Publicación de créditos para 2026, de las subvenciones previstas en el Decreto 37/2024, para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el F.S.E. Plus. R. 2023/2831
Denominación oficial: Resolución de publicación de créditos para 2026, de las subvenciones previstas en el Decreto 37/2024, para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el F.S.E. Plus. R. 2023/2831
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 3,2 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
No hay concurso: cualquiera que cumpla los requisitos y presente la solicitud la recibe, siempre que haya fondos disponibles. Puedes solicitarla hasta el 30‑11‑2026. La ayuda es una subvención en efectivo, sin que tengas que devolver nada, y está pensada para apoyar la contratación indefinida y la pasificación de la jornada parcial a completa. Puede beneficiarse a empresas grandes, pymes, autónomos, cooperativas, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro que contraten a tiempo indefinido bajo las condiciones que marca el decreto.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
El presente extracto se corresponde con el mismo texto de los extractos de la convocatoria publicados con los códigos BDNS 876384 y 876418. Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarias, las empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, que realicen contrataciones por tiempo indefinido y conversiones de contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa, con las condiciones establecidas en el Decreto 37/2024, de 9 de julio. Segundo. Objeto y actuaciones subvencionables. La presente resolución tiene por objeto aprobar y efectuar para el ejercicio 2026 la convocatoria de concesión directa de subvenciones destinadas a favorecer la contratación laboral indefinida y la conversión de los contratos indefinidos de jornada parcial a jornada completa. Las actuaciones subvencionables están establecidas en el artículo 12 del Decreto 37/2024, de 9 de julio y serán las realizadas desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2026, ambos incluidos. Tercero. Bases reguladoras. Las bases reguladoras de estas subvenciones están establecidas en el Decreto 37/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus. Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones. El crédito disponible para atender las obligaciones económicas derivadas de la presente resolución asciende a 3.500.000,00 euros. El Fondo Social Europeo Plus (FSE+) cofinancia las subvenciones convocadas en esta resolución. Asimismo, los créditos de ambas líneas serán financiados en parte con cargo a fondos finalistas del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal (Ministerio de Trabajo y Economía Social) y distribuidos por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales. La cuantía de las ayudas está establecida en el artículo 13 del Decreto 37/2024, de 9 de julio. Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de esta resolución y finalizará el 30 de noviembre de 2026. Dentro de ese periodo, para la línea 1, deberá presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de inicio del contrato, y para la línea 2, en el plazo máximo de un mes desde la modificación de la jornada. No obstante, lo previsto en el apartado anterior, cuando la actuación objeto de subvención se produjera en el período comprendido desde el 1 de noviembre de 2025 y el día de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de esta resolución, el plazo de presentación de solicitudes para ambas líneas será de un mes a contar desde el día siguiente al de la referida publicación. Sexto. Otros datos. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la dirección general competente en materia de empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, en modelos normalizados a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm. es), mediante la formalización del anexo I para la línea 1, y el anexo II para la línea 2, a los que se acompañará, para ambas líneas, el anexo III.
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 18 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 8 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; OTROS SERVICIOS; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Ver todas las ayudas para autónomos →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 3,2 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Decreto 37/2024, de 9 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General