SUBVENCIÓN ADQUISICIÓN VEHÍCULOS EUROTAXI AÑO 2026
Cerrada
1.750.000 euros
1 de mayo de 2026
1 de junio de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a pymes (pequenas y medianas empresas). Ambito: Madrid. Presupuesto total: 1.750.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto. Adquisición de vehículos eurotaxi nuevos o de segunda mano, por las personas titulares de licencia de autotaxi, con el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Segundo. Personas beneficiarias. Titulares de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de subvención, que adquieran un vehículo para su adscripción a la licencia de autotaxi, desde el día 1 de julio de 2025 hasta el 1 de junio de 2026, ambos incluidos. La licencia de autotaxi no podrá encontrarse en situación de suspensión o excedencia en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013 (OBRGS). Cuarto. Procedimiento de concesión. En la tramitación de esta convocatoria se seguirá el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, previsto en el artículo 26.5. b) de la OBRGS. Quinto. Cuantía. El crédito destinado a esta convocatoria asciende a UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (1.750.000 €)<(>,<)> ampliable en un importe de hasta UN MILLÓN CIEN MIL EUROS (1.100.000 €). La cuantía de las ayudas se determinará siguiendo los criterios fijados en el apartado 5 de la convocatoria, siendo como máximo las siguientes: a)Tramo 1, vehículos EUROTAXI nuevos: 25.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 60 % del importe de la factura del vehículo, IVA excluido. b)Tramo 2, vehículos EUROTAXI de segunda mano: 10.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 50% del importe de la factura, IVA excluido. Sexto. Presentación de solicitudes. Las solicitudes podrán presentarse desde el 1 de mayo de 2026 hasta el 1 de junio de 2026, ambos incluidos. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado específico para esta convocatoria, que estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid http://www.madrid.es/tramitestaxi, y se presentarán, junto con la documentación exigida y descrita en el apartado 7.3 de la convocatoria, en el registro del Ayuntamiento de Madrid. Séptimo. Justificación y pago. El pago de las ayudas quedará condicionado a la presentación, junto con la solicitud, de la documentación justificativa señalada en el apartado 7 de la convocatoria. Una vez publicada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención. Octavo. Acumulación y compatibilidad de las ayudas. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que la totalidad de las ayudas obtenidas no exceda el precio del vehículo objeto de la subvención, excluidos impuestos. El solicitante, al desarrollar una actividad económica, no podrá superar los límites establecidos en el Reglamento UE 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 16 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de mayo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 1 de junio de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 1.750.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Subvenciones al transporte |
| Sector economico | 52.3 - Actividades de intermediación para el transporte; 49.3 - Otro transporte terrestre de pasajeros; 49.1 - Transporte de pasajeros por ferrocarril |
| Reglamento UE | REG (UE) 2023/2831 de minimis, General |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-26T02:37:40.805750 |