Convocatòria anticipada de subvencions als municipis de fins a 500 habitants de la demarcació de Girona per al finançament dels centres escolars municipals, anualitat 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Girona. Presupuesto: 100.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva, así que tendrás que presentar la solicitud antes del 31/12/2026 y tu proyecto será comparado con los de otros ayuntamientos; cumplir los requisitos no garantiza que la obtengas. La subvención sirve para financiar los centros escolares municipales en los municipios de Girona que tengan hasta 500 habitantes, cubriendo gastos de escuelas de educación infantil y primaria durante el año 2026. El fondo total disponible es de 100 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Descripción de la convocatoria Resolución de 18 de noviembre de 2025, de la Junta de Gobierno, por la cual se aprueba la convocatoria anticipada de subvenciones a los municipios de hasta 500 habitantes de la demarcación de Girona para la financiación de los centros escolares municipales, anualidad 2026. Segundo. Beneficiarios Pueden concurrir a la convocatoria anticipada de las subvenciones objeto de estas bases los ayuntamientos de las comarcas gerundenses de hasta 500 habitantes que sean titulares de uno o más equipamientos, o bien los ayuntamientos cuyos equipamientos sean propiedad del Institut Català de Finances, pero que asuman la totalidad de sus gastos. Los equipamientos deberán ser del siguiente tipo: ?Escuela: 2.º ciclo de educación infantil y educación primaria. Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, los solicitantes deberán cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tercero. Objeto Subvenciones a los municipios de hasta 500 habitantes de la demarcación de Girona para la financiación de los centros escolares municipales, anualidad 2025. Cuarto. Bases reguladoras Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los municipios de hasta 500 habitantes de la demarcación de Girona para la financiación de los centros escolares municipales, aprobadas por el Pleno de la Diputació de Girona el 21 de octubre de 2025, publicadas inicialmente en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOPG) núm.207, de 30 de octubre de 2025. Quinto. Importe El importe estimado destinado a la convocatoria es de 100.000,00 €. Las aplicaciones presupuestarias a las que se aplica el crédito, los importes y la distribución de anualidades son los siguientes: Anualidad Aplicación presupuestaria Importe (en €) 2026 410/32600/4620100 - CC - Ayudas a ayuntamientos 100.000,00 € financiación escuelas municipales Total 100.000,00 € La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución del otorgamiento. La distribución de estos importes tiene carácter estimativo y podrá redistribuirse entre las aplicaciones presupuestarias anteriores en el mismo acto de concesión de las subvenciones. Con el fin de atender a un mayor número de solicitudes de subvención o de otorgar un mayor importe en las subvenciones, este crédito podrá ampliarse con una cantidad adicional de como máximo 50.000,00 euros, derivada de un suplemento de crédito. La efectividad de la cuantía adicional estará condicionada a la correspondiente declaración de disponibilidad de crédito, previamente a la resolución de las subvenciones y a la aprobación del aumento de la convocatoria. Si la cuantía adicional se incorpora con posterioridad a la reunión de la Comisión Calificadora, se propondrá conceder entre los solicitantes que no se hubiesen podido atender por falta presupuestaria y, en todo caso, siguiendo el orden y según la puntuación obtenida por la Comisión Calificadora. En caso necesario, en el acuerdo de la resolución podrán redistribuirse estas dotaciones en función de las solicitudes recibidas, previa modificación presupuestaria, si procede. Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPG y finalizará el día 30 de enero de 2026. Será necesario formular las solicitudes mediante el modelo normalizado disponible en la web de la Diputació de Girona, acompañado de la documentación prevista en el artículo 7 de las bases reguladoras. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas digitalmente por la persona interesada o por la que represente legalmente a la entidad, deberán presentarse por la plataforma de subvenciones de la Diputació de Girona en el plazo que se establezca en la convocatoria. Se podrán utilizar los sistemas de firma electrónica aceptados por la Diputació de Girona que se especifican en la Sede electrónica. En caso de que el día de finalización del plazo para la presentación de solicitudes coincida con un sábado o un día festivo, dicho plazo finalizará el siguiente día hábil. Séptimo. Régimen de recursos Contra la convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación. Alternativamente, y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante la Junta de Gobierno en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación.
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 21 de noviembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de noviembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 85 - Educación |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 100.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases subvencions als municipis de fins a 500 habitants de la demarcació de Girona, per al finançament dels centres escolars municipals