Convocatoria anual de prestaciones económicas individulizadas de emergencia social de la mancomunidad la serrania 2026
Denominación oficial: CONVOCATORIA ANUAL DE PRESTACIONES ECONÓMICAS INDIVIDULIZADAS DE EMERGENCIA SOCIAL DE LA MANCOMUNIDAD LA SERRANIA 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 52.384 €. Se puede solicitar hasta el 24 de noviembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir, es decir, la puedes solicitar si cumples los requisitos y habrá dinero mientras haya fondos disponibles. Está destinada a personas que no tengan actividad económica y vivan en alguno de los municipios de la Mancomunidad La Serranía (Valencia) con residencia mínima de seis meses. Debes ser mayor de 18 años, tener una renta per cápita bajo el límite fijado por la Consellería de Servicios Sociales y no haber recibido otras ayudas públicas. La subvención es una entrega de dinero que no tienes que devolver, y puedes presentar la solicitud hasta el 24 de noviembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto.Es objeto de concesión las subvenciones para financiar las diferentes prestaciones económicas de carácter extraordinario y finalista, dirigidas a personas individuales y unidades familiares, con el fin de remediar una situación gravemente deteriorada, de urgente necesidad o con graves problemas específicos que afecten a su autonomía personal, social y económica, y que no puedan resolverse con recursos o medios propios con el fin de lograr su normal desarrollo humano y social. Segundo. Requisitos. A/ Prestaciones de Emergencia Social. - Residencia efectiva acreditada en alguno de los municipios integrantes de la Mancomunidad La Serranía de, al menos, 6 meses. - Ser mayor de 18 años. - Disponer de una renta per cápita bruta no superior a la establecida anualmente por la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda. - No tener acceso a otras ayudas públicas, ni disponer de bienes y/o derechos distintos de la vivienda habitual, que cubran la totalidad de la necesidad para la que solicita esta ayuda. - Que no exista absentismo escolar en la unidad familiar de convivencia. - En caso de personas desempleadas, estar inscritas como demandantes de empleo, así como estar al corriente de las renovaciones y en búsqueda activa de empleo. B/ PEI´s para la mejora de la autonomía de personas mayores. - Ser mayor de 60 años. - Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial que impidan o dificulten la movilidad. - Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación y sean idóneos. Tercero. Gastos subvencionables. A/PEI´s de Emergencia social. - Suministros energéticos básicos. - Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual. - Gastos extraordinarios por circunstancia grave o de urgente necesidad social para necesidades básicas de subsistencia. - Gastos para cubrir necesidades básicas de la unidad familiar o de convivencia. - Gastos por desplazamientos necesarios para acciones médicas, de formación o inserción laboral. B/ PEI´s para la mejora de la autonomía de personas mayores. - Ayudas técnicas: Adaptaciones personales (audífonos, etc.). - Adaptaciones de vehículos a motor. Cuarto. Solicitudes. La solicitud se realizará mediante la presentación de los impresos normalizados para la concesión de subvenciones, acompañados de la documentación complementaria, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Reguladora de estas ayudas. Quinto. Criterios objetivos de concesión. Los criterios de concesión se basarán en el cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos para cada caso y su adecuada justificación. La cuantía máxima de la ayuda no podrá ser superior al coste de la necesidad que se trata de cubrir ni superar el módulo económico establecido. La ayuda consignada en el Presupuesto General para estas ayudas en el ejercicio 2026 es de 51.244,44 €, siendo el límite global de concesión. Sexto. Plazo. El plazo máximo de solicitud para esta convocatoria será hasta 24 de noviembre de 2026. Sin perjuicio de cualquier otro plazo establecido por la Entidad Local. No obstante, con carácter extraordinario, podrán admitirse y tramitarse aquellas solicitudes de ayudas presentadas con posterioridad a esa fecha y antes del 31 de diciembre de dicho año, siempre que se acredite documentalmente la aparición de la necesidad fuera del plazo normal de presentación de solicitudes.
Organismo convocante
MANCOMUNIDAD "LA SERRANÍA" — MANCOMUNIDAD LA SERRANÍA
Ámbito
Valencia / València
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 30 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 24 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 7 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 52.384 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
CONVOCATORIA DE PRESTACIONES ECONÓMICAS INDIVIDUALES DE EMERGENCIA SOCIAL DE LA MANCOMUNIDAD LA SERRANIA 2026