Abierta · quedan 120 díasLocalComercio

Convocatoria para la concesión de subvenciones para promover el comercio local dirigidas al sector comercial y de servicios de arrasate

Denominación oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER EL COMERCIO LOCAL DIRIGIDAS AL SECTOR COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE ARRASATE

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 120 días
Código BDNS 901477

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 6.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva, es decir, debes presentar la solicitud antes del 31/12/2026 y tu expediente será comparado con los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Se trata de una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a pymes y a personas físicas que tengan un negocio de comercio o servicios en Arrasate. El objetivo es financiar iniciativas que ayuden a promocionar el comercio local. El total disponible para repartir es de 6.000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

6.2. CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROMOVER EL COMERCIO LOCAL DIRIGIDAS AL SECTOR COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE ARRASATE 1. Objeto y ámbito de aplicación Es objeto de las presentes convocatoria la regulación de los requisitos de concesión de subvenciones al sector de comercio y servicios para la organización de actividades destinadas a la promoción del comercio local de Arrasate. 2. Los establecimientos beneficiarios y sus características Las beneficiarias de esta ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos: Tener una actividad en el sector comercial o de servicios. Que la actividad y/o establecimiento se ubique en Arrasate. Puede ser beneficiaria una asociación supramunicipal, siempre que uno o más de sus miembros tengan establecida su actividad en Arrasate. Quedan excluidos de estas subvenciones las actividades que se benefician del convenio de colaboración que anualmente suscribe el ayuntamiento con la asociación de comerciantes. No tener deudas con el Ayuntamiento de Arrasate. Quedan excluidos de la presente convocatoria: aquellos proyectos o acciones que, por su naturaleza y objeto, puedan encuadrarse en otro programa subvencional municipal. 3. Características de las actividades a subvencionar Estará destinado a la organización de actividades de interés general que promuevan el comercio local en el año de la convocatoria, y no aquellas que sólo sean de interés o beneficio para la actividad del promotor. Las acciones objeto de la subvención no podrán ser las habituales de la actividad. La participación en la actividad estará abierta a cualquier ciudadana/o, interesada/o o profesional. En lo que respecta a la normalización lingüística, la persona beneficiaria se compromete a realizar los mensajes escritos y las actividades en euskera o en ambas lenguas, dando prioridad al euskera. Para garantizar la corrección lingüística de los mensajes, se pondrá a disposición de la persona beneficiaria el servicio de asesoramiento del Departamento de Euskera del Ayuntamiento. Respecto al género, se respetará la igualdad de género. En relación al medio ambiente, se realizará un esfuerzo especial con los materiales que genere la actividad y con el mensaje que se extienda. 4. Gastos objeto de subvención. A través de esta línea de ayudas se subvencionarán los gastos relativos a la organización de acciones de promoción del comercio y el servicios de Arrasate, IVA no incluido. Serán financiables las acciones que se realicen en la calle, establecimientos, otros locales o edificios municipales, tales como gastos de cursos, conferencias, talleres u otras actividades de interés general y contratación de servicios. Se financiarán los gastos de difusión y promoción de las actividades. Se financiarán el gastos de personal de la persona beneficiaria, siempre que estén directamente relacionadas con la actividad subvencionada (formación, conferenciante..). No se considerarán los gastos de organización, coordinación y similares. No se financiarán inversiones. No se financiará la adquisición de cualquier material o contratación de servicios no relacionado directamente con la actividad. No se financiarán aquellas actividades o proyectos que el Ayuntamiento considere que encajan mejor en otros programas de ayudas. 5. Cuantía de la subvención Este programa financiará el 50% del gasto admisible de la actividad. Cada establecimiento podrá percibir un máximo de subvención de 1.500 euros por año. En el caso de que se presenten gasto de personal (sean de la persona beneficiaria o de profesionales) se tomará como máximo gasto subvencionable, el importe de referencia del ayuntamiento en actividades similares. Respecto a otros gastos, no se admitirán importes que no sean razonables. En el caso de uso de locales municipales, este programa financiará el 100% del coste. Cuando las actividades se presenten promoviendo la colaboración de varios establecimientos, el importe de la subvención se aplicará a cada uno de ellos. En el caso de que la actividad genere un ingreso, no se aplicará al cálculo de la subvención, siempre que no exista sobrefinanciación. 6. Divulgación de la actividad La difusión de la actividad se realizará de manera que se garantice la información a la ciudadanía y a los puntos de interés. Se garantizará la accesibilidad de la información. Los soportes, tanto físicos como electrónicos, que se utilicen para la divulgación, irán acompañados del logo oficial del Ayuntamiento junto con el de la organización. 7. Documentación a presentar Para solicitar la subvención, deberá presentar la siguiente documentación: Impreso de solicitud cumplimentado. Una pequeña memoria con la siguiente información: Objetivo de la actividad. En qué consiste la actividad. Lugar y fecha. A quién está dirigida y número de participantes. Recursos e infraestructuras que se utilizarán para el desarrollo de la actividad. El coste de la actividad. Si se utilizarán instalaciones o material municipal. NIF de la actividad en caso de pertenecer a una persona jurídica o DNI en caso de persona física. Certificado de alta en el IAE de la empresa. Otra documentación adicional que, en su caso, se considere necesaria solicitar al Ayuntamiento de Arrasate. Las solicitudes de subvención se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. 8. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa, hasta el 31 de diciembre de 2026. 9. Justificación. La justificación de la actividad se realizará en el plazo máximo de un mes desde la ejecución de la acción. En cuanto a las actividades que ya estén ejecutadas, la justificación se realizará en el plazo máximo de un mes desde su solicitud. Para la justificación de los gastos se presentarán los siguientes documentos: Breve memoria de la actividad (actividades realizadas, lugar y fecha de realización, nº de personas que han participado en la…

Organismo convocante

ARRASATE/MONDRAGÓN — AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Comercio

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación24 de abril de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadComercio, Turismo y Pymes
Sector económicoAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; I - HOSTELERÍA
Última actualización BD31 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total6.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvenciones.

Bases reguladoras ↗