La Directora General del SEF, por la que se aprueba, por el sistema de tramitación anticipada, la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del “Programa Conexión Empleo Joven”,
Denominación oficial: Resolución de la Directora General del SEF, por la que se aprueba, por el sistema de tramitación anticipada, la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del “Programa Conexión Empleo Joven”,.
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 4,9 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en efectivo sin necesidad de devolver el dinero, destinada a financiar el Programa Conexión Empleo Joven en la Región de Murcia. Se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026 y tu proyecto se comparará con los de otros solicitantes, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Puede solicitarla una gran empresa, una persona jurídica sin actividad económica, una PYME o una persona física que ejerca una actividad económica, siempre que cumpla los requisitos del programa.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
- Reglamento (UE) n.º 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis BDNS (Identif.): 876973 - Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola. BDNS (Identif.): 876971 - Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión de 27 de junio de 2014 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura. BDNS (Identif.): 876965 Primero. Objeto. El objeto de la resolución es aprobar, por el sistema de tramitación anticipada, la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del “Programa Conexión Empleo Joven”, de ayudas la contratación de personas jóvenes tituladas de la Región de Murcia, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus. Segundo. Empresas y personas trabajadoras autónomas beneficiarias 1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las empresas y las personas trabajadoras autónomas cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia. 2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, tengan la consideración de empresa. En todo caso, los beneficiarios deberán tener la consideración de empresa, que será toda aquella entidad que cumpla con la definición establecida en el artículo 1 del Anexo I del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado y en el artículo 2.2 del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. 3. En ningún caso podrán acogerse a las ayudas previstas en este acuerdo, los entes, organismos y entidades que formen parte del sector público en los términos establecidos en el artículo 3 del texto refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Tercero. Bases reguladoras y procedimiento de concesión. 1. Orden de 6 de octubre de 2025, de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa Conexión Empleo Joven”, de ayudas a la contratación de personas jóvenes tituladas de la Región de Murcia. (BORM número 235 de 10 de octubre de 2025). 2. Las subvenciones se concederán previa comprobación de la concurrencia en el solicitante de los requisitos establecidos para ser beneficiarios, sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas, hasta el límite del crédito presupuestario establecido en esta convocatoria, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En consecuencia, la concesión de las subvenciones, siempre que los beneficiarios reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la orden de bases y en la presente convocatoria, se realizará según el orden de entrada de las solicitudes, atendiendo a la fecha de registro de entrada o de presentación. Cuarto. Financiación. Las subvenciones que se convocan serán financiadas con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) para el ejercicio 2026 y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, a través del Programa FSE Plus Región de Murcia 2021-2027, según el detalle siguiente: Programa: Conexión Empleo Joven Partida: 57.04.00.322A.475.01 Proyecto: 53480 Cuantía €: 5.000.000,00 € Quinto. Actividad subvencionable. 1. La actividad subvencionada consistirá en la contratación, por parte de las Empresas y personas trabajadoras autónomas, en la modalidad de contrato indefinido, de personas jóvenes tituladas, mayores de 18 y menores de 30 años, desempleadas e inscritas en la oficina de empleo correspondiente, al menos el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato y además deberán ser beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) en los términos establecidos por la normativa vigente. 2. La actividad subvencionada deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Que la persona contratada carezca de experiencia profesional laboral de la titulación objeto del contrato. A efectos de esta convocatoria, se considerará que la persona contratada carece de experiencia profesional laboral en la titulación objeto del contrato cuando, en el momento de la contratación: - No haya estado dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social por cuenta ajena en un grupo de cotización vinculado a dicha titulación. - No haya desempeñado funciones relacionadas con la titulación en el marco de una relación laboral previa, ya sea mediante contrato indefinido, temporal, o formativo. - No haya estado contratada en puestos que requieran dicha titulación como requisito de acceso o desempeño. Esta condición deberá acreditarse mediante declaración responsable de la persona contratada (según modelo Anexo III) y podrá ser verificada por el SEF mediante consulta de la vida laboral y del grupo de cotización correspondiente. b) La contratación deberá formalizarse mediante contrato de trabajo indefinido, a jornada completa, en una categoría profesional o puesto de trabajo directamente relacionado con la titulación académica o…
Organismo convocante
REGIÓN DE MURCIA — SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF)
Ámbito
REGION DE MURCIA
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 26 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES Y COMO PRODUCTORES DE BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PARA USO PROPIO; L - ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; V - ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES; OTROS SERVICIOS; 02 - Silvicultura y explotación forestal; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 4,9 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto de la Resolución de 19 de diciembre de 2025 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba, por el sistema de tramitación anticipada, la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del “Programa Conexión Empleo Joven”, de ayudas la contratación de personas jóvenes tituladas de la Región de Murcia, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo Plus. ↗
Bases reguladoras
Orden de la Presidenta del SEF, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa Conexión Empleo Joven”, de ayudas a la contratación de de personas jóvenes.
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General