestales; 35.3 - Suministro de vapor y aire acondicionado; 51.2 - Transporte aéreo de mercancías y transporte espacial; 51.1 - Transporte aéreo de pasajeros; 49.4 - Transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanza; 49.2 - Transporte de mercancías por ferrocarril; 50.4 - Transporte de mercancías por vías navegables interiores; 49.1 - Transporte de pasajeros por ferrocarril; 50.3 - Transporte de pasajeros por vías navegables interiores; 50.2 - Transporte marítimo de mercancías; 50.1 - Transporte marítimo de pasajeros |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 31,1 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- modif créditos ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto de la Resolución de 27 de octubre de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se realiza la convocatoria de incentivos del «Programa 2. Sector em-presarial y cadena agroalimentaria», acogidos a la Orden de 24 de abril de 2025, ↗
Bases reguladoras
Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 38 AYUDAS A LA INVERSIÓN DESTINADAS A MEDIDAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DISTINTAS DE LOS EDIFICIOS.
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación