CONVOCATORIA PÚBLICA PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA FAMILIAS CON NIÑOS QUE ASISTEN AL COMEDOR DE LA ESCUELA DE CAMPLLONG
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 1.745 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones son las aprobadas por acuerdo del Pleno municipal del Ayuntamiento de Campllong en sesión del día 19 de diciembre de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la provincia de Girona número 19 de 29/01/2025. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se regirá por el régimen de concurrencia no competitiva hasta agotar el crédito de la partida presupuestaria. 2. Crédito presupuestario La aplicación presupuestaria contra la que se imputan las subvenciones es la 321 48021 Ayudas comedor escuela de Campllong del presupuesto municipal de 2025 y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 1.744,94 €. 3. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención El objeto de la subvención es ayudar a las familias del municipio con niños que utilizan el comedor de la escuela de Campllong y que cumplen los requisitos que se detallan en las bases. 4. Requisitos para solicitar las subvenciones a) Estar empadronado en el municipio de Campllong (como mínimo el niño que asiste a la escuela de Campllong y uno de los progenitores/tutores) y acreditar su residencia efectiva. b) Presentar la solicitud en el plazo establecido en la convocatoria mediante el modelo oficial que consta en el anexo 1 de las bases, disponible en la página web del Ayuntamiento. c) No tener ninguna deuda tributaria o de ninguna otra naturaleza con el Ayuntamiento de Campllong. (formulando declaración responsable según consta en el formulario, el ayuntamiento consultará los datos a los servicios respectivos). d) No hallarse en ninguno de los supuestos que impiden tener la consideración de beneficiario de acuerdo con lo que establece el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. El importe de las subvenciones consta en las bases reguladoras de las subvenciones. 5. Órgano competente por la instrucción y resolución El órgano competente para la instrucción del expediente será el/la concejal/a de educación u otro concejal que realice sus funciones accidentalmente, y una trabajadora auxiliar administrativa del Ayuntamiento. El órgano competente para la resolución de las subvenciones será la Alcaldía. 6. Plazo de presentación de solicitudes y documentación Los interesados pueden formular la correspondiente solicitud ante el Ayuntamiento entre los días 1 y 10 de diciembre de 2025, con los documentos que establecen las bases reguladoras. 7. Periodo subvencionable Los gastos de comedor escolar de las familias correspondientes a los meses de septiembre a noviembre de 2025 8. Plazo de resolución y notificación El plazo de resolución y notificación de cada solicitud será como máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud. 9. Fin de la vía administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. Contra esta resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la recepción jurisdicción contencioso-administrativa. 10. Medios de notificación o publicación Las notificaciones se practicarán en el lugar y por medio que el solicitante haga constar a tal efecto en su solicitud, teniendo en cuenta lo que se establece en el art. 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La publicidad de la convocatoria se realizará mediante la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)
Organismo convocante
CAMPLLONG — AYUNTAMIENTO DE CAMPLLONG
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 1 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de diciembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 10 de diciembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1.745 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A FAMILIAS CON NIÑOS QUE ASISTEN AL COMEDOR DE LA ESCUELA DE CAMPLLONG