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AYUDAS AL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO DE YECLA 2025

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS AL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO DE YECLA 2025

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 872442

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 50.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Resultando que el Ayuntamiento de Yecla, a través de la Concejalía de Agricultura, acordó poner en marcha y desarrollar una línea de ayudas a agricultores y ganaderos de nuestra localidad, en respuesta al impacto sufrido por el notable incremento de los costes de producción, como consecuencia del alza en los precios energéticos y de la Guerra de Ucrania. Teniendo en cuenta que las ayudas indicadas no son una competencia propia de los Ayuntamientos, pero que estos tras el procedimiento legalmente establecido pueden ejercerla previos los informes preceptivos favorables de los organismos competentes de la Administración Regional y de la Administración General del Estado.Resultando que con fecha 30 de octubre de 2025 tuvo entrada en el Ayuntamiento el informe de la Secretaría General de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que certificaba la inexistencia de duplicidad de las acciones subvencionables previstas por el Ayuntamiento.Resultando, igualmente, que la D.G. de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera Territorial del Ministerio de Hacienda ha emitido con fecha 20 de noviembre de 2025, informe favorable sobre la sostenibilidad financiera conforme al artículo 7.4 de la LBRL para la ejecución de las actuaciones solicitadas de ayudas con destino a agricultores y ganaderos de Yecla. Habida cuenta que en el presupuesto municipal del ejercicio 2025 existe un crédito de 50.000 €, destinado las citadas ayudas en la partida presupuestaria, 410-47003 Ayudas a agricultores y ganaderos de Yecla (RC 2025.2.0016827). Considerando lo dispuesto en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y la Ordenanza General Municipal de Subvenciones y con el objetivo de ayudar a un sector castigado por el incremento de los costes de producción, como consecuencia del alza en los precios energéticos y de la Guerra de Ucrania y por la falta de lluvias, por la Agencia de Desarrollo Local se ha redactado un borrador de Bases Específicas y la Convocatoria de ayudas al sector agrícola y ganadero de Yecla. De conformidad con lo establecido en los informes de Secretaría General e Intervención Municipal. De conformidad con el dictamen de la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Agricultura y Agua y a la vista del parecer del Consejo Sectorial de Agricultura. El Ayuntamiento Pleno adopta por unanimidad los siguientes acuerdos: 1.- Aprobar las Bases Específicas y convocatoria para el año 2025 de ayudas con destino al sector agrícola ganadero de Yecla. 2.- La convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 se ajustará a los siguientes condicionamientos: 2.1.-Objeto y Fines. Concesión de ayudas directas para la financiación de gastos corrientes en bienes y servicios destinada a ayudar a las explotaciones agrarias y ganaderas de Yecla, en respuesta al impacto sufrido por un notable incremento de los costes de producción, como consecuencia del alza en los precios energéticos y de la Guerra de Ucrania. (fertilizantes, semillas, plantas y otros elementos corrientes, imprescindibles para los cultivos y ganado). Las presentes ayudas se destinarán a las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas del término municipal de Yecla, a tiempo completo, cuyos titulares estén empadronados en Yecla al menos 5 años y que cumplan los requisitos recogidos en la Cláusula 5ª de la Bases. 2.2.- Previsiones Presupuestarias para el ejercicio 2025. La cuantía destinada por el Ayuntamiento de Yecla para la financiación de estas subvenciones para 2025 asciende a 50.000,00 €, según la partida presupuestaria 410-4700, cuyo RC 2025.2.0016827. 2.3. Cuantía de las Ayudas. Obtenido el número total de solicitantes a los que procede otorgar las subvenciones, conforme a lo dispuesto en la Base séptima, se dividirá el crédito total destinado a la concesión de las subvenciones, entre el número de solicitudes estimadas, obteniéndose el importe de las cuantías individualizadas. La cuantía máxima de la ayuda a otorgar a las personas beneficiarias, previa la correspondiente justificación, serán de 1000,00 € por cada persona beneficiaria. En el caso de que el importe de los gastos justificados, IVA excluido, sea menor, el importe máximo a conceder será este último. No obstante, en el caso de que las solicitudes presentadas no agotasen el crédito presupuestario previsto en el primer párrafo de la base tercera, se podrá incrementar la cuantía concedida a los solicitantes hasta cubrir el importe correctamente justificado mediante las facturas presentadas, incrementado progresivamente un 10%, hasta agostar el importe establecido en la base tercera. 2.4.- Lugar y Plazo de Presentación de Solicitudes: Las solicitudes de ayuda, que se realicen al amparo de la presente convocatoria, se podrán presentar en el Registro General de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, sito en la Casa Consistorial, Plaza Mayor, s/n., en el Registro Electrónico de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://yecla.sedipualba.es) o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 7 días naturales posteriores a la publicación del anuncio en el BORM. Las solicitudes de personas jurídicas deberán realizarse telemáticamente de acuerdo con la obligación que tienen las mismas de relacionarse telemáticamente con la administración de conformidad con lo establecido en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2.5. Ámbito temporal de los ayudas subvencionables. Las ayudas concedidas al amparo de la presente convocatoria podrán financiar gastos que se extiendan durante el año de la convocatoria, 2025 2.6. Documentación. La documentación a presentar es la reseñada en la base octava, y los anexos que se pueden retirar en Secretaría General del Ayuntamiento y que se encuentran publicados en la pagina web del…

Organismo convocante

YECLA — AYUNTAMIENTO DE YECLA

Ámbito

REGION DE MURCIA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación2 de diciembre de 2025
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económicoAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total50.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES ESPECÍFICAS Y CONVOCATORIA DE AYUDAS AL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO DE YECLA

Bases reguladoras ↗