Abierta · quedan 84 díasLocalComercio

Bases para la concesión de ayudas para revitalizar el sector comercial. Año 2026

Denominación oficial: BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA REVITALIZAR EL SECTOR COMERCIAL. AÑO 2026

Plazo de solicitud 30 de noviembre de 2026
Estado Abierta · quedan 84 días
Código BDNS 890629

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 30.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de noviembre de 2026 y tu proyecto será comparado con los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Se trata de una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a pymes y a personas físicas que tengan una actividad comercial o de servicios. El objetivo es facilitar el alquiler, la compra o la transferencia de locales vacíos en el municipio de Beasain, para impulsar el comercio local. El fondo total disponible es de 30.000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

1. Objeto de la subvención. Las bases definen las condiciones y requisitos que debe cumplir la persona que quiera emprender cualquier actividad comercial en locales vacíos o continuar con el desarrollo de actividades transferidas. Es decir, regular el procedimiento de concesión de subvención para compra/alquilar o transferir un local. 2. Requisitos para solicitar la subvención 1.- SUBVENCIONES PARA ALQUILAR EL LOCAL Condiciones: a) Ubicación del local y actividades susceptibles de instalarse. El negocio debe estar situado en el municipio de Beasain. Las actividades susceptibles de ser instaladas estarán relacionadas con: comercio al por menor y actividades de servicio. b) Obligaciones a cumplir. Las personas emprendedoras que quieran seguir con ese negocio tendrán que encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. c) Cuantía y duración de la subvención En caso de alquilar el establecimiento, por quien va a desarrollar la actividad se subvencionarán como máximo los gastos de alquiler de los tres primeros años, condicionándose a la existencia de crédito adecuado y suficiente. El primer año de realizar la solicitud, el 50% del gasto de alquiler, 300€ al mes como máximo. El segundo y el tercer año de realizar la solicitud, el 40% del gasto de alquiler, 200€ al mes como máximo. Para ello, antes del 15 de diciembre de cada ejercicio económico deberán presentar las facturas correspondientes a esa anualidad. La base para el cálculo de la subvención la constituirá únicamente la renta (sin incluir el pago del IVA y demás impuestos, tasas, y tampoco la retención), y no se tendrán en cuenta otros gastos relacionados con el uso del local (gastos de comunidad, gastos agua y electricidad, etc.) La subvención concedida en cada convocatoria del Ayuntamiento corresponderá como máximo a los gastos de alquiler de 12 meses y únicamente al año natural en el que se efectúa cada solicitud; y en cualquier caso a contar a partir de la fecha de la solicitud y/o del contrato. Para recibir la subvención durante los dos años siguientes se deberá presentar la solicitud y los documentos todos los años y la cuantía de cada anualidad se concederá de acuerdo con el criterio señalado en el párrafo anterior. 2.- SUBVENCIONES PARA LA COMPRA DE UN LOCAL Las condiciones para la concesión de la subvención de compra de un local son las mismas que para el alquiler. a) Cuantía. La subvención será del 4% del valor catastral del inmueble, con un importe máximo de 2.000€. 3. Importe de la subvención Para la financiación de las ayudas objeto de la presente convocatoria, el Ayuntamiento tiene previsto un crédito de 30.000 euros, en la partida presupuestaria creada a tal efecto: 1.0243.481.431.50.01. Además de la cuantía total máxima, a la vista de las solicitudes presentadas, se podrá aprobar una cuantía adicional, previa aprobación de la modificación presupuestaria oportuna, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención. 4. Plazo y lugar de presentación de solicitudes - Plazo: Las bases se remitirán a la BDNS y a partir del del día siguiente al de la publicación en el BOG empezará a contar el plazo para presentar las solicitudes que finalizará el 30-11-2026. Las solicitudes se presentarán: Presencialmente iGunea: en horario de atención al público Por correo postal Telemáticamente: www.beasain.eus

Organismo convocante

BEASAIN — AYUNTAMIENTO DE BEASAIN

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Comercio

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación3 de marzo de 2026
Fecha inicio de solicitudes27 de marzo de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de noviembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector económicoJ - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total30.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Plan estratégico de subvenciones 2026-2028

Bases reguladoras ↗