Bases e convocatoria do premio Xohana Torres de ensaio, investigación e creación audiovisual sobre as mulleres na sociedade galega edición 2026
Denominación oficial: Bases e convocatoria do premio Xohana Torres de ensaio, investigación e creación audiovisual sobre as mulleres na sociedade galega edición 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 5.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es un premio en forma de subvención en efectivo que se concede de forma competitiva, por lo que tienes que presentar la solicitud antes del 30 de diciembre de 2026 y tu proyecto será comparado con los demás; cumplir con los requisitos no asegura que la obtengas. Está dirigida a personas que no tienen actividad económica y sirve para financiar ensayos, investigaciones o creaciones audiovisuales sobre la situación de la mujer en la sociedad gallega. El importe total disponible es de 5.000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto del acuerdo adoptado por Junta de Gobierno Local en fecha 23 de febrero de 2026 del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, (Referencia nº expediente: 2026/00001439A) por la que se aprobaron las bases y convocatoria del Premio Xohana Torres de Ensayo, Investigación y Creación Audiovisual sobre las Mujeres en la sociedad Gallega, Convocatoria 2026. Texto: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Primera. Personas Beneficiarias. Podrán concurrir a esta convocatoria cualquier persona física individualmente o en una agrupación sin personalidad jurídica. Las agrupaciones deberán hacer constar expresamente, tanto en la solicitud como cuando se resuelva la concesión, los compromisos de ejecución que asume cada uno de sus miembros, así como el porcentaje de subvención que se les aplicará. Todas las personas miembros integrantes de la agrupación, tendrán la condición de personas beneficiarias, tal y como se recoge en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y estarán obligadas a nombrar a una persona o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que, como beneficiaria, corresponden a la agrupación. Las personas que deseen participar, tanto individual como colectivamente, no podrán incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en la demás legislación concordante. Así mismo, deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener ninguna deuda pendiente de pago con el Concello de Santiago de Compostela. Segunda. Objeto. Los trabajos que se presenten al premio, tratarán de la participación de las mujeres en la sociedad y tendrán como objetivo resaltar el papel protagonista o el olvido de las mujeres en los diferentes ámbitos de la sociedad gallega. Podrán ser de carácter histórico, político, científico, literario, artístico, etc. Podrán tener la forma de ensayo, investigación científica o composición audiovisual, y siempre se referirán a mujeres gallegas o experiencias de las mujeres en Galicia. Tercera. Requisitos de las obras. Las obras que se presenten tendrán que ser, en cualquier caso, obras inéditas y no premiadas con anterioridad. Los originales presentados a concurso, se presentarán sin firmar bajo seudónimo y no contendrán ningún elemento que permita identificar al autor, autora o agrupación. El formato de las obras tendrá que encuadrarse en alguna de las dos modalidades del premio: ? ensayo/investigación ? o creación audiovisual El incumplimiento de estos requisitos supondrá la exclusión automática de la participación en la convocatoria. Cuarta. Forma de presentación de las obras. Modalidad ensayo/investigación: a) Las personas participantes deberán en soporte digital y por duplicado un único trabajo, en formato PDF con un tamaño máximo de 100 MB. Las copias se entregarán en cada uno de su pendrive. b) Los trabajos tendrán una extensión mínima de 150 páginas y máxima de 300, a doble espacio, tamaño de la fuente 12, con márgenes de 2,5 centímetros, a una sola cara y numeradas. c) Las obras, deberán presentarse con la siguiente estructura: introducción, en la que se exprese el tema y el objetivo del trabajo; desarrollo, con la exposición y el análisis del tema; conclusiones y bibliografía, con las referencias a las fuentes consultadas. Modalidad creación audiovisual: a) Los trabajos audiovisuales podrán corresponderse con cualquier tipo de expresión artística y tendrán una duración mínima de 15 minutos. b) Se presentarán por duplicado en cada uno de su pendrive, en el que se incluirá una copia del vídeo. Quinta. Bases reguladoras. Las bases reguladoras incorporadas a esta Convocatoria. Sexta. Lugar de presentación y forma de presentación de las solicitudes. Solamente serán admitidas obras que sean presentadas según lo establecido en estas bases bajo seudónimo y plica que impida reconocer la identidad del autor, autora o agrupación con anterioridad al fallo, atendiendo las siguientes indicaciones: Para la presentación de las solicitudes se podrán emplear cualquiera de las vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cualquiera de las siguientes formas: a) Solicitud presencial: En los horarios de funcionamiento del Registro del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, Rúa Presidente Salvador Allende, nº 4 bajo, de lunes a viernes, acompañados de la solicitud de participación En el caso de presentación presencial en el registro físico se acercarán dos sobres con el siguiente contenido: Sobre 1: 1. Copia de la solicitud de participación inscrita (la facilitará el personal del registro). 2. Declaración expresa de que las personas participantes son propietarias de la obra y de que esta es original e inédita y no fue premiada con anterioridad ni presentada a ninguno otro certamen. 3. Declaración responsable de que las personas participantes están al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios y frente a Seguridad Social, así como de que no tienen deudas pendientes con el Ayuntamiento de Santiago de Compostela. 4. Declaración de que ninguna de las personas participantes incurre en causa de incompatibilidad o prohibición para ser beneficiaria de subvenciones, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones y demás legislación concordante. 5. Declaración de no haber recibido ninguna otra subvención o ayuda para realizar el mismo trabajo. En el anverso del sobre constará el título del trabajo, el seudónimo del autor o autora (si lo hubiera), la modalidad y la categoría a la que se opta. Una vez cerrado el sobre 1 se…
Organismo convocante
SANTIAGO DE COMPOSTELA — AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
Ámbito
A Coruña
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 25 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 9 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 23 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 5.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES DE EXECUCIÓN DO ORZAMENTO 2025