Bases específicas de subvenciones para la Emancipación de los jóvenes en 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 40.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir, es decir, la puedes solicitar si cumples los requisitos y se te otorgará mientras haya fondos disponibles, sin que tu solicitud se compare con otras. Está dirigida a jóvenes de 18 a 35 años que vivan en Zumarraga, que no tengan ingresos por actividad económica ni estén ya beneficiados por otras ayudas similares. La subvención es un aporte de dinero sin devolución y sirve para cubrir el alquiler de vivienda o gastos de montar un negocio propio.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
1. OBJETO Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las condiciones de acceso y concesión de ayudas destinadas a favorecer el proceso de emancipación de la juventud del municipio de Zumarraga, en el año 2026. Se establecen dos líneas de subvención: Ayudas para el alquiler de vivienda. Ayudas para el autoempleo: gastos de alquiler de local, elaboración del Proyecto, obras de adecuación, tasas, etc. 2. PERSONAS BENEFICIARIAS Jóvenes entre 18 y 35 años a 31 de diciembre del año en el que se realiza la convocatoria, que no tengan derecho a otras ayudas similares en vigor, y que cumplan todos los requisitos exigidos en cada una de las líneas de subvención establecidas. 3. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACION Las solicitudes deberán formalizarse por parte del interesado, en el modelo de instancia que se acompaña a estas bases, a partir de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, a lo largo del ejercicio 2026. Si la solicitud estuviera incompleta, los solicitantes contarán con un plazo de 10 días para aportar la documentación necesaria. Si en el plazo establecido no lo hicieran, se procederá al archivo de la solicitud sin más trámite. La solicitud y la documentación complementaria se podrá presentar vía internet, a través del portal de subvenciones ubicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zumarraga: https://uzt.gipuzkoa.eus/PortalV/7.00/SolicitudDetalle.aspx?ID=DGAZ Asimismo, la solicitud se podrá presentar en papel mediante su entrega en el Registro General del Ayuntamiento, dentro de los horarios de atención al público, o por correo certificado. 4.- REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES. Los titulares de las solicitudes deberán cumplir con los requisitos siguientes: Estar empadronados en Zumarraga. Las ayudas se concederán solamente a partir de la fecha de empadronamiento. Estar al corriente del pago de impuestos, tasas, arbitrios y sanciones con el Ayuntamiento de Zumarraga. Además, en función de la línea de subvención que se solicite, el solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos: En el caso de solicitud de ayuda para el alquiler de vivienda: Ser titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda sita en Zumarraga, y residir con carácter habitual y permanente en la misma. Estar empadronado en la vivienda. Las ayudas se concederán solamente a partir de la fecha de empadronamiento. La unidad convivencial en dicha vivienda puede estar formada por: Jóvenes que residan solos. Jóvenes que residan con otras personas. En este caso, la fórmula para la solicitud de la subvención es optativa: presentar una solicitud individual por el porcentaje de renta que corresponda, o bien, presentar una única solicitud por unidad convivencial. En las unidades convivenciales todos los miembros mayores de edad deben cumplir los requisitos. En cualquier caso, en el impreso de solicitud se deberán indicar los nombres de todos los miembros de la unidad convivencial. No ser propietario de una vivienda, salvo que no dispongan del uso ni del disfrute de la misma. Realizar el pago del alquiler mediante transferencia o domiciliación bancaria. Disponer de una fuente de ingresos regular, con unos ingresos brutos anuales no superiores a 28.000 euros para las solicitudes individuales y a 39.000 euros para el caso de una única solicitud por unidad convivencial de dos o más personas. A aquellas personas que trabajen por cuenta propia se les contabilizarán ingresos mínimos anuales de 23.000 euros. No tener vinculación familiar con el arrendador. Quedan EXCLUIDAS para la percepción de estas ayudas: Las viviendas cuyo alquiler supere los 650 euros/mes. Las viviendas de alquiler sujetas a otros programas de protección pública (Bizigune, Alokairu Segurua…). Los contratos de alquiler inferiores a un año. Estas ayudas son INCOMPATIBLES con cualesquiera otras que se pudieran conceder con la misma finalidad: Ayuda para el alquiler del programa Gaztelagun. Ayuda para el alquiler programa Emantzipa Renta de garantía de ingresos (RGI) y cualquier otra renta que provenga de políticas de inserción social de la administración pública. Prestación complementaria de vivienda (PCV), y prestación económica de vivienda (PEV) Ayudas de emergencia social (AES) relacionadas con los gastos de alquiler. En el caso de ayudas para el autoempleo: Estar de Alta en la Seguridad Social. Estar de Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Disponer de Licencia municipal, como máximo desde hace cinco años. Estar ubicada en Zumarraga la sede social de la empresa. Realizar una Declaración de Resultados de la actividad (Ingresos y gastos) no superior a 2.000 euros mensuales. Y en el caso de solicitar ayuda para el alquiler del local: Ser titular de un contrato de arrendamiento de un local sito en Zumarraga. Realizar el pago del alquiler mediante transferencia o domiciliación bancaria. No tener vinculación familiar con el arrendador. Quedan excluidos para la percepción de estas ayudas los contratos de alquiler inferiores a un año. 5.- DOCUMENTACIÓN A APORTAR Tal y como establece el artículo 6 de las Bases Reguladoras de los Programas de Subvenciones establecidos por el Ayuntamiento de Zumarraga (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 28 del 10 de febrero 2023), el Ayuntamiento de Zumarraga va a verificar los siguientes requisitos para acceder a las subvenciones que otorgue en esta convocatoria desde la plataforma de interoperabilidad de datos NISAE: - Consulta y verificación de datos de identidad de la persona y/o de la entidad. - Consulta de estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social. - Consulta de estar al corriente de sus obligaciones tributarias frente a las Haciendas Forales. - Consulta de IRPF frente a la Hacienda Foral Además, en el caso de los solicitantes de ayudas para el alquiler se verificarán también los siguientes datos por parte del Ayuntamiento a través de NISAE: - Consulta de disposición de vivienda en propiedad. - Consulta de disposición de vivienda en alquiler…
Organismo convocante
ZUMARRAGA — AYUNTAMIENTO DE ZUMARRAGA
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de enero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 26 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 40.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases específicas de subvenciones para la Emancipación de los jóvenes en 2026.